Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 23/3/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 57

23 de marzo de 2020

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La DSU será inmediatamente ejecutiva desde la publicación de su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia, como también del texto íntegro de las ordenanzas que contiene y, en los supuestos previstos en la TRLUA-14, del documento refundido.
Edificios fuera de ordenación Los edificios e instalaciones erigidos con anterioridad a la aprobación definitiva de la DSU que resultaren disconformes con la misma por afectar a alineaciones, viales, zonas verdes o espacios libres, contener usos incompatibles u otras razones análogas o estar prevista su expropiación, serán calificados como fuera de ordenación.
Salvo que en la DSU se dispusiera otro régimen, no podrán realizarse en ellos obras de consolidación, aumento de volumen, modernización e incremento de su valor de expropiación, pero sí las pequeñas reparaciones que exigieren la higiene, el ornato y la conservación del inmueble.
Sin embargo, podrán autorizarse obras parciales y circunstanciales de consolidación cuando no estuviere prevista la expropiación o demolición de la finca en el plazo de quince 15 años, a contar desde la fecha en que se pretendiere realizarlas.
Quedan excluidos de la calificación de fuera de ordenación las disconformidades con retranqueos de los edificios existentes y con las alturas de la edificación regulados, pudiéndose llevar a cabo en ellos obras de reforma y rehabilitación.
Publicidad Los documentos que integran la DSU serán públicos. Cualquier persona podrá, en todo momento, consultarlos e informarse de los mismos en el Ayuntamiento.
Art. 132.- Marco jurídico urbanístico de la DSU
Legislación Urbanística Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que BOE 31-oct-2015
se aprueba el texto refundido de la ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
Decreto-Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de AraBOA 18-jul-2014
gón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón.
Ley 3/2012, de 8 de marzo, de Medidas Fiscales y AdministraBOA 19-mar-2012
tivas de la Comunidad Autónoma de Aragón Decreto Ley 2/2007, de 4 de diciembre, por el que se estableBOA 7-dic-2007
cen Medidas Urgentes para la adaptación del ordenamiento urbanístico a la Ley 8/2007, de suelo, garantías de sostenibilidad del planeamiento urbanístico e impulso a las políticas activas de vivienda y suelo en la Comunidad Autónoma de Aragón Decreto 52/2002, de 19 de febrero del Gobierno de Aragón por BOA 06-mar-2002
el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 5/99, de 25 de marzo, urbanística, en materia de organización planeamiento urbanístico y régimen especial de pequeños municipios, en lo que no se oponga a la Ley 3/2009, de Urbanismo de Aragón, y en lo no derogado expresamente por la Ley 4/2013 de modificación de la Ley 3/2009, de Urbanismo de Aragón.
Normas Subsidiarias y Complementarias de Planeamiento BOA 4-jul-1991
Municipal de la Provincia de Teruel en adelante NSP.
Legislación Sectorial I. CALIDAD AMBIENTAL
1.Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los Títulos Preliminar, I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas.
2.Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.
3.Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.
4.Decreto 38/2004, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de los vertidos de aguas residuales a las redes municipales de alcantarillado.
5.Ley 10/2005, de 11 de noviembre, de vías pecuarias de Aragón.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 23/3/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha23/03/2020

Nro. de páginas68

Nro. de ediciones5741

Primera edición02/01/2001

Ultima edición10/05/2024

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