Boletín Oficial de la República Argentina del 28/11/2000 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.535 1 Sección así como la correspondiente transferencia de la totalidad de los recursos a él asignados, a su nuevo destino institucional y el cese de los integrantes del Directorio del mencionado ente.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA.
Que la presente medida se dicta en función de las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y los Artículos 14 y 26 de la Ley N 25.237.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Disuélvese el INSTITUTO
NACIONAL DE SEMILLAS INASE organismo descentralizado de la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTACION del MINISTERIO DE ECONOMIA.
Art. 2 Transfiérese a la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTACION los recursos humanos, materiales y financieros del INSTITUTO NACIONAL DE
SEMILLAS INASE. El personal involucrado mantendrá sus actuales niveles y grados de revista.
Art. 3 Dispónese el cese en sus funciones a partir de la publicación del presente Decreto, de los integrantes del Directorio del ente disuelto por el Artículo 1 de la presente medida.
Art. 4 Establécese que las competencias y funciones previstas en el Decreto N 2817 del 30
de diciembre de 1991, para el referido Instituto serán ejercidas por la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del MINISTERIO DE ECONOMIA.
Art. 5 Establécese que antes del 31 de diciembre del presente año el MINISTERIO DE
ECONOMIA deberá elevar a la consideración y firma del PODER EJECUTIVO NACIONAL la propuesta que contemple las modificaciones estructurales y orgánico-funcionales que se originen como consecuencia de las medidas que aquí se adoptan.
Art. 6 Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de los gastos que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados para tal fin a la Jurisdicción 50 Entidad 614.
Art. 7 Derógase la Dec. Ad. N 489 del 19
de diciembre de 1996.
Art. 8 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
DE LA RUA. Chrystian G. Colombo. José L. Machinea.

RESOLUCIONES
Ministerio de Economía
PRESUPUESTO
Resolución 891/2000
Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto de Caja y de Recursos Humanos de la Empresa Nuclear Argentina de Centrales Eléctricas Sociedad Anónima en liquidación y Dicon Difusión Contemporánea Sociedad Anónima en liquidación para el ejercicio 2000.

el que tramita la modificación presupuestaria del Plan de Acción y Presupuesto del ejercicio 2000 de la EMPRESA NUCLEAR ARGENTINA DE CENTRALES ELECTRICAS SOCIEDAD ANONIMA en liquidación y de DICON
DIFUSION CONTEMPORANEA SOCIEDAD
ANONIMA en liquidación, ambos entes dependientes de la DIRECCION NACIONAL DE
NORMALIZACION PATRIMONIAL, actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA y la Decisión Administrativa N 103 de fecha 11
de agosto de 2000, y
TO de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, dependiente de la SECRETARIA
DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA.
Que en mérito a ello, la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades que emergen del artículo 52 de la Ley N 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS
SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR
PUBLICO NACIONAL y el Decreto Reglamentario N 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial N 3
de la citada Ley.

CONSIDERANDO:
Por ello, Que la Decisión Administrativa N 11 de fecha 2 de febrero de 2000 prorrogó hasta el 30 de junio de 2000 el plazo establecido para la liquidación definitiva de distintos entes en liquidación, dependientes de la DIRECCION
NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL, actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE HACIENDA de este Ministerio, entre los que se encuentra la EMPRESA NUCLEAR
ARGENTINA DE CENTRALES ELECTRICAS
SOCIEDAD ANONIMA en liquidación.
Que mediante la Resolución MINISTERIO DE
ECONOMIA N 444 de fecha 9 de junio de 2000 se aprobó el Plan de Acción y Presupuesto del ejercicio 2000 de la EMPRESA
NUCLEAR ARGENTINA DE CENTRALES
ELECTRICAS SOCIEDAD ANONIMA en liquidación, teniendo en cuenta a esos efectos el plazo establecido en la Decisión Administrativa N 11/2000.
Que la Decisión Administrativa N 103 de fecha 11 de agosto de 2000 dispuso dar por prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2000 o hasta tanto se produzca el vencimiento del plazo de NOVENTA 90 días corridos contados desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Resolución que disponga su cierre, lo que ocurra primero, el plazo establecido por la Decisión Administrativa N 11/2000, para la liquidación definitiva de la EMPRESA NUCLEAR ARGENTINA DE CENTRALES ELECTRICAS SOCIEDAD ANONIMA en liquidación, entre otros entes residuales.
Que en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta necesario modificar el Plan de Acción y Presupuesto correspondiente al ejercicio 2000 de EMPRESA
NUCLEAR ARGENTINA DE CENTRALES
ELECTRICAS SOCIEDAD ANONIMA en liquidación aprobado por la Resolución MINISTERIO DE ECONOMIA N 444/2000, conforme al actual plazo establecido en la Decisión Administrativa N 103/2000.
Que el artículo 4 de la Resolución MINISTERIO DE ECONOMIA N 515 de fecha 30 de junio de 2000 dispone dar por concluida la liquidación de DICON DIFUSION CONTEMPORANEA SOCIEDAD ANONIMA en liquidación a los NOVENTA 90 días corridos contados desde la fecha de publicación de la misma en el Boletín Oficial.
Que la Resolución mencionada ha sido publicada en el Boletín Oficial de fecha 17 de julio de 2000, resultando conveniente considerar los recursos y gastos necesarios hasta la efectiva conclusión de su proceso liquidatorio.
Que mediante la Resolución MINISTERIO DE
ECONOMIA N 445 de fecha 9 de junio de 2000 se aprobó el Plan de Acción y Presupuesto correspondiente al ejercicio 2000 de DICON DIFUSION CONTEMPORANEA SOCIEDAD ANONIMA en liquidación, contemplando los recursos y erogaciones necesarios para el desenvolvimiento operativo del mencionado ente residual durante el primer semestre de dicho ejercicio.
Que de acuerdo lo dispuesto por el artículo 4 de la Resolución MINISTERIO DE ECONOMIA N 515/2000 resulta necesario modificar el Plan de Acción y Presupuesto correspondiente al ejercicio 2000 de DICON DIFUSION CONTEMPORANEA SOCIEDAD ANONIMA en liquidación, aprobado por la Resolución MINISTRO DE ECONOMIA N 445/
2000, ampliando el mismo hasta la efectiva finalización del proceso liquidatorio de dicho ente residual.

EL MINISTRO
DE ECONOMIA
RESUELVE:
Artículo 1 Modifícase el Plan de Acción y Presupuesto del ejercicio 2000 de la EMPRESA
NUCLEAR ARGENTINA DE CENTRALES ELECTRICAS SOCIEDAD ANONIMA en liquidación, dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE
NORMALIZACION PATRIMONIAL, actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE HACIENDA de este Ministerio, aprobado por Resolución MINISTERIO
DE ECONOMIA N 444 de fecha 9 de junio de 2000, de acuerdo al detalle de la planilla anexa al presente artículo, que forma parte integrante del mismo y en función del plazo establecido por la Decisión Administrativa N 103/2000.
Art. 2 Modifícase el Plan de Acción y Presupuesto del ejercicio 2000 de DICON DIFUSION
CONTEMPORANEA SOCIEDAD ANONIMA en liquidación, dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL, actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE
HACIENDA de este Ministerio, aprobado por Resolución MINISTERIO DE ECONOMIA N 445 de fecha 9 de junio de 2000, de acuerdo al detalle de la planilla anexa al presente artículo, que forma parte integrante del mismo, ampliando el mismo hasta la efectiva finalización del proceso liquidatorio del mencionado ente residual e incluyendo una transferencia a la EMPRESA NUCLEAR ARGENTINA DE CENTRALES ELECTRICAS SOCIEDAD ANONIMA en liquidación de PESOS
CUARENTA MIL $ 40.000.-.

Martes 28 de noviembre de 2000

2

Art. 3 Teniendo en cuenta la modificación dispuesta por el artículo 1 de la presente Resolución, se establece el Presupuesto para el ejercicio 2000 de la EMPRESA NUCLEAR ARGENTINA DE CENTRALES ELECTRICAS SOCIEDAD
ANONIMA en liquidación, en las cifras que figuran en la planilla anexa al presente artículo, que forma parte integrante del mismo.
Art. 4 Teniendo en cuenta la modificación dispuesta por el artículo 2 de la presente Resolución, se establece el Presupuesto para el ejercicio 2000 de DICON DIFUSION CONTEMPORANEA SOCIEDAD ANONIMA en liquidación, en las cifras que figuran en la planilla anexa al presente artículo, que forma parte integrante del mismo e incluye una transferencia a la EMPRESA
NUCLEAR ARGENTINA DE CENTRALES ELECTRICAS SOCIEDAD ANONIMA en liquidación de PESOS CUARENTA MIL $ 40.000.-.
Art. 5 Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto de Caja y de Recursos Humanos de la EMPRESA NUCLEAR ARGENTINA DE CENTRALES ELECTRICAS SOCIEDAD ANONIMA en liquidación para el ejercicio 2000 adecuado a las modificaciones presupuestarias dispuestas por el artículo 1 de la presente Resolución, de acuerdo con el detalle que figura en las planillas que como ANEXO I forman parte integrante de la presente Resolución.
Art. 6 Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto de Caja y de Recursos Humanos de DICON DIFUSION CONTEMPORANEA SOCIEDAD ANONIMA en liquidación para el ejercicio 2000 adecuado a las modificaciones presupuestarias dispuestas por el artículo 2 de la presente Resolución, de acuerdo con el detalle que figura en las planillas que como ANEXO II forman parte integrante de la presente Resolución.
Art. 7 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. José L. Machinea.
NOTA: ESTA RESOLUCION SE PUBLICA SIN
PLANILLAS ANEXAS. LA DOCUMENTACION NO
PUBLICADA PUEDE SER CONSULTADA EN LA
SEDE CENTRAL DE ESTA DIRECCION NACIONAL SUIPACHA 767, CAPITAL FEDERAL.

Secretaría de Culto
CULTO
Resolución 3307/2000
Apruébase la reglamentación para la inscripción de iglesias o comunidades religiosas en el Registro Nacional de Cultos. Requisitios, formularios e instructivo para la obtención de certificaciones.
Bs. As., 10/11/2000
VISTO la Ley Nº 21.745, los Decretos Nº 2037/79, Nº 20/99, Nº 229/00 y Nº 270/00 y las Resoluciones de la Secretaría de Culto Nº 3509/94, Nº 3510/94 y Nº 167/97, y CONSIDERANDO:

Que es una de las funciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL asegurar la libertad religiosa de las personas, tanto en forma individual o colectiva, pública o privada, con los únicos límites de la moral, las buenas costumbres, el orden público, la seguridad, la salud pública, el bienestar general y los derechos de los demás ciudadanos.
Que la Ley Nº 21.745 impone la inscripción en el Registro Nacional de Cultos de todas las iglesias y comunidades religiosas distintas de la Iglesia Católica Apostólica Romana que actúen en el territorio nacional.
Que dicha obligación debe interpretarse razonablemente a fin de armonizarla con los derechos de la libertad religiosa reconocidos a todos los habitantes, personal y colectivamente, por la CONSTITUCION NACIONAL y los tratados internacionales con jerarquía constitucional.
Que es competencia de este Ministerio a través de la Secretaría de Culto entender en las relaciones con las iglesias y comunidades religiosas distintas de la Iglesia Católica Apostólica Romana.
Que los trámites de inscripción suponen la formación de expedientes en los que se debe cumplir con las normas de procedimiento administrativo vigentes.
Que se debe asegurar la transparencia en la inscripción o denegatoria de las iglesias y comunidades religiosas en el Registro Nacional de Cultos.
Que conforme a las directivas del Decreto Nº 229/00 se debe mejorar la atención al ciudadano que se acerque a la Administración, más aún teniendo en cuenta lo delicado de la materia en cuestión.

Bs. As., 27/10/2000
VISTO el Expediente N 090-005040/2000 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA en
Que obra en el expediente del VISTO, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUES-

Que toda vez que la legislación vigente condiciona al goce de los derechos fundamentales, como son los derivados de la libertad religiosa, a la obtención de un registro previo, es necesario asegurar que ese registro pueda ser concedido en un plazo breve.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 28/11/2000 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha28/11/2000

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones9369

Primera edición02/01/1989

Ultima edición17/06/2024

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