Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 8/6/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 107

8 de junio de 2020

2

SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN TERUEL

Núm. 2020-1404
DEPENDENCIA DEL ÁREA DE INDUSTRIA Y ENERGÍA
ANUNCIO de la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Teruel por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y el reconocimiento de la utilidad pública del proyecto de instalaciones Plan para la mejora de la seguridad de las comunicaciones en la red básica de gasoductos R.B.G.. Gasoducto Tivissa-Zaragoza BVV: tramo pos. 20 Castelnou pos. 23 Mediana. Provincias de Zaragoza y de Teruel. Provincia de Teruel.
A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de 7 de Octubre, del sector de Hidrocarburos, en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, en relación con los artículos 17
de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y 56 de su Reglamento Decreto de 26 de abril de 1957, y a los efectos previstos en la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, se somete a información pública la solicitud señalada, que se detalla a continuación:
Peticionario: ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U., con domicilio a efectos de notificaciones en Pº de los Olmos, nº 19 28005 Madrid y C.I.F. A-86484334
Objeto de la petición: autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y el reconocimiento de la utilidad pública del proyecto de instalaciones Plan para la mejora de la seguridad de las comunicaciones en la red básica de gasoductos R.B.G.. Gasoducto Tivissa-Zaragoza BVV: tramo pos. 20 Castelnou
pos. 23 Mediana. Provincias de Zaragoza y de Teruel.
Descripción de las instalaciones: Tendido de nuevo cable de comunicaciones en el tramo comprendido entre la posición 20, localizada en el PK. 249,252 del referido Gasoducto en el Término Municipal de Castelnou provincia de Teruel y la posición 23, localizada en el PK. 296,750 del referido Gasoducto, en el Término Municipal de Zaragoza provincia de Zaragoza. El proyecto consistirá en la construcción de las instalaciones necesarias para el tendido de una red de fibra óptica paralela al Gasoducto BVV en el tramo comprendido entre las posiciones 20 y 23 como elemento auxiliar de éste al objeto de dotar de mayor seguridad al mismo. La conducción se situará, por lo general, en paralelo del eje del gasoducto BVV, a distancia mínima de 1 metro del eje del gasoducto dentro de la zona de servidumbre del gasoducto, a excepción de aquellos puntos en los que, por imposibilidad física, deba separarse y abandonar la zona de servidumbre cruces especiales u otros puntos singulares del trazado. La profundidad de la conducción a lo largo de la trayectoria será aproximadamente de 1 m salvo en los cruces especiales donde la profundidad será mayor según la técnica y condiciones de ejecución en cada caso.
La longitud total del nuevo cable de comunicaciones es de 47.472 m, de los cuales 25.794 pertenecen a la provincia de Teruel.
Presupuesto: El presupuesto asciende a la cantidad de a la cantidad de: QUINIENTOS SETENTA Y
CUATRO MIL SETECIENTOS DIECINUEVE EUROS CON SETENTA Y OCHO CÉNTIMOS 574.719,78 €" en la provincia de Teruel.
El proyecto incluye planos parcelarios y la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados.
Afección a fincas de propiedad privada derivada de la ejecución del proyecto. Se concreta en la siguiente forma:
I.
SERVIDUMBRES DE PASO.
El nuevo cable discurrirá dentro de la servidumbre permanente de paso existente, excepto cuando, por razones técnicas, de seguridad o administrativas, no sea posible, en cuyo caso se constituirá una nueva servidumbre permanente de paso que configurará una única instalación con el gasoducto existente.
Esta nueva servidumbre permanente de paso, de 4 metros de ancho, estará sujeta a las siguientes limitaciones de dominio:
1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta centímetros 50 cm, así como la plantación de árboles o arbustos de tallo alto, a una distancia inferior a dos metros 2 m contados a partir del eje de la canalización.
2. Prohibición de la realización de cualquier tipo de obra, construcción, edificación; o de efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones en la zona de servidumbre.
3. Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las instalaciones con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.
II. OCUPACIÓN TEMPORAL.
La ocupación temporal se aplicará sobre los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, cubriendo la franja que se refleje para cada finca en los planos parcelarios de expropiación. El criterio general en este proyecto es que la superficie de ocupación temporal coincidirá con la servidumbre de paso de 4 m. de ancho. En esta

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 8/6/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha08/06/2020

Nro. de páginas25

Nro. de ediciones5736

Primera edición02/01/2001

Ultima edición03/05/2024

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