Inicio » Diarios y Boletines Oficiales » Teruel » Boletín Oficial de la Provincia de Teruel » 02/07/2020
Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 2/7/2020
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel
BOP TE Número 125
2 de julio de 2020
3
web del máster y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. Si el último día del referido plazo coincidiera con día inhábil, se entenderá prorrogado al siguiente hábil.
En Teruel a 29 de junio de 2020.- La Alcaldesa, Emma Buj Sánchez.
Núm. 2020-1890
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALCAÑIZ
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario fecha 2 de junio de 2020, de aprobación provisional del Expediente de Modificación de créditos número 7/2020 sobre suplemento de crédito financiado con Remanente de Tesorería que se hace público resumido por capítulos:
GASTOS:
PROGRAMA ECONOMICA IMPORTE
132
22700
4.043,70 €
1531
21901
2.868,67 €
1531
61902
90.579,99 €
160
22501
34,32 €
1621
20400
5.744,15 €
163
21400
201,10 €
164
22799
1.103,39 €
165
22100
27.997,12 €
171
22709
1.976,09 €
171
61900
1.400,43 €
221
16008
654,65 €
231
20201
5.606,16 €
321
22700
21.056,74 €
323
22111
47,00 €
334
22700
16.968,18 €
337
22100
113,31 €
3380
22105
2.491,57 €
342
22100
7.435,85 €
342
62200
60.331,81 €
432
22700
1.905,52 €
912
22601
1.225,00 €
920
22700
31.392,71 €
920
68205
8.633,95 €
293.811,41 €
INGRESOS:
APLICACIÓN IMPORTE
87000
293.811,41 €
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25