Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 3/8/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 146

3 de agosto de 2020

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DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN

Núm. 2020-2033
DEPARTAMENTO DE VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO, MOVILIDAD Y VIVIENDA
MODIFICACIÓN Nº 6 DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE ANDORRA
El Consejo Provincial de Urbanismo de Teruel, en Sesión celebrada el día 23 de junio de 2020, y en relación a este expediente, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:
PRIMERO.- APROBAR DEFINITIVAMENTE LA MODIFICACIÓN Nº 6 del PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE ANDORRA, por cumplir las exigencias procedimentales, documentales y materiales establecidas en el vigente DecretoLegislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, condicionado a que se aporte la documentación escrita correspondiente a las Normas Urbanísticas en formato digital editable.
Recordar al Ayuntamiento que como consecuencia de la estimación de las alegaciones presentadas durante el trámite de información pública, deberá tramitar un expediente de modificación aislada.
SEGUNDO.- Proceder a la publicación de la Aprobación Definitiva de la modificación de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Quinta del Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de Julio del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón y del contenido normativo pendiente de publicación.
TERCERO.- Notificar el acuerdo al Ayuntamiento de ANDORRA y al equipo redactor, con ofrecimiento de los recursos procedentes, y al redactor para su conocimiento y efectos.
Lo que se hace público en este Boletín Oficial de Aragón, sección de la Provincia de Teruel, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Quinta del Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón se procede a la publicación del contenido normativo de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana, arts. 173 y 207.
Capítulo IV. suelo no urbanizable especial.
Art. 173 S.N.U.E. M. Ecosistemas mediterráneos singulares.
-Ámbito de aplicación.
Se define en planos. Agrupa las superficies con mejor estado de conservación respecto al medio natural, abarcando ecosistemas mediterráneos singulares, encinares o sabinares o terrenos con vegetación arbustiva en evolución hacia ellos. Recoge la delimitación de los mejores hábitats en la Sierra de Arcos, que lindan con el Lugar de Importancia Comunitaria denominado Parque Cultural del Río Martín Directiva 92/43/CEE y que, a su vez, también se han catalogado como Zona de Especial Protección para las Aves denominada Estrechos del Martín Directiva 79/409/CEE; ambos, espacios de la Red Natura 2000 y ocupando superficies en los municipios vecinos a este enclave. También se han delimitado, con base en la ocupación de los hábitats, otros dos enclaves en el Cabezo de Piagordo, asociado a este cerro, y en un mosaico de vales y laderas pobladas de vegetación natural enclavado en el entorno de la Loma de Las Cruzilladas.
-Uso principal.
Uso científico y cultural en suelo no urbanizable.
-Usos compatibles.
Uso agrícola.
Uso forestal.
Uso ganadero extensivo y de actividades agropecuarias excluidas de licencia ambiental de actividades clasificadas.
Usos relacionados con la protección del medio ambiente.
Infraestructuras.
Refugio o caseta agrícola.
Masicos.
Usos vinculados con la explotación de los recursos naturales. Limitado a los terrenos de uso marcadamente agrícola o sin masa forestal y tras informe previo de la administración sectorial medioambiental y a las autorizaciones que legalmente sean procedentes.
-Usos prohibidos.
Todos los demás.
Art. 207 PLAN ESPECIAL INDEPENDIENTE PARA ZONA DE IMPLANTACION GANADERA.
207.1 Ámbito de aplicación Su ámbito de aplicación es el de la superficie delimitada por el Plan Especial Independiente recogida en los planos de ordenación 6.2.
El resto de las remisiones a planos que se realiza pertenecen a los planos incluidos en el Plan Especial Independiente que regula el área ganadera.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 3/8/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha03/08/2020

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones5736

Primera edición02/01/2001

Ultima edición03/05/2024

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