Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 8/2/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 28

8 de febrero de 2024

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D. Elisabeth Herrera Lorenzo CONDICIONES GENERALES
Art. 1.- Ámbito de aplicación El presente Convenio colectivo de empresa será de aplicación a las personas trabajadoras de la plantilla. Las personas trabajadoras de mantenimiento afectados por la subrogación producida el día 01/01/2022, mantendrán sus condiciones particulares, con las que venían de la empresa subrogada.
GRUPO PROFESIONAL
CATEGORÍAS INCLUIDAS
GRUPO 1: Personal no cualificado Peón GRUPO 2: Personal no cualificado Especialista A, Especialista B y Especialista C
GRUPO 3: Personal de Oficio Oficial 1, 2 y 3 y Oficial 1 Jefe de Equipo GRUPO 4: Personal Administrativo Oficial Adm. 1 y 2, Auxiliar Técnico Administrativo y Jefe Administrativo GRUPO 5: Personal Técnico Encargado, Delineante de 1 y 2, Adjunto Jefe Planta, Jefe de Taller, Titulado Grado Medio y Titulado Grado Superior Art. 2.- Ámbito temporal El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma y su vigencia se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2026. No obstante, todos los efectos económicos que se derivan del mismo, salvo lo que expresamente pueda determinarse en contrario, se retrotraerán al 1 de enero de 2023.
Art. 3.- Unidad de Convenio El presente Convenio que se aprueba en consideración a la integridad de lo pactado en el conjunto de su texto, formando un todo inseparable. Las condiciones pactadas serán consideradas global e individualmente, pero siempre con referencia a cada persona trabajadora.
Art. 4.- Denuncia y prórroga del Convenio Ambas partes se comprometen a iniciar negociaciones de cara a la firma del próximo Convenio en el primer trimestre de 2027, constituyendo este compromiso una autodenuncia expresa del mismo.
La vigencia del Convenio, tras su denuncia, será la establecida en el artículo 86.3 del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores en su redacción dada por el Real DecretoLey 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
CONDICIONES ECONÓMICAS
Art. 5 Retribuciones y revisión salarial A Incrementos salariales 2023, 2024, 2025 y 2026.
Año 2023 la subida salarial será del 4,5%.
Año 2024 la subida salarial será del 4%.
Año 2025 la subida salarial será del 3,75%.
Año 2026 la subida salarial será del 3%.
Se establece una cláusula de revisión salarial para los tres primeros años, consistente en que en caso de que la variación anual del IPC al finalizar el año natural haya resultado superior al incremento acordado, se aplicara el diferencial entre el IPC y dicho incremento, sin efectos retroactivos, en las tablas del año siguiente.
Las tablas del año 2027 se acordarán en la negociación del siguiente convenio.
Estos incrementos serán aplicados a los conceptos de convenio y no serán compensables o absorbibles por los complementos personales.
La empresa se compromete a poder analizar situaciones específicas de las personas trabajadoras con plus voluntario.
Esta subida afectará a todos los conceptos regulados en las tablas del Convenio y para todas las personas trabajadoras de la plantilla.
B Atrasos 2023
Queda acordado que la revisión salarial atrasos del año 2023, desde el 1 de enero hasta el 31 de Agosto, se pagarán de una sola vez con la nómina de Septiembre.
Se acuerda aplicar los incrementos de las tablas salariales para el año 2023 en la nómina de Septiembre pagos principio de octubre 2023.
C Conceptos salariales A Salario base Desde la firma del Convenio 2015-2018 , todas las personas trabajadoras que venían cobrando el plus de bocadillo, el plus toxico, penoso y peligroso y el plus nuevo, su nuevo salario base del personal a partir de la antigua categoría profesional de Oficial de 3 actual Grupo Profesional 3, pasará a estar integrado por el salario base según categoría y Grupo + el plus toxico, penoso y peligroso + el plus bocadillo + el plus nuevo, siempre que el personal afectado viniera percibiendo dichos conceptos retributivos que, en el futuro dejarán de formar parte de la nómina, pasando a integrarse en el salario base de los trabajadores indicados.
Para los años 2023, 2024, 2025, 2026 las tablas serán anuales, aplicándose los porcentajes pactados para estos años.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 8/2/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha08/02/2024

Nro. de páginas37

Nro. de ediciones5741

Primera edición02/01/2001

Ultima edición10/05/2024

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