Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 27/3/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 61

27 de marzo de 2020

3

Núm. 2020-0895
PLOU
Aprobado por Decreto de Alcaldía n.º 4/2020, de fecha 17 de marzo de 2020, el padrón fiscal correspondiente al Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica correspondiente al ejercicio 2020, queda expuesto al público en la Secretaría Municipal por plazo de quince días hábiles a partir del siguiente a su publicación en el B.O.P.Teruel., y en el Tablón de Anuncios municipal, a efectos de notificación colectiva y de que las personas interesadas puedan examinarlo y presentar las alegaciones que estimen oportunas.
PLAZO DE INGRESO: El plazo para el pago en voluntaria será de dos meses, quedando fijado para el presente periodo de devengo desde el día 15 de mayo de 2020 hasta el día 15 de julio de 2020, ambos inclusive LUGAR Y FORMA DE PAGO: Los recibos domiciliados serán cargados directamente en las cuentas bancarias señaladas por los contribuyentes. Los recibos no domiciliados podrán ser pagados en la entidad financiera IberCaja, sitas en cualquier lugar.
PROCEDIMIENTO DE APREMIO; Transcurrido el período voluntario de cobranza sin que se haya hecho efectivo el pago se incurrirá en los recargos establecidos en el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y vencido el plazo de ingreso en vía de apremio se exigirá un recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada, más los intereses de demora.
RÉGIMEN DE RECURSOS: Contra la aplicación y efectividad de los datos que aparecen en los padrones podrá interponerse recurso de reposición ante El Alcalde, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la finalización del periodo de exposición pública del padrón. El citado recuso se entenderá desestimado si transcurre un mes desde su interposición sin que se notifique su resolución. El plazo para interponer, en su caso, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Teruel, será de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición. Si no la hubiera, el plazo será de seis meses contados desde el día siguiente en que el recurso de reposición deba entenderse desestimado por silencio administrativo.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Plou, a 17 de marzo de 2020.- El Alcalde, D. Eduardo Aguilar Plou.

Núm. 2020-0899
CELLA
APROBACION INICIAL DEL PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO
DE CELLA, 2020-2023, Y BASES DE CONVOCATORIA.
El Pleno del Ayuntamiento de Cella, en sesión ordinaria celebrada el día16 de marzo de 2020, acordó aprobar inicialmente el Plan Estratégico de Subvenciones, para los ejercicios 2020-2023, cuya redacción se inserta a continuación, concediéndose un plazo de quince días hábiles, a contar desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que puedan formularse reclamaciones, reparos u observaciones.
El indicado Plan Estratégico tiene la consideración de Programa Plurianual de Ayudas y Subvenciones Públicas a que se refiere el artículo 18.1 b de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.
Asimismo, el Plan integra las bases reguladoras de las distintas subvenciones, conforme a lo previsto en el artículo 11 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.
Transcurrido dicho plazo, en el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo, hasta entonces provisional, procediéndose a publicar anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de dicha aprobación definitiva.
Cella, a 17 de marzo de 2020.- El Alcalde, Juan Sánchez Hernández.
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE CELLA PARA EL PERIODO 20202023, Y BASES DE CONVOCATORIA.
Conforme señala el preámbulo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones la Ley establece igualmente la necesidad de elaborar un plan estratégico de subvenciones, que introduzca una conexión entre los objetivos y efectos que se pretenden conseguir, con los costes previsibles y sus fuentes de financiación, con el objeto de adecuar las necesidades públicas a cubrir a través de las subvenciones con las previsiones de recursos disponibles, con carácter previo a su nacimiento y de forma plurianual.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 27/3/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha27/03/2020

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones5736

Primera edición02/01/2001

Ultima edición03/05/2024

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