Boletín Oficial de la República Argentina del 30/09/2005 - Primera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Buenos Aires, viernes 30
de setiembre de 2005

BOLETIN OFICIAL

Año CXIII
Número 30.750

DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Precio $ 0,70

Primera Sección
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Legislación y Avisos Oficiales
Sumario
Pág.

DECRETOS

DECRETOS

MINISTERIO DE SALUD
Y AMBIENTE

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
1222/2005
Desígnase Director.

2

1223/2005
Desígnase Síndico Titular.

3

JUSTICIA MILITAR
1221/2005
Estado Mayor General del Ejército. Cese y nombramiento de Secretario Permanente del Consejo de Guerra de Comando.

2

MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE
1219/2005
Autorízase al citado Ministerio y a sus organismos descentralizados a utilizar los mecanismos de compras a disposición de los Estados Miembro de la Organización Panamericana de la Salud, para adquirir productos biofarmacéuticos y tecnología médica de origen cubano, en el marco del Convenio de Intercambio Comercial entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República de Cuba.

1

SERVICIO EXTERIOR
1220/2005
Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario en la República de Angola.

2

Decreto 1219/2005
Autorízase al citado Ministerio y a sus organismos descentralizados a utilizar los mecanismos de compras a disposición de los Estados Miembro de la Organización Panamericana de la Salud, para adquirir productos biofarmacéuticos y tecnología médica de origen cubano, en el marco del Convenio de Intercambio Comercial entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República de Cuba.
Bs. As., 28/9/2005
Visto el Expediente Nº 2002-6785/05-2 del registro del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE y el CONVENIO DE INTERCAMBIO COMERCIAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA
REPUBLICA ARGENTINA y el GOBIERNO
DE LA REPUBLICA DE CUBA de fecha 27
de agosto de 2004, y CONSIDERANDO:

RESOLUCIONES
ADHESIONES OFICIALES
557/2005-SSS
Auspícianse las XII Jornadas de Integración y Desarrollo de Empresas de Salud, a desarrollarse en la ciudad de La Plata.
1155/2005-SG
Declárase de interés nacional el Curso Multidisciplinario de Posgrado sobre Estupefacientes, organizado en la Ciudad de Buenos Aires.

4

5

ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES
9.800/2005-APE
Modificación del Punto 16 del Anexo VI de la Resolución Nº500/2004, a fin de adecuarlo a los criterios sobre aranceles y prestaciones definidos por la APE, la Secretaría para la Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico y la Subsecretaría de Drogadicción de la Provincia de Buenos Aires.

3

CONSEJO DE LA PRODUCCION
536/2005-MEP
Créase en el ámbito del Ministerio de Economía y Producción el citado Consejo, al que corresponde propender integralmente a la coordinación en materia de desarrollo productivo en todo el país.
Integración.

4

COOPERATIVAS Y MUTUALES
3034/2005-INAES
Modificación del procedimiento establecido para la aplicación de sanciones contempladas en el artículo 35 de la Ley Nº20.321.
ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
3307/2005-ENARGAS
Modifícase la Resolución Nº3240, mediante la cual se estipuló que, como principio general, todos los actos administrativos que expida el ENARGAS deberán ser otorgados por su Directorio.
INDUSTRIA
250/2005-SICPME
Inclúyense en el beneficio establecido en la Ley Nº24.402 los montos correspondientes al I.V.A.
de las importaciones de bienes de capital de la firma Acerbrag S.A., destinados a la fabricación de barras de acero.
Continúa en página 2

Que por el citado Convenio, la REPUBLICA
ARGENTINA y la REPUBLICA DE CUBA se comprometen a desarrollar el intercambio comercial, así como elaborar de común acuerdo Programas y Proyectos de Cooperación.

el MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE
deberán presentar estándares de calidad y precios competitivos a nivel internacional.
Que dada la naturaleza de las prestaciones es necesario prever un procedimiento de contratación ágil y eficiente.
Que, en consecuencia, se considera conveniente adoptar el mecanismo de compra utilizado, para productos análogos, con la ORGANIZACION PANAMERICANA DE LA SALUD.
Que el mencionado procedimiento de adquisición garantiza menores plazos de tramitación, disminución de los costos y fechas de entregas acorde a las necesidades del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE.
Que en el marco del convenio citado en el Visto del presente, el MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE suscribió con su parte la REPUBLICA DE CUBA un memorándum de trabajo en materia de adquisición de productos biofarmacéuticos y tecnología médica.
Que la REPUBLICA DE CUBA está en condiciones de proveer vacunas utilizables en el presente calendario de vacunación iniciado en junio del corriente año.
Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
Que en el Artículo II del citado convenio, se prevé que la REPUBLICA ARGENTINA, a través del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE y otras instituciones que correspondieran, se compromete a gestionar la compra de productos biofarmaceúticos y tecnología médica de origen cubano, de acuerdo al Anexo I
del mismo, y a las necesidades de abastecimiento, respetando las leyes, reglamentos y procedimientos vigentes en la Argentina.
Que el Decreto Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, que establece el Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, en su artículo 5º dispone que los contratos que se celebren con Estados extranjeros se encuentran excluidos del mencionado régimen.
Que el Convenio de intercambio establece que los bienes susceptibles de adquisición por
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Autorízase al MINISTERIO DE
SALUD Y AMBIENTE y a sus organismos descentralizados a utilizar los mecanismos de compras a disposición de los Estados Miembro de la ORGANIZACION PANAMERICANA DE LA
SALUD, para adquirir productos biofarmaceúticos y tecnología médica de origen cubano, en el marco del CONVENIO DE INTERCAMBIO
COMERCIAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA
REPUBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DE
LA REPUBLICA DE CUBA de fecha 27 de agosto de 2004.
Art. 2º Facúltase al MINISTRO DE SALUD Y
AMBIENTE a dictar las normas complementarias de la presente medida, contemplando las parti-

6

9

PRESIDENCIA DE
LA NACION

www.boletinoficial.gov.ar
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº369.224

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI
Secretario
9

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

JORGE EDUARDO FEIJOÓ
Director Nacional
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar
DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 30/09/2005 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha30/09/2005

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones9367

Primera edición02/01/1989

Ultima edición15/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Septiembre 2005>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930