Boletín Oficial de la República Argentina del 05/09/2008 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 5 de setiembre de 2008

nueva prórroga de la habilitación aduanera otorgada con carácter provisorio mediante Resolución Nº49/2008 DGA, para la atención aduanera del Muelle de Cereales, ubicado al Norte del predio que la empresa posee a la altura del km CIENTO VEINTITRES
123, margen derecha del río Paraná de las Palmas, con acceso sobre Ruta Nacional Nº9 Panamericana, km NOVENTA Y SEIS
CON SESENTA Y OCHO 96,68 de la localidad de Zárate, Provincia de Buenos Aires, en jurisdicción de la Aduana de Campana.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION
Decreto 1410/2008
Desígnase Subsecretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa.

Bs. As., 2/9/2008
VISTO el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que se encuentra acreditada en autos la continuidad de la situación que diera origen a la habilitación provisoria solicitada, atento estar en trámite la habilitación definitiva del puerto por parte de la Secretaría de Transporte Expediente NºS01:0347539/2006.

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Designase Subsecretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y PRODUCCION, al Contador Público D. Jorge Constantino CARADONTI M.I. Nº7.671.344.

Que en autos ha tomado la debida intervención la División Aduana de Campana, la Dirección Regional Aduanera La Plata y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras de Interior.
Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente concedida, con carácter provisorio y por el término de TREINTA
30 días, a contar desde el vencimiento del plazo otorgado por la Resolución Nº 49/08
DGA.

Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER.
Sergio T. Massa. Carlos R. Fernández.

DIRECCION GENERAL DE
ADUANAS
Resolución 61/2008
Prórroga de Habilitación Provisoria Muelle Cerealero. Aduana de Campana.

Bs. As., 2/9/2008
VISTO la Actuación SIGEA Nº 12574-22832008 del registro de la Administración Federal de Ingresos Publicos, y CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la firma MOLCA
S.A. CUIT Nº 30-70130568-6 solicita una
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efecto de facilitar la atención de pasajeros y equipajes de vuelos internacionales que deban ser derivados desde el Aeropuerto Internacional de Bariloche.
Que en autos han tomado debida intervención la División Aduana de Neuquén, la Dirección Regional Aduanera Bahía Blanca y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 9º, apartado 2, inciso n del Decreto Nº618 del 10 de julio de 1997.
Por ello;
LA DIRECTORA GENERAL
DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
Artículo 1º Habilitar con carácter provisorio y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días a partir de la suscripción de la presente, una Zona Operativa Aduanera ubicada en el sector lindero al Aeropuerto Internacional Juan Domingo Perón de la ciudad de Neuquén, denominado Espacio DUAM, cuya delimitación se detalla en el Anexo que forma parte de la presente.
Art. 2º La Aduana de Neuquén determinará el procedimiento operativo a aplicar para atención de pasajeros y equipajes de vuelos internacionales que deban ser derivados desde el Aeropuerto Internacional de Bariloche.
Art. 3º Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL. Tome conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional Aduanera Bahía Blanca. Remítase a la División Aduana de Neuquén para su conocimiento, notificación y aplicación. María S. Tirabassi.
ANEXO Resolucion N 62/2008 DGA.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 9º, apartado 2, inciso n del Decreto Nº618 del 10 de julio de 1997.

RESOLUCIONES

BOLETIN OFICIAL Nº 31.483

Por ello, LA DIRECTORA GENERAL
DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
Artículo 1º Prorrogar la habilitación aduanera provisoria otorgada al Muelle Cerealero de la firma MOLCA S.A. CUIT Nº30-701305686 mediante Resolución Nº 49/08 DGA, por el término de TREINTA 30 días, a contar desde el vencimiento del plazo conferido por esta última, con igual carácter e idéntico alcance.
Art. 2º Regístrese. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de esta Dirección General. Tome conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional Aduanera La Plata. Remítase a la División Aduana de Campana para su conocimiento y notificación. María S.
Tirabassi.

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Resolución 62/2008
Habilitación Zona Operativa en Aeropuerto Internacional Juan Domingo Perón. Aduana de Neuquén.

DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS
Resolución 63/2008
Habilitación Zona Operativa Pocito. Aduana de San Juan.

Bs. As., 2/9/2008
Bs. As., 2/9/2008
VISTO la Actuación SIGEA Nº12237-7-2008 del registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE
INGRESOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la Aduana de Neuquén solicita la habilitación provisoria por el término de CIENTO OCHENTA 180 días, de un sector lindero al Aeropuerto Internacional Juan Domingo Perón de la ciudad de Neuquén, denominado Espacio DUAM, cuya delimitación se detalla en el Anexo que forma parte de la presente.
Que dicha solicitud tiene origen en la necesidad de contar con un ámbito delimitado como Zona Operativa Aduanera, a los efectos de que el Servicio Aduanero efectúe las tareas de control previstas en el Plan de Contingencia aprobado por las Autoridades Aeroportuarias, para la atención de pasajeros y equipajes de vuelos internacionales que deban ser derivados desde el Aeropuerto Internacional de Bariloche, por razones de seguridad en la aeronavegación, derivadas de la eventual presencia de ceniza volcánica en el citado aeropuerto.
Que el espacio fue propuesto por la firma Aeropuertos Argentina 2000 y aceptado por la Comisión de Monitoreo, integrada por todos los organismos de control, el Ministerio de Defensa y la Secretaría de Turismo de la Nación.
Que la Aduana de Neuquén informa mediante E-Mail Nº241/08 AD NEUQ que el mismo cuenta con las condiciones de infraestructura necesarias para el control aduanero.
Que en atención a la situación expuesta, y a fin de no entorpecer el normal desarrollo de las actividades turísticas en la región, corresponde autorizar la habilitación del citado lugar operativo, en forma provisoria y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días, al solo
VISTO la Actuación SIGEA N12391-101-2008
del registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la Aduana de San Juan solicita la habilitación provisoria de una Zona Operativa Aduanera en un área de SEIS 6 hectáreas en el sector norte del predio de DOCE 12 hectáreas ubicado en la Calle 6 y Maurín, Departamento de Pocito, Provincia de San Juan.
Que en el mes de enero de 2007 representantes del gobierno de la Provincia de San Juan y esta Administración Federal suscribieron un Acta Acuerdo con el objeto de trazar las pautas necesarias para la habilitación de una Zona Primaria Aduanera ZPA
en el Departamento de Pocito. Dentro de los compromisos asumidos a tal fin, la Municipalidad de Pocito se comprometía a facilitar el predio de DOCE 12 hectáreas que responde a Nomenclatura Catastral N 0526-400700, inscripto en el Registro General Inmobiliario al Folio Real N7455, F 55, T
75; Año 1987, ubicado en la Calle 6 y Maurín, Departamento de Pocito, para la instala-

ción de una ZONA PRIMARIA ADUANERA.
Asimismo, ambas partes se comprometían a dictar los actos administrativos pertinentes a los fines de la cesión en comodato de la fracción señalada precedentemente por un lapso de NOVENTA Y NUEVE 99 años, para que la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, Dirección General de Aduanas, realice las obras de infraestructura pertinentes.
Que por actuación SIGEA N 12391-332007 tramita el contrato de cesión del predio por parte de la Municipalidad de Pocito a favor de la AFIP, cuya copia se agrega.
Que el Municipio de Pocito ha extendido la habilitación municipal correspondiente mediante Decreto N 652 de fecha 19/8/2008.
Que hasta tanto se concluyan las obras de infraestructura necesarias para la delimitación y habilitación como Zona Primaria Aduanera, la Aduana de jurisdicción propone habilitar en forma provisoria como Zona Operativa Aduanera un sector del predio en trato, informado que el mismo cuenta con las condiciones de infraestructura necesarias y suficientes para ejercer el control por parte del Servicio Aduanero; entre otras, piso compactado, cierre perimetral, portones de acceso, garita de control de ingreso y egreso, sistema de iluminación, oficinas móviles para el Servicio Aduanero y Auxiliares del Servicio Aduanero, con sanitarios, báscula, playa de maniobras y estacionamiento y seguridad.
Que en consecuencia, corresponde autorizar las operaciones que se desarrollen en el

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/09/2008 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha05/09/2008

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones9351

Primera edición02/01/1989

Ultima edición30/05/2024

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