Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 8/5/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 86

8 de mayo de 2020

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da de facturas de la Administración General del Estado, facultando tan ampliamente como sea preciso en derecho a la Presidencia de la Corporación, dando cuenta al Pleno Provincial de las modificaciones introducidas. Solicitando en su caso la ratificación de lo actuado.
Visto que se han realizado las tareas técnicas oportunas de comprobación del funcionamiento del mencionado Registro de Facturas, y su integración desde FACe con la plataforma de Administración electrónica y la aplicación contable de la Diputación Provincial de Teruel.
Visto que a tal efecto se han mantenido reuniones con los Servicios de la Diputación Provincial de Teruel y sus OO. AA. para explicar el funcionamiento del mismo, así como a dar instrucciones oportunas para que sean del general conocimiento de los proveedores de la Diputación Provincial y sus OO. AA. para que sepan que han de presentar sus facturas por ese punto general de entrada de facturas, dando cumplimiento a nuestra normativa interna establecida en las Bases de Ejecución del Presupuesto de 2020.
Visto que se hace necesario desarrollar e impulsar la activación del nuevo punto general de entrada de facturas electrónicas del OO. AA. Instituto de Estudios Turolenses que tendrá lugar el día 7 de mayo de 2020.
Visto que la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público establece la obligación, para cada uno de los sujetos incluidos en su ámbito de aplicación, de disponer de un registro contable de facturas que facilite su seguimiento y gestión.
Visto que la Ley indicada ha sido desarrollada por la Orden HAP/492/2014, de 27 de marzo, por la que se regulan los requisitos funcionales y técnicos del registro contable de facturas, y que la adaptación de nuestro punto general de entrada de facturas a realizar a través de FACe, es coherente con la estrategia de administración electrónica de la Diputación Provincial de Teruel y sus OO. AA., ya que es voluntad de la institución la adhesión a cuantos portales y herramientas pongan a nuestra disposición la Administración General del Estado y el Gobierno de Aragón.
Visto el informe de Secretaría General.
Vistos los acuerdos del Pleno Provincial antes relacionados.
Esta Presidencia ha resuelto:
Primero.- Realizar todas las tareas necesarias para la adecuación de la plataforma FACe como punto General de Entrada de Facturas del OO. AA. Instituto de Estudios Turolenses, a efectos de identificar el Órgano Gestor, la Oficina Contable y las Unidades Tramitadoras, cuyo Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas DIR3, establecidos en la Web del mencionado OO. AA.
Segundo.- El registro contable de facturas al que se refiere la Ley 25/2013 será el incluido en el sistema contable municipal.
Tercero.- Será obligatorio el uso de la factura electrónica, independientemente de su importe, y su presentación a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas FACe, para los proveedores que recoge el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y de conformidad con lo establecido en la Base 32 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de 2019.
Cuarto.- Las facturas expedidas a nombre del Instituto de Estudios Turolenses deberán contener los datos que resultan obligatorios por aplicación del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
A partir del día 7 de mayo de 2020, todas las facturas emitidas por los proveedores se realizarán a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas FACe, y deberán incluir el código de los órganos competentes en la tramitación de la factura y el órgano o unidad administrativa que tenga atribuida la función de contabilidad, codificado conforme el directorio DIR3, puesto a disposición de los proveedores.
Quinto.- Se facilitará a los proveedores la información necesaria y se pondrá a su disposición por el Instituto de Estudios Turolenses, que será accesible tanto desde el propio portal institucional www.ieturolenses.org, como desde su sede electrónica https ieturolenses.sedelectronica.es, iniciando a su vez los correspondientes trámites de aviso, en relación con la obligación de presentar facturas a través de FACe, a partir del día 7 de mayo de 2020.
Sexto.- Notificar este Decreto a los responsables de las unidades administrativas provinciales y ordenar la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de edictos Provincial.

EXPOSICIÓN DE DOCUMENTOS
ORDENANZAS FISCALES Y REGLAMENTOS
De conformidad con lo preceptuado en el art. 17.2 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004. Ordenanzas Generales y Reglamentos, quedan expuestos al público en los tablones de anuncios y oficinas de los Ayuntamientos por plazo de treinta días y para que los interesados puedan formular las reclamaciones oportunas, los siguientes expedientes y Ordenanzas, aprobados inicialmente por los Plenos de las respectivas Corporaciones:

2020-1152.- Fonfria.- Ordenanza Municipal Reguladora de la Administración Electrónica.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 8/5/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha08/05/2020

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones5744

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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