Boletín Oficial de la República Argentina del 30/12/2008 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 30 de diciembre de 2008

BOLETIN OFICIAL Nº 31.562

12

Que por el artículo 9º del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución SGP Nº48/02 las pautas para la aplicación del mismo.

Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº26.337.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº26.337.

Que el agente de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del decreto mencionado en primer término en el Visto.

Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Sergio T. Massa. Aníbal F. Randazzo.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION ha tomado la intervención de su competencia.

Nº 28.421.033, para desempeñar funciones de Asesor en Dictámenes y Trámites Administrativos en la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS
DE INFORMACION dependiente de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la citada Secretaría, equiparado al Nivel B - Grado 2 del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION
ADMINISTRATIVA Decreto Nº993/91 - t.o. 1995
de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº1421/02 y de la Resolución SGP Nº48/02.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.

Art. 2º La contratación que se aprueba por el artículo 1º de la presente decisión administrativa se dispone como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.

Por ello,
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº26.337.

Que el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por Decreto Nº993/91
t.o. 1995, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel B la exigencia del título universitario o terciario.
Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº601/02, reglamentario de su similar Nº491/02.
Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de julio de 2008, por lo que procede aprobar la respectiva contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº26.337.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Dase por aprobada con efectos al 1º de julio de 2008 y hasta el 31 de diciembre de 2008, la contratación en el ámbito de la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION dependiente de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, de D. Marcelo Alejandro PERALTA D.N.I. Nº 21.055.554, para desempeñar funciones de Webmaster y Redactor en la DIRECCION DE INFORMATICA Y COMUNICACION DIGITAL de la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION de la citada Secretaría, equiparado al Nivel B - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA Decreto Nº993/91 - t.o. 1995
de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº1421/02
y de la Resolución SGP Nº48/02.
Art. 2º La contratación que se aprueba por el artículo 1º de la presente decisión administrativa se dispone como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.

JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS
Decisión Administrativa 654/2008
Dase por aprobada una contratación en la Secretaría de Gabinete y Gestión Pública.

Bs. As., 18/12/2008
VISTO el Expediente Nº 4690/2008 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164 reglamentada por el Decreto Nº1421 del 8 de agosto de 2002, el Decreto Nº577 del 7 de agosto de 2003, modificado por su similar Nº 149
del 22 de febrero de 2007, la Resolución SGP Nº48 del 30 de diciembre de 2002 y la Decisión Administrativa Nº3 del 21 de enero de 2004 y normas modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 29 de agosto de 2008, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, entre el titular de la SECRETARIA
DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
y D. Enrique Manuel CARRIZO, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº1421/02.
Que por el artículo 9º del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución SGP Nº48/02 las pautas para la aplicación del mismo.
Que el agente de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del decreto mencionado en primer término en el Visto.
Que el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por Decreto Nº993/91
t.o. 1995, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel B la exigencia del título universitario o terciario.
Que a tenor de lo informado por el Director de Administración de Recursos Humanos, el agente D. Enrique Manuel CARRIZO, reúne los requisitos establecidos en la Decisión Administrativa Nº 3/04, modificada por su similar Nº1151/06, a los efectos de su equiparación al Nivel B - Grado 2 del SISTEMA
NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA aprobado por Decreto Nº 993/91
t.o. 1995.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº601/02, reglamentario de su similar Nº491/02.
Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de septiembre de 2008, por lo que procede aprobar la respectiva contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Dase por aprobada con efectos al 1º de septiembre de 2008 y hasta el 31 de diciembre de 2008, la contratación en el ámbito de la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de D. Enrique Manuel CARRIZO D.N.I.

Art. 4º Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Sergio T. Massa. Aníbal F. Randazzo.

MINISTERIO DE SALUD
Decisión Administrativa 649/2008
Apruébase un contrato de prestación de servicios.

Bs. As., 18/12/2008
VISTO la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, su Decreto Reglamentario Nº1421 del 8 de agosto de 2002, la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº48 del 30 de diciembre de 2002, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002, 577 del 7 de agosto de 2003 y 149 del 22 de febrero de 2007 y el Expediente Nº1-20027217/08-2 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 9º del Anexo de la referida Ley prevé un régimen de contrataciones de personal por tiempo determinado, estableciéndose mediante el artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley citada, las prescripciones a las que estará sujeta la contratación de ese personal.
Que por la Resolución Nº48/02 de la aludida ex - Subsecretaría se aprobaron las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones referido.
Que en ese marco y en orden a satisfacer necesidades de servicio el MINISTERIO DE
SALUD ha elevado la propuesta de contratación, por el período comprendido entre el 1º de julio de 2008 y el 31 de diciembre del mismo año, de la Licenciada Da. Alicia Inés NORES, a efectos de desempeñarse en el PROGRAMA NACIONAL MEDICOS COMUNITARIOS del referido Ministerio.
Que el artículo 1º del Decreto Nº 577/03, modificado por su similar Nº149/07, establece que toda contratación, en las previsiones del Decreto Nº491/02 y su reglamentación, será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS TRES
MIL CIEN $3.100.
Que en la contratación propiciada se configura el supuesto previsto en la norma precedentemente citada, correspondiendo al suscripto disponer su aprobación.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente del MINISTERIO DE
SALUD a fin de atender al gasto resultante de la contratación alcanzada por la presente medida.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 1º del Decreto Nº577/03, modificado por su similar Nº149/07.
Por ello, EL JEFE DE GABINETE
DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Apruébase el contrato de prestación de servicios celebrado entre el MINISTERIO
DE SALUD y la Licenciada Da. Alicia Inés NORES DNI Nº11.428.168 en el marco de lo establecido por el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº25.164, su Decreto Reglamentario Nº1421/02 y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS Nº48 del 30 de diciembre de 2002, en las condiciones, por el período y equiparación escalafonaria indicados, en el Anexo que forma parte integrante de la presente.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 30/12/2008 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha30/12/2008

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones9370

Primera edición02/01/1989

Ultima edición18/06/2024

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