Boletín Oficial de la República Argentina del 25/02/2004 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 25 de febrero de 2004
QUINIENTOS ONCE $ 152.511, de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II de la presente resolución.
Art. 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Roberto Lavagna.
NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos.
La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar.

Ministerio de Economía y Producción
PRESUPUESTO

fíjase en la suma de PESOS CIENTO DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y
TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO
$ 117.383.264.- los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico AHORRO estimado en PESOS TRECE
MILLONES CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE $ 13.005.649.-, de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.
Art. 4º Fíjase en la suma de PESOS CINCO
MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y
CINCO MIL $ 5.445.000.- los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3º de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero SUPERAVIT para el Ejercicio 2004
en SIETE MILLONES QUINIENTOS SESENTA
MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE
$ 7.560.649.- de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Resolución 119/2004
Apruébase el Presupuesto del Ejercicio 2004
de Lotería Nacional Sociedad del Estado, actuante en el área del Ministerio de Desarrollo Social.
Bs. As., 19/2/2004

Art. 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Roberto Lavagna.
NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos.
La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar.

VISTO el Expediente Nº 378.375/03 del Registro de LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL
ESTADO, y CONSIDERANDO:
Ministerio de Economía y Producción Que por el expediente mencionado en el Visto se tramita la aprobación del Presupuesto del Ejercicio 2004 formulado por LOTERIA
NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO actuante en el área del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que la Ley Nº 24.156 de ADMINISTRACION
FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE
CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de las Empresas y Sociedades del Estado.

BOLETIN OFICIAL Nº 30.347

Art. 2º Estímanse en la suma de PESOS
OCHENTA Y CINCO MILLONES CIENTO QUINCE
MIL $ 85.115.000.- los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS SETENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL
SETECIENTOS SESENTA $ 73.999.760.- los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo SUPERAVIT DE OPERACION estimado en PESOS ONCE MILLONES
CIENTO QUINCE MIL DOSCIENTOS CUARENTA
$ 11.115.240.-, de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.
Art. 3º Estímanse en la suma de PESOS
NOVENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS NOVENTA MIL $ 91.590.000.- los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS SETENTA Y
TRES MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y
NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA
$ 73.999.760.- los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico AHORRO estimado en PESOS DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA MIL
DOSCIENTOS CUARENTA $ 17.590.240.-, de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.
Art. 4º Estímanse en la suma de PESOS
DOS MILLONES CIEN MIL $ 2.100.000.- los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS TREINTA Y UN MILLONES DIEZ MIL
$ 31.010.000.- los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3º de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero DEFICIT para el Ejercicio 2004 en PESOS ONCE
MILLONES TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL
SETECIENTOS SESENTA $ 11.319.760.-, de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial Nº 3
de la Ley Nº 24.156, determina que es facultad del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actual MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la aprobación de la presente medida.
Por ello, EL MINISTRO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION
RESUELVE:
Artículo 1º Apruébase el Presupuesto del Ejercicio 2004 de LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO actuante en el área del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II a la presente resolución.
Art. 2º Estímase en la suma de PESOS
CIENTO VEINTITRES MILLONES DOSCIENTOS
OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TRECE
$ 123.288.913.- los ingresos de operación y fíjase en la suma de PESOS CIENTO DIECISIETE
MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES
MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO
$ 117.383.264.- los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo GANANCIA DE OPERACION estimado en PESOS CINCO MILLONES NOVECIENTOS
CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE $ 5.905.649.-, de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.
Art. 3º Estímase en la suma de PESOS
CIENTO TREINTA MILLONES TRESCIENTOS
OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TRECE $ 130.388.913.- los ingresos corrientes y
del Decreto Nº 2741/91 y el artículo 36 de la Ley Nº 24.241.
Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1º Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión para la emisión correspondiente al mes de abril de 2004, cuya fecha de inicio de pago quedará fijada conforme se indica a continuación:
I. Beneficiarios cuyos haberes mensuales, sólo código 001 y todas sus empresas, no superen la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA $ 240,00.
GRUPO DE PAGO 1: Documentos terminados en 0, a partir del día 19 de abril de 2004.
GRUPO DE PAGO 2: Documentos terminados en 1, a partir del día 20 de abril de 2004.
GRUPO DE PAGO 3: Documentos terminados en 2, a partir del día 21 de abril de 2004.
GRUPO DE PAGO 4: Documentos terminados en 3, a partir del día 22 de abril de 2004.
GRUPO DE PAGO 5: Documentos terminados en 4, a partir del día 23 de abril de 2004.
GRUPO DE PAGO 6: Documentos terminados en 5, a partir del día 26 de abril de 2004.
GRUPO DE PAGO 7: Documentos terminados en 6, a partir del día 27 de abril de 2004.

PRESUPUESTO
Resolución 121/2004
Apruébanse el Plan de Acción y el Presupuesto del Ejercicio 2004 de la Administración General de Puertos Sociedad del Estado, actuante en la órbita del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

Art. 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Roberto Lavagna.
NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos.
La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar.

Bs. As., 19/2/2004
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO
dependiente de la SUBSECRETARIA DE
PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y PRODUCCION.

7

VISTO el Expediente Nº 5416/2003 del Registro de la ADMINISTRACION GENERAL DE
PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, organismo actuante en la órbita de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES
de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 24.156 de ADMINISTRACION
FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE
CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de las empresas y sociedades del Estado.
Que obra en el expediente mencionado en el Visto el informe favorable sobre la medida propiciada por la OFICINA NACIONAL DE
PRESUPUESTO dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION.
Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Reglamentario Nº 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial Nº 3 de la Ley Nº 24.156, determina que es facultad del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION la aprobación de la presente medida.
Por ello, EL MINISTRO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION
RESUELVE:
Artículo 1º Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del Ejercicio 2004 de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD
DEL ESTADO, organismo actuante en la órbita de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II a la presente resolución.

Administración Nacional de la Seguridad Social
SISTEMA INTEGRADO
DE JUBILACIONES Y PENSIONES
Resolución 209/2004
Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión para la Emisión correspondiente al mes de abril de 2004.
Bs. As., 20/2/2004
VISTO el Expediente Nº 024-99-80906221-6-790
del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES, y la necesidad de establecer el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión Social para la emisión del mes de abril del año 2004, y CONSIDERANDO:
Que es necesario adecuar las fechas de pago al pronóstico de ingresos al Sistema Previsional, en particular los provenientes de la recaudación de aportes y contribuciones sobre la nómina salarial.
Que las condiciones financieras vigentes para atender las obligaciones previsionales, permiten establecer el esquema de pago, en VEINTE 20 grupos, contemplando las necesidades económicas de los beneficiarios.
Que a fojas 2/3, obra la Comunicación C
37.026 de fecha 19 de diciembre de 2003, referida a los feriados que observarán las entidades financieras en la República Argentina, durante el año 2004.
Que la Gerencia Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, emitiendo Dictamen Nº 15541/00, obrante a fojas 4/5.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3º
GRUPO DE PAGO 8: Documentos terminados en 7, a partir del día 28 de abril de 2004.
GRUPO DE PAGO 9: Documentos terminados en 8, a partir del día 29 de abril de 2004.
GRUPO DE PAGO 10: Documentos terminados en 9, a partir del día 30 de abril de 2004.
II. Beneficiarios cuyos haberes mensuales, sólo código 001 y todas sus empresas, superen la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA $ 240,00
y no superen la suma de PESOS OCHOCIENTOS
$ 800,00.
GRUPO DE PAGO 11: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 3 de mayo de 2004.
GRUPO DE PAGO 12: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 4 de mayo de 2004.
GRUPO DE PAGO 13: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 5 de mayo de 2004.
GRUPO DE PAGO 14: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 6 de mayo de 2004.
GRUPO DE PAGO 15: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 7 de mayo de 2004.
III. Beneficiarios cuyos haberes mensuales sólo código 001 y todas sus empresas, superen la suma de PESOS OCHOCIENTOS $ 800,00.
GRUPO DE PAGO 16: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 10 de mayo de 2004.
GRUPO DE PAGO 17: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 11 de mayo de 2004.
GRUPO DE PAGO 18: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 12 de mayo de 2004.
GRUPO DE PAGO 19: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 13 de mayo de 2004.
GRUPO DE PAGO 20: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 14 de mayo de 2004.
Art. 2º Determínase el día 26 de mayo de 2004 como plazo de validez para todas las Ordenes de Pago Previsional, y Comprobantes de Pago Previsional del Nuevo Sistema de Pago.
Art. 3º Establécese que la presentación de la rendición de cuentas y documentación impaga, deberá efectuarse de acuerdo a lo establecido por la Comunicación A 4057 del Banco Central de la República Argentina de fecha 11 de diciembre de 2003.
Art. 5º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Sergio T. Massa.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 25/02/2004 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha25/02/2004

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones9376

Primera edición02/01/1989

Ultima edición24/06/2024

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