Boletín Oficial de la República Argentina del 11/10/2005 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 11 de octubre de 2005

BOLETIN OFICIAL Nº 30.756

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Que a fin de permitir el normal desenvolvimiento del DEPARTAMENTO TESORERIA de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION, dependiente de la SUBSECRETARIA
DE COORDINACION, resulta necesario asignar transitoriamente las funciones de jefatura a la Contadora Norma Patricia CALABRESE, funcionaria que revista en la planta permanente de dicho Ministerio en el máximo nivel de la dotación asignada a esa unidad organizativa y que reúne el perfil requerido para tal puesto.

reincorporación se producirá previo reintegro de la parte proporcional de la indemnización percibida, tomando en cuenta para ello el tiempo faltante para cumplir el plazo de los CINCO 5 años de prohibición de reingreso.

CONSIDERANDO:

Que la Escuela de Guerra Naval ha obtenido la certificación de estándar de calidad ISO
9001 en Procesos de Enseñanza Aprendizaje y Producto Académico de las TRES 3
carreras de Maestrías que en ella se dictan.

Que a esos efectos es menester propiciar la presente medida, por la cual se aprueba el Plan de Acción y Presupuesto perteneciente al BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANONIMA para el Ejercicio 2005.

Que mediante el Decreto Nº 491/02, se estableció, entre otros aspectos, que toda asignación de funciones cualquiera fuera su modalidad o fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que dichas Maestrías han sido acreditadas por la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA
CONEAU.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Que la Escuela de Guerra Naval tiene en su orgánica el Departamento Maestrías, cuya competencia esencial es entender en la planificación e implementación de carreras y cursos de postgrado universitario, abiertos a profesionales civiles y militares.
Que para desempeñarse como Jefe de Dicho Departamento, se requiere la designación de personal civil idóneo, con título de postgrado.

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Asígnanse transitoriamente las funciones de Jefe del DEPARTAMENTO TESORERIA
de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE DEFENSA, a la Contadora D. Norma Patricia CALABRESE Nivel B
Grado 0 DNI Nº 17.352.062, agente de la planta permanente del citado Ministerio.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 45 MINISTERIO DE
DEFENSA.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. KIRCHNER. Alberto A.
Fernández. José J. B. Pampuro.

Que la cobertura de la citada jefatura resulta indispensable para el adecuado desarrollo académico de la actividad que cumplimenta la Escuela de Guerra Naval.
Que dicha jefatura por la naturaleza de las tareas que desarrolla, es considerada al frente de alumnos, quedando comprendida en las excepciones al cumplimiento del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4º del Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002.
Que efectuado un Concurso Abierto de Antecedentes y Oposición para cubrir un cargo de Profesor Jefe de Especialidad Nivel Universitario 1ra. Categoría, en el cual se presentaron SEIS 6 postulantes, obtuvo el primer puesto de la selección la Doctora Liliana Angélica LACO.

Decreto 1260/2005

Que la Doctora Liliana Angélica LACO se acogió durante el año 2000 al Sistema de Retiro Voluntario, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 25.237 de Presupuesto Nacional para el año 2000, la Decisión Administrativa Nº 5/00 y el Decreto Nº 1019 de fecha 3 de noviembre de 2000.

Excepción a la prohibición de reingreso a la Administración Pública Nacional, prevista en el artículo 10 del Anexo I de la Decisión Administrativa Nº 5/2000.

Que la Doctora LACO reintegró a la Administración Pública Nacional la parte proporcional de la indemnización que percibió por su retiro voluntario.

MINISTERIO DE DEFENSA

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete.

Bs. As., 6/10/2005
VISTO lo informado por el señor JEFE DEL ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA, lo propuesto por el señor MINISTRO DE DEFENSA, y CONSIDERANDO:

Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99 inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que por la norma legal mencionada en el Visto se determina que el PODER EJECUTIVO
NACIONAL aprobará anualmente el Plan de Acción y Presupuesto de Gastos y Recursos de las Instituciones pertenecientes al Sistema Bancario Oficial.

Que el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 26 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 1999, facultan a dictar la presente medida.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del Ejercicio 2005 del BANCO DE
INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANONIMA, de acuerdo con el detalle que figura en los Anexos I y ll de la presente medida, respectivamente.
Art. 2º Estímanse en la suma de PESOS CIENTO CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL $ 104.360.000 los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS VEINTICINCO
MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL $ 25.291.000 los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo GANANCIA DE OPERACION estimado en PESOS SETENTA Y NUEVE MILLONES SESENTA Y NUEVE MIL $ 79.069.000 de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo ll a la presente medida.
Art. 3º Estímanse en la suma de PESOS CIENTO CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL $ 104.360.000 los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS CINCUENTA Y
CUATRO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL $ 54.338.000 los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico AHORRO estimado en PESOS CINCUENTA MILLONES VEINTIDOS MIL $ 50.022.000 de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo ll a la presente medida.
Art. 4º Estímanse en la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL
$ 1.239.000 los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN MIL $15.441.000 los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3º de la presente medida, estímase el Resultado Financiero SUPERAVIT para el Ejercicio 2005 en PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL $ 35.820.000 de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo ll a la presente medida.
Art. 5º Dése cuenta oportunamente al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
Art. 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández. Roberto Lavagna.

BOLETIN OFICIAL
DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Presidencia de la Nación Secretaria Legal y Técnica Dirección Nacional del Registro Oficial

Nuevo servicio para la publicación de avisos comerciales y edictos judiciales excepto edictos sucesorios
Por ello,
Que el artículo 10 del Anexo I de la Decisión Administrativa Nº 5 de fecha 31 de enero de 2000, emitida por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, establece la prohibición de reingreso de personal que se desvincule de la Administración Pública Nacional por aplicación del Sistema de Retiro Voluntario que se reglamenta por la misma, en los Organismos del Sector Público Nacional, por el término de CINCO 5 años contados a partir de su baja.

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Que el artículo citado prevé que el Poder Ejecutivo Nacional podrá autorizar excepciones a la prohibición de reingreso en los casos que resulte indispensable, en cuyo supuesto, la
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. KIRCHNER. Alberto A.
Fernández. José J. B. Pampuro.

Artículo 1º Exceptúase a la Doctora Liliana Angélica LACO L.C. Nº 4.987.431, de la prohibición de reingreso a la Administración Pública Nacional, prevista en el artículo 10 del Anexo I de la Decisión Administrativa Nº 5/00, a partir del 1º de octubre de 2004.

BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR
Decreto 1261/2005
Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del Ejercicio 2005 de la citada Sociedad Anónima, institución perteneciente al Sistema Bancario Oficial.
Bs. As., 6/10/2005
VISTO el Expediente Nº S01:0030672/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Artículo 26 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 1999, y
Trámite Urgente y Trámite Semi Urgente Horario de recepción:
Sede Central Suipacha 767
desde 11.30 hasta 13.30 hs.
Delegación Tribunales Libertad 469
desde 8,30 hs. hasta 13.30 hs.
Delegación Colegio Público de Abogados Avda. Corrientes 1441
desde 10.00 hasta 13.30 hs.
Delegación Inspección General de Justicia Moreno 251
desde 9.30 hasta 12.30 hs.
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www.boletinoficial.gov.ar

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/10/2005 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha11/10/2005

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones9351

Primera edición02/01/1989

Ultima edición30/05/2024

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