Inicio » Diarios y Boletines Oficiales » Teruel » Boletín Oficial de la Provincia de Teruel » 10/08/2020
Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 10/8/2020
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel
BOP TE Número 151
10 de agosto de 2020
45
2020-2327.- Arcos de las Salinas.- Modificación de la Ordenanza Fiscal nº 5, Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
2020-2328.- Arcos de las Salinas.- Modificación de la Ordenanza Fiscal nº 3, Reguladora de la Tasa por Prestación del Servicio de Cementerio.
2020-2352.- Cosa.- Reglamento de Régimen Interno Regulador de los Cotos Municipales de caza con número de matrícula TE-10.022-D y TE-10.100-D.
De conformidad con lo dispuesto en los arts. 169 y 212 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, se hallan expuestos inicialmente al público, por plazo de quince días hábiles en el caso de los presupuestos y modificaciones de créditos y quince días y ocho más para presentar reclamaciones, en el caso de las Cuentas Generales, los siguientes expedientes, para que los interesados puedan examinarlos y presentar las reclamaciones u observaciones que estimen oportunas:
Expediente de Modificación Presupuestaria 2020-2350.-Huesa del Común, nº 3/2020
BOLETÍN
OFICIAL
D E L A P R O V IN C IA D E T E R U E L
Depósito Legal TE-1/1958
Administración:
EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL
Av. Sagunto, 46 1º Izq. 44071 TERUEL
Telf.: 978647401 y fax: 978647449
Correo-e: boletin@dpteruel.es
TARIFAS
Suscripciones:
Trimestral por correo-e:
Anuncios:
Normal Urgente
20,00 €
0,15 €/ por palabra 0,30 €/ por palabra
Cuando se remitan por correo electrónico o soporte informático tendrán una bonificación del 20 %. Así mismo tendrán un recargo del 20 % aquellos que sean presentados en papel y no sean susceptibles de ser leidos por sistema de escaner. No se admitirán anuncios cuya resolución, lectura o transcripción sea dudosa ni fotocopias.
El BOP de Teruel, puede consultarse en la siguiente página web: https 236ws.dpteruel.es/bop