Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 28/7/2020

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 142

28 de julio de 2020

19

b Declaración de no hallarse incurso en causa alguna de incapacidad o incompatibilidad de conformidad con la Legislación vigente y referida al momento de su toma de posesión.
c Certificación médica acreditativa de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función.
d Los aspirantes aprobados que hicieran valer su condición de personal con discapacidad en la instancia, deberán presentar también la certificación que acredite tal condición, e igualmente deberán presentar certificado acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes, en el plazo señalado en la base anterior.
e Documentación original acreditativa de los méritos aportados en el proceso.
7.3.- Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos expresados, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la Convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en Derecho.
7.4.- Si se tratase de nacionales de Estados miembros de la Unión Europea presentarán, además, la documentación exigida por la Ley 7/2007.
7.5.- Quienes dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor no presentaran la documentación, no podrán ser nombrados o contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.
7.6.- Cumplidos los requisitos procedentes, la Presidencia de la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos acordará la contratación de los aspirantes propuestos. El trabajador quedará sometido al régimen de incompatibilidades vigente. La categoría profesional y, en consecuencia, el salario, se determinarán en función del título aportado. A
estos efectos, el título de Técnico Deportivo Superior, título federativo de Entrenador nacional o maestría dentro de una titulación universitaria equivaldrán a Formación Profesional de Grado Superior; el título de Técnico Deportivo medio segundo nivel o título federativo de Entrenador regional equivaldrán a Formación Profesional de Grado Medio; y el Certificado oficial de haber superado el Ciclo inicial del grado medio de Técnico Deportivo primer nivel o título federativo de monitor equivaldrán a título de Enseñanza Secundaria Obligatoria.
8. Igualdad.
Estas bases respetan la vigente normativa sobre igualdad y no discriminan a los candidatos ni a los miembros del tribunal por su género. Todas las referencias efectuadas en género gramatical masculino, de conformidad con las normas gramaticales de la lengua española, deben ser interpretadas como referidas por igual a hombres y mujeres.
9. Plazos.
Se recuerda a todos los interesados que durante la vigencia del Estado de alarma los plazos administrativos están suspendidos. Ello no impide que los interesados presenten sus instancias a través de la Sede electrónica de la Comarca o por Correo. La presentación presencial no será posible mientras la sede de la Comarca permanezca cerrada al público por razones sanitarias relacionadas con la epidemia de covid 19.
10.- Norma final.
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de la misma podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación. Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Presidencia de la Comarca en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación.
Andorra, a xx de junio de 2020.- Presidente, Marta Sancho Blasco.
ANEXO I
MODELO DE SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE
TRABAJO DEL PUESTO DE TÉCNICO DEPORTIVO DE LA COMARCA DE ANDORRA-SIERRA DE ARCOS.
D./D. con DNI
y lugar a efectos de comunicaciones y notificaciones en..de la localidad provincia C.P y teléfono..
e-mail:
EXPONGO:
Que deseo ser admitido/a en el proceso de selección para la creación de una bolsa de trabajo del Puesto de Técnico/a Deportivo/a de la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos en la especialidad de , conforme consta en el encabezamiento y cuya convocatoria ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel de xxxxxxxx de xxxxxxxxxxxxxxxxx de 2020.
Declaro que:
-No padezco enfermedad o limitación física o psíquica que impida el normal desempeño de las correspondientes tareas.
-No he sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de la Administración del Estado, Autonómica o Local, ni me hallo inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.
- No estoy incurso en causa vigente de incapacidad ni de incompatibilidad.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 28/7/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha28/07/2020

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones5745

Primera edición02/01/2001

Ultima edición06/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Julio 2020>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031