Boletín Oficial de la República Argentina del 26/03/2003 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, MIERCOLES 26 DE MARZO DE 2003

AÑO CXI

$ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 30.118
PRESIDENCIA DE LA NACION
SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA
DR. ANTONIO E. ARCURI
SECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
JORGE E. FEIJOÓ
DIRECTOR NACIONAL

Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

1

LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

nal con respecto a las actividades de exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización de hidrocarburos, teniendo como objetivo principal satisfacer las necesidades de hidrocarburos del país con el producido de sus yacimientos, manteniendo reservas que aseguren esa finalidad.
Que por el Artículo 6 de la Ley N 17.319 se estipula que los permisionarios y concesionarios tendrán el dominio sobre los hidrocarburos que extraigan y, consecuentemente, podrán transportarlos, comercializarlos, industrializarlos y comercializar sus derivados, cumpliendo las reglamentaciones que dicte el PODER EJECUTIVO NACIONAL sobre bases técnico-económicas razonables que contemplen la conveniencia del mercado interno y procuren estimular la exploración y explotación de hidrocarburos.

Que el HONORABLE CONGRESO DE
LA NACION, por el Artículo 1 de la Ley N 25.596, declaró en emergencia el abastecimiento de gas oil en todo el Territorio Nacional.

www.boletinoficial.gov.ar Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa y 3 Sección
Que las Leyes N 25.596 y N 25.561, en su Artículo 13, han facultado al PODER EJECUTIVO NACIONAL a instrumentar todas las políticas sectoriales vinculadas al abastecimiento del gas oil hasta la fecha.

e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 230.932

DECRETOS
COMBUSTIBLES
Decreto 704/2003
Ratifícase el Acuerdo de Prórroga del Acuerdo Trimestral de Suministro del Gas Oil al Transporte Público de Pasajeros.
Bs. As., 25/3/2003
VISTO el Expediente N S01: 0162042/2002 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, el Decreto N 652 del 19 de abril de 2002 y el Decreto N 1912 del 25 septiembre de 2002, y CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 2 de la Ley N 17.319 se establece que las actividades relativas a la exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización de los hidrocarburos estarán sujetas a las disposiciones de la mencionada ley y las reglamentaciones que dicte el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que mediante el Ar tículo 3 de la Ley N 17.319 se dispone que el PODER EJECUTIVO NACIONAL fijará la política nacio-

Que por el Artículo 2 del Decreto N 1912
del 25 de septiembre de 2002, el PODER
EJECUTIVO NACIONAL ratificó el ACUERDO TRIMESTRAL DE SUMINISTRO DEL
GAS OIL AL TRANSPORTE PUBLICO DE
PASAJEROS, suscripto por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros en nombre del ESTADO NACIONAL.
Que por el ACUERDO TRIMESTRAL DE
SUMINISTRO DEL GAS OIL AL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS, un conjunto de empresas productoras de hidrocarburos se comprometió a asegurar hasta el 30 de noviembre de 2002 el suministro a las empresas refinadoras de ciertos volúmenes de petróleo crudo con un descuento unitario adicional sobre el valor del petróleo crudo, para que las empresas refinadoras pudieran cubrir necesidades de gas oil de la REPUBLICA ARGENTINA en los términos del mencionado Acuerdo.
Que por su parte, el ESTADO NACIONAL
autorizó a las empresas productoras a compensar el saldo acumulado resultante de la aplicación del Artículo 4 del mismo ACUERDO TRIMESTRAL DE SUMINISTRO DEL
GAS OIL AL TRANSPORTE PUBLICO DE
PASAJEROS, con las sumas que dichas empresas productoras debieran eventualmente pagar por el derecho de exportación establecido en los Artículos 1 y 2 del Decreto N
310 del 13 de febrero de 2002 y sus modificatorios.
Que teniendo en cuenta la emergencia económica y la persistencia de las condiciones por las que atraviesa en particular el sector transporte público de pasajeros con tarifas reguladas que presten servicio público, ha resultado necesario extender la vigencia del ACUERDO TRIMESTRAL DE SUMINISTRO
DEL GAS OIL AL TRANSPORTE PUBLICO
DE PASAJEROS, con las adecuaciones pertinentes, hasta el 31 de marzo de 2003, a través del ACUERDO DE PRORROGA DEL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

SUMARIO
Pág.
ADMINISTRACION
DE PROGRAMAS ESPECIALES
Decreto 699/2003
Exceptúase al mencionado organismo descentralizado del Ministerio de Salud de lo establecido en el artículo 9 del Decreto N 1184/2001, al solo efecto de posibilitar una contratación.
ADMINISTRACION NACIONAL
DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 676/2003
Apruébase una contratación bajo la modalidad de locación de servicios, para la prestación de funciones en el ámbito de la Unidad de Atención Integral Mar del Plata del citado organismo descentralizado de la Secretaría de Seguridad Social.

7

4

ADUANAS
Resolución General 1458-AFIP
Régimen especial de Muestras para PyMES
Exportadoras.

18

Resolución General 1471-AFIP
Unidades Normalizadas de Cantidad.

19

CODIGO ALIMENTARIO ARGENTINO
Resolución Conjunta 20/2003-SPRRS
y 248/2003-SAGPA
Sustitución el artículo 212 bis, con la finalidad de incluir la Resolución Grupo Mercado Común N 25/99, referida a criterios generales para envases de único uso de polietilentereftalato -petmulticapa, destinados al envasado de bebidas analcohólicas carbonatadas.
Resolución Conjunta 21/2003-SPRRS
y 249/2003-SAGPA
Incorpórase el artículo 219 tris, con la finalidad de incluir la Resolución del Grupo Mercado Común N 28/99, referida a la lista positiva para envases y equipamientos elastoméricos en contacto con alimentos.

Pág.
mercial de las obras, y el procedimiento de autorización y contratación para la concreción de las ampliaciones.

40

ESPECIALIDADES MEDICINALES
Disposición 1456/2003-ANMAT
Prohíbese la comercialización y uso fuera del ámbito de la provincia de Buenos Aires de un determinado lote del producto Karbonetas/carbón activado 0,50 g x 10 comprimidos, de Laboratorio Argenfarma.

41

Disposición 1457/2003-ANMAT
Prohíbese la comercialización y uso fuera del ámbito de la provincia de Buenos Aires de un determinado lote del producto Kortas Carbón Activado, de Laboratorio Argenfarma.

43

EXPORTACIONES
Resolución 154/2003-SPMEDR
Créase el Padrón de PyMES Exportadoras, cuyos proyectos cuenten con el aval de las cámaras de primero y segundo grado, de comercio, industria, agro, grupos exportadores, de servicios y de la red de agencias de desarrollo productivo.

15

FERROCARRILES
METROPOLITANOS
Decreto 670/2003
Apruébase la renovación de contratos celebrados por la citada Sociedad Anónima en liquidación, efectuados bajo el régimen del Decreto N 1184/2001.

7

IMPORTACIONES
Decreto 702/2003
Autorízase a la empresa Vial Agro S.A. a importar una terminadora de concreto asfáltico en caliente usada, fabricada en los Estados Unidos de América, excluyéndose a la misma de la prohibición de nacionalización establecida en el artículo 37 del Decreto N 660/2000.

6

37

14

33

Resolución Conjunta 22/2003-SPRRS
y 250/2003-SAGPA
Lista general armonizada de aditivos Mercosur, incorpórase la Resolución Grupo Mercado Común N 37/97.

14

Resolución Conjunta 23/2003-SPRRS
y 251/2003-SAGPA
Sustitúyese el texto del artículo 486, con la finalidad de reemplazar la expresión simil caviar.

15

IMPUESTOS
Resolución General 1472-AFIP
Impuesto sobre los Combustibles Líquidos. Ley N 23.966, Título III de Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Artículo 7, incisos b, c y d. Decreto N 1016/97. Decreto N 1129/2001. Comercialización de combustibles. Acreditación de destinos exentos. Resolución General N 4312 DGI. Su sustitución.

1

INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA
PAGOS DE RETIROS Y PENSIONES
MILITARES
Decreto 701/2003
Desígnase Director.

10

INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA
Decreto 672/2003
Apruébanse renovaciones de contrataciones celebradas por el citado Organismo Descentralizado de la Subsecretaría de Recursos Hídricos de la Secretaría de Obras Públicas, efectuadas bajo el régimen del Decreto N 1184/2001.

4

MINISTERIO DE DEFENSA
Decreto 700/2003
Apruébanse renovaciones de contratos celebrados bajo el régimen del Decreto N 1184/2001
para los Grupos de Trabajo presentados por las distintas Unidades Organizativas de la citada Jurisdicción.

10

COMBUSTIBLES
Decreto 704/2003
Ratifícase el Acuerdo de Prórroga del Acuerdo Trimestral de Suministro del Gas Oil al Transporte Público de Pasajeros.
COMITE FEDERAL
DE RADIODIFUSION
Decreto 695/2003
Apruébanse contrataciones de personal celebradas bajo el régimen del Decreto N 1184/2001.
CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION
DE POLITICAS SOCIALES
Decreto 678/2003
Apruébase la estructura organizativa del mencionado Consejo, creado por el Decreto N 357/2002
en el ámbito de la Presidencia de la Nación.
ENERGIA ELECTRICA
Resolución 130/2003-SE
Modifícase la Resolución N 106/2003, que estableció las ampliaciones a ser impulsadas, los montos a asignar en carácter de máximos totales a los efectos de los requerimiento de fondos adelantados a la fecha de habilitación co-

6

11

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decreto 683/2003
Limítase una designación en la Planta Transitoria del Programa Federal de Solidariad PRO-

Continúa en página 2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 26/03/2003 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha26/03/2003

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones9349

Primera edición02/01/1989

Ultima edición28/05/2024

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