Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 14/2/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 32

14 de febrero de 2024

68

2.- Cuando los obligados tributarios no efectúen el ingreso al tiempo de la presentación de la autoliquidación extemporánea, además de los recargos previstos en el punto 1, se exigirá el recargo de apremio.
ARTÍCULO 16. RÉGIMEN DE NOTIFICACIÓN E INGRESO
1.- Los órganos de gestión tributaria correspondiente han de practicar las liquidaciones de este impuesto, si no procede la autoliquidación, las cuales se han de notificar íntegramente al sujeto pasivo, indicándole los plazos de pago y los recursos procedentes.
2.- Las notificaciones se han de practicar en el domicilio señalado en la declaración. No obstante, la notificación se puede entregar en mano, con carácter general, al mandatario portador de la declaración.
3.- Cuando se practique la liquidación en base a los datos recibidos por el ente gestor, por un medio diferente de la declaración de los obligados tributarios, se notificará a la dirección conocida por la Administración. Cualquier notificación que se haya intentado en el último domicilio declarado por el contribuyente mientras no se haya justificado el cambio, es eficaz en derecho con carácter general.
4.- El ingreso se efectuará en las oficinas municipales o en las entidades bancarias colaboradoras dentro de los plazos establecidos en el Reglamento General de Recaudación.
ARTÍCULO 17. COMPROBACIÓN E INVESTIGACIÓN.
La inspección y comprobación del impuesto se realizarán de acuerdo con lo que se prevé en la Ley 58/2003, General Tributaria y en las disposiciones dictadas para su desarrollo.
Artículo 18. Recaudación La recaudación de este impuesto se realizará de acuerdo con lo previsto el Reglamento General de Recaudación y en las demás Leyes del Estado reguladores de la materia, así como en las disposiciones dictadas para su desarrollo.
INFRACCIONES Y SANCIONES
ARTÍCULO 18. INFRACCIONES Y SANCIONES
1. En todo lo relativo a infracciones tributarias y sanciones se aplicará el régimen establecido en el Título IV de la Ley General Tributaria, en las disposiciones que la complementen y desarrollen.
2. En particular, se considerará infracción tributaria simple, de acuerdo con lo previsto en el art. 198 de la Ley General Tributaria, la no presentación en plazo de la autoliquidación o declaración tributaria, en los casos de no sujeción por razón de inexistencia de incremento de valor.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA. En lo no previsto en la presente Ordenanza, serán de aplicación subsidiariamente lo previsto en el texto refundido de la Ley de Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año, la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y cuantas normas se dicten para su aplicación.
SEGUNDA. Esta Ordenanza entrará en vigor al día siguiente a su publicación y tendrá aplicación desde entonces y seguirá en vigor mientras no se acuerde su modificación o derogación.
En Calanda, El Alcalde.- Fdo.: José Alberto Herrero Bono.

Núm. 2024-0450
GARGALLO
Aprobado definitivamente el Presupuesto General del AYUNTAMIENTO DE GARGALLO para el ejercicio 2024, al no haberse presentado reclamaciones en el período de exposición pública, y comprensivo aquel del Presupuesto General de la Entidad, Bases de Ejecución y Plantilla de Personal, de conformidad con el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por Capítulos.
Estado de Gastos Capítulo Descripción Importe Consolidado 1
GASTOS DE PERSONAL
63.211,33
2 GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS
162.379,35
3 GASTOS FINANCIEROS
0,00
4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
6.225,32
5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS
0,00
6 INVERSIONES REALES
440.848,10
7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
0,00

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 14/2/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha14/02/2024

Nro. de páginas70

Nro. de ediciones5744

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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