Boletín Oficial de la República Argentina del 05/03/2001 - Primera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, LUNES 5 DE MARZO DE 2001

AÑO CIX

$ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 29.601
MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS
DR. JORGE E. DE LA RUA
MINISTRO

SECRETARIA DE JUSTICIA Y
ASUNTOS LEGISLATIVOS
DR. MELCHOR R. CRUCHAGA
SECRETARIO

SUBSECRETARIA DE JUSTICIA
Y ASUNTOS LEGISLATIVOS
DR. FRANCISCO FUSTER
SUBSECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL

1

LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

las Fuerzas Armadas y de Seguridad en la región de KOSOVO, REPUBLICA FEDERATIVA DE YUGOSLAVIA, en el marco de la Resolución 1244 1999 del Consejo de Seguridad de la ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS ONU.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo I punto 1 del Decreto anteriormente citado, se encuentra desplegado el Hospital Militar Conjunto cumpliendo la misión encomendada.
Que es necesaria la utilización en nuestro país en apoyo a la comunidad, de la totalidad de los medios sanitarios militares disponibles con motivo de las reiteradas catástrofes naturales que últimamente han ocurrido en nuestro territorio.
Que en virtud de lo expresado en el considerando anterior, resulta necesario que el Hospital Militar Conjunto 2 HMC, destacado en la región de KOSOVO, participando en las precitadas operaciones de paz, sea desafectado de las mismas a tales efectos.

Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

Que para la concreción de los objetivos expresados, debe modificarse el Anexo I del Decreto N 875 de fecha 11 de agosto de 1999.

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa y 3 Sección

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 105.174

DECRETOS
CONTRIBUCION ARGENTINA A LAS
OPERACIONES DE PAZ EN KOSOVO
Decreto 249/2001
Modificación del Decreto N 875/99, por el que se dispone la participación en las operaciones de paz de las Fuerzas Armadas y de Seguridad en la región de Kosovo, República Federativa de Yugoslavia, en el marco de la Resolución 1244
1999 del Consejo de Seguridad de la ONU.
Bs. As., 27/2/2001
VISTO el Decreto N 875 de fecha 11 de agosto de 1999 y, CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1 del Decreto N 875 de fecha 11 de agosto de 1999, se dispone la participación en las operaciones de paz de
auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Que, por otra parte y a los fines de un mejor y eficaz cumplimiento de la misión de paz en la mencionada región, es conveniente ampliar el número de la dotación de efectivos.

DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99
incisos 1, 12 y 14 de la Constitución Nacional y de acuerdo a lo establecido en el artículo 6
de la Ley N 24.948.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Sustitúyese el Anexo I del Decreto N 875 de fecha 11 de agosto de 1999 CONTRIBUCION ARGENTINA A LAS OPERACIONES
DE PAZ EN KOSOVO, por el Anexo que forma parte de este artículo.
Art. 2 El presente Decreto será refrendado por todos los Ministros del Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 3 Comuníquese a la Comisión Parlamentaria de Seguimiento de la Reestructuración Militar del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DE LA RUA. Chrystian G. Colombo.
Ricardo H. López Murphy. Rosa G. C. de Fernández Meijide. Patricia Bullrich. José L.
Machinea. Héctor J. Lombardo. Federico T.
M. Storani. Adalberto Rodríguez Giavarini.
Hugo Juri Fernández.
ANEXO AL ARTICULO 1
CONTRIBUCION ARGENTINA A LAS OPERACIONES DE PAZ EN KOSOVO
1. Compañía de Ingenieros Conjunta KOSOVO
CICKO
1.1. Misión. Proporcionar apoyo de ingenieros al esfuerzo de ayuda humanitaria a brindar a la población civil en el área de responsabilidad de KOSOVO, bajo el control operacional del Sector West, consistente en la restauración y mejoramiento de obras de infraestructura para el restableci-

miento de los servicios públicos esenciales y las líneas de comunicaciones.

Decreto 250/2001

1.2. Personal.
n
EA. CUARENTA Y DOS 42 efectivos.

n
ARA. DOCE 12 efectivos.

n
FAA. CUATRO 4 efectivos.

MINISTERIO DE EDUCACION

2. Oficiales de Enlace.
2.1. Misión. Integrar los Estados Mayores del Comando de la Fuerza de Seguridad Internacional KFOR y del comando del Sector West, para asegurar la normal integración y el mejor empleo de los elementos de las Fuerzas Armadas Argentina en el área de responsabilidad. Oficiar de enlace entre el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas y los mencionados Comandos y asistir desde sus respectivos asientos al Jefe del Contingente Argentino Oficial Argentino más antiguo en el teatro de operaciones.
2.2. Personal.
n Comando de KFOR HQ KFOR MAIN DOS
2 Oficiales de Estado Mayor n Comando del sector West. TRES 3 Oficiales del Estado Mayor.

3. Elementos de Gendarmería Nacional GN
en la Policía Civil de la misión de la ONU en KOSOVO UNMIK
3.1. Misión. Brindar apoyo de seguridad y monitoreo policial y de fronteras al esfuerzo de ayuda humanitaria a proporcionar a la población Civil en el área de responsabilidad que se le asigne en KOSOVO para contribuir a la restauración de la vigencia de la ley y seguridad pública, el respeto a los derechos humanos y el regreso de los refugiados y personas desplazadas a sus hogares.
3.2. Personal. Un contingente de TREINTA Y
OCHO 38 hombres de GN.

Transfiérese la Secretaría para la Tecnología, la Ciencia y la Innovación Productiva del ámbito de la Presidencia de la Nación a la órbita del mencionado Departamento de Estado, juntamente con el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas y la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica.
Bs. As., 28/2/2001
VISTO los Decretos N 1660 del 27 de diciembre de 1996, modificado por el N 289 del 16 de marzo de 1998, N 20 del 13 de diciembre de 1999, y sus modificatorios, y N 103 del 25
de enero de 2001, y CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado del Decreto N 20/
99 se estableció la conformación organizativa y objetivos de las Secretarías y Subsecretarías que dependen de la PRESIDENCIA DE
LA NACION, la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y los MINISTERIOS.
Que el Gobierno Nacional se halla comprometido firmemente en lograr una mejora permanente en la gestión del Sector Público, lo cual posibilitará en forma directa responder al objetivo de incrementar los servicios y beneficios sociales que reciba la ciudadanía.
Que bajo tal imperativo se viene desarrollando una labor de transformación y modernización del Sector Público Nacional, optimizando los recursos asignados a las diferentes organizaciones.
Que en tal sentido resulta conveniente transferir la SECRETARIA PARA LA TECNOLO-

SUMARIO
Pág.
ASIGNACIONES FAMILIARES
Resolución 225/2001-ANSES
Apruébase la incorporación de empleadores que desarrollan actividades en el Departamento de Iriondo, Provincia de Santa Fe, al Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares.

2

Resolución General 226/2001-ANSES
Apruébase la incorporación de empleadores que desarrollan actividades en el Departamento de Iriondo, Provincia de Santa Fe, al Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares.

3

Resolución 233/2001-ANSES
Apruébase la incorporación de empleadores que desarrollan actividades en el Departamento de Iriondo, Provincia de Santa Fe, al Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares.
Resolución 235/2001-ANSES
Apruébase la incorporación de empleadores de la Provincia de Santa Fe al Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares.
CONTRIBUCION ARGENTINA A LAS
OPERACIONES DE PAZ EN KOSOVO
Decreto 249/2001
Modificación del Decreto N 875/99, por el que se dispone la participación en las operaciones de paz de las Fuerzas Armadas y
4

3

Pág.
de Seguridad en la región de Kosovo, República Federativa de Yugoslavia, en el marco de la Resolución 1244 1999 del Consejo de Seguridad de la ONU.

1

MINISTERIO DE EDUCACION
Decreto 250/2001
Transfiérese la Secretaría para la Tecnología, la Ciencia y la Innovación Productiva del ámbito de la Presidencia de la Nación a la órbita del mencionado Departamento de Estado, juntamente con el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas y la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica.

1

DECRETOS SINTETIZADOS

2

DECISIONES ADMINISTRATIVAS
SINTETIZADAS

2

CONCURSOS OFICIALES
Anteriores
12

REMATES OFICIALES
4

Nuevos AVISOS OFICIALES
Nuevos Anteriores
5 12

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/03/2001 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha05/03/2001

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones9377

Primera edición02/01/1989

Ultima edición25/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Marzo 2001>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031