Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 31/7/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 145

31 de julio de 2020

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DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN

Núm. 2020-1929
DEPARTAMENTO DE VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO, MOVILIDAD Y VIVIENDA
MOSTRAR CONFORMIDAD CON EL TEXTO REFUNDIDO DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE FUENTES CLARAS.
El Consejo Provincial de Urbanismo de Teruel, en Sesión celebrada el día 25 de febrero de 2020, y en relación a este expediente, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:
PRIMERO.- MOSTRAR CONFORMIDAD CON EL DOCUMENTO REFUNDIDO del PLAN GENERAL DE
ORDENACIÓN URBANA DE FUENTES CLARAS y ordenar la publicación del Texto íntegro de las Normas Urbanísticas y Ordenanzas en su totalidad de acuerdo con lo dispuesto en el art. 88.5 del Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de Julio, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón.
NORMAS URBANISTICAS
Disposiciones generales Art.128.- Normas de carácter general Objeto y ámbito Las presentes Normas Urbanísticas tienen por objeto regular las condiciones que deberán cumplir las actuaciones urbanísticas de todo tipo, tanto de carácter público como privado, que se proyecten realizar en el término municipal de Fuentes Claras en la provincia de Teruel durante la vigencia de las mismas.
Contenido Se articulan en los siguientes títulos:
Titulo 1 Disposiciones generales Titulo 2 Condiciones generales de los usos Titulo 3 Condiciones generales de la edificación Titulo 4 Condiciones particulares en suelo urbano Titulo 5 Condiciones particulares en suelo no urbanizable Titulo 6 Desarrollo y gestión del plan general Titulo 7 Protección del patrimonio cultural Vigencia Entrarán en vigor, una vez aprobadas definitivamente por la Comisión Provincial de Urbanismo, al día siguiente de publicado el acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia. Tendrán vigencia indefinida, hasta que se den algunos de los supuestos de sustitución o revisión especificados en el artículo siguiente.
Revisión y sustitución 1. Deberán ser revisadas cuando aparezcan usos no previstos según lo indicado en la Ley del Suelo.
2. Cuando cualquier otra circunstancia exigiera la adopción de nuevos criterios sobre la clasificación del suelo, motivada por la elección de un modelo territorial distinto, o por el propio agotamiento de la capacidad del Plan General.
Supletoriedad En todo aquello no consignado, contemplado o dispuesto explícitamente en las Normas Urbanísticas, serán de aplicación las Normas Complementarias y Subsidiarias de Planeamiento Provincial sin perjuicio de la preceptiva observancia y cumplimiento de cuantas disposiciones vigentes sean de aplicación. Texto refundido de la Ley del Suelo y sus reglamentos, Ley de Carreteras, etc.
Inspección urbanística La inspección urbanística se ejercerá por los órganos centrales y locales a que se refiere el título sexto, capítulo I Inspección urbanística de la Ley 3/2009 de Urbanismo de Aragón, en adelante LUAr, dentro de sus respectivas competencias.
El Alcalde ejercerá la inspección de las parcelaciones urbanas, obras e instalaciones del término municipal para comprobar el cumplimiento de las condiciones exigibles.
Infracciones urbanísticas La vulneración de las prescripciones contenidas en la Ley del Suelo y sus Reglamentos, en las regulaciones que desarrollen las presentes Normas Urbanísticas, tendrán la consideración de infracciones urbanísticas y llevarán consigo la imposición de sanciones a los responsables, así como la obligación de resarcimiento de daños e indemnización de los perjuicios a cargo de los mismos, de conformidad con el régimen legal que a estos efectos se regula en el título sexto, capítulo III Régimen sancionador de la LUAr.
Art.129.- Licencias Actos sujetos a la licencia 1.Ninguna clase de actuación urbanística podrá iniciarse sin la previa licencia municipal. La solicitud de dicha licencia se hará mediante instancia al Ayuntamiento acampanada de tres ejemplares del proyecto correspondien-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 31/7/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha31/07/2020

Nro. de páginas66

Nro. de ediciones5737

Primera edición02/01/2001

Ultima edición06/05/2024

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