Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 10/6/2020

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 109

10 de junio de 2020

2

ADMINISTRACIÓN LOCAL

Núm. 2020-1556
EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL
CONSTANCIA DE LOS NUEVOS PLAZOS DE EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LAS ACTUACIONES FINANCIADAS CON CARGO AL PLAN DE SUBVENCIONES FINANCIERAMENTE SOSTENIBLES 2019.
Visto lo dispuesto en el RD 463/2020, disposición adicional tercera, en la que se acordó la suspensión de términos y plazos administrativos, mientras estuviese declarado el estado de alarma.
Conforme al artículo 9 del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma, se ha acordado el levantamiento de la suspensión de los indicados plazos y términos a partir del 01 de junio de 2020.
Considerando que los plazos de han estado interrumpidos durante 79 días naturales desde el día 14 de marzo de 2020 hasta el día 31 de mayo de 2020, ambos incluidos, 18 días de marzo, 30 días de abril, 31 días de mayo, y que los mismos se han ampliado por el mismo plazo de 79 días naturales c Visto el informe de la Secretaría de la Corporación, en el que estima conveniente para la seguridad jurídica del procedimiento hacer constar los nuevos plazos de ejecución y justificación de las subvenciones, conforme a la ampliación que deriva de las disposiciones mencionadas, Visto el informe de fiscalización favorable emitido por la intervención, n.º 2020-455 de fecha 01 de junio de 2020
La Presidencia de la Excma. Diputación Provincial de Teruel, de conformidad con lo previsto en el artículo 34.1 i de la Ley 7/1985. de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 34.3 del Decretoley 1/2020, de 25 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto generado por el COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Aragón y artículo 7. 1 del Decreto-ley 2/2020, de 28 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto generado por el COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Aragón. RESUELVE:
Primero.- Dejar constancia de los nuevos plazos de ejecución y justificación de las actuaciones financiadas con cargo al programa Inversiones Financieramente Sostenibles año 2020 y que son los siguientes:
- el plazo de Ejecución se prolonga hasta el 18 de septiembre de 2020, incluido - el plazo de Justificación se prolonga hasta el día 19 de octubre de 2020, incluido.
Segundo.- Publicar esta resolución en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel.
Tercero.- Dar traslado des esta resolución a los Servicios de Planes Provinciales para su conocimiento y efectos.
Así lo manda y firma el Sr. Presidente de la Diputación Provincial, en Teruel, a fecha de firma electrónica, señalando que la suscripción de la presente Resolución por parte del Secretario General Accidental, se realiza, exclusivamente, a los efectos de garantizar la autenticidad e integridad de la misma.

Núm. 2020-1451
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TERUEL
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 29 de mayo de 2020, aprobó el Expediente núm. 3/2020 de Modificación de Créditos al vigente Presupuesto General Expte. 1261/2020/TE, por importe total de 730.000,00
EUROS SETECIENTOS TREINTA MIL EUROS, en la modalidad de CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS Y SUPLEMENTOS DE CRÉDITO FINANCIADOS MEDIANTE BAJAS POR ANULACIÓN, el cual queda expuesto al público en la Intervención Municipal, por QUINCE DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno.
Conforme a lo dispuesto en los arts. 169 y 171.1, en relación con el 177 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, si transcurrido el plazo de exposición no se presentan reclamaciones, la aprobación inicial tendrá carácter definitivo y contra la misma podrá formularse directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en la Ley reguladora de dicha jurisdicción.
Teruel, a 29 de mayo de 2020.- LA CONCEJALA-DELEGADA DEL ÁREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA, Fdo.- Rocío Féliz de Vargas Pérez.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 10/6/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha10/06/2020

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones5732

Primera edición02/01/2001

Ultima edición26/04/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Junio 2020>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930