Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 9/3/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 47

9 de marzo de 2020

3

Núm. 2020-0733
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TERUEL
La Junta de Gobierno, con fecha 17 de febrero de 2020, ha dictado Acuerdo de corrección de error material contenido en el Decreto n.º 3.446/2019, de fecha 27 de diciembre de 2019, relativo a la resolución de la Convocatoria pública para la concesión de subvenciones dirigidas a unidades familiares en cuyo ámbito existan una o más personas celíacas o con intolerancia al gluten para el ejercicio 2019, Expte. 1481/2019, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación en su tenor literal:
Primero.- Proceder a corregir el error material cometido en el Decreto n.º 3.446/2019, de fecha 27 de diciembre de 2020 y, en consecuencia, modificar el citado acuerdo de la siguiente manera:
Nº N.º EXP
INGRESOS UNIDAD FAMILIAR
Cuantía ayudas . .
..
..
22 2000/2019
29322,17
900,00
..

33 2057/2019
31271,78
600,00
.
..
56 2139/2019
17002,43
428,27
..
Segundo.- Corregir, asimismo y como consecuencia de la variación en las cuantías otorgadas, el sobrante definitivo a liberar que es de 2.271,73 euros, en lugar de 2.632,66 euros.
Tercero.- Dar publicidad del presente acuerdo conforme a la normativa de subvenciones y de transparencia y, en particular, publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, sección del Boletín oficial de Aragón, Tablón de Anuncios Municipal y en la página web del Ayuntamiento Portal de Transparencia, con omisión de los datos personales identificativos, dada la naturaleza de los mismos, en aplicación del RGPD.
Cuarto.- Notificar asimismo este acuerdo a los interesados afectados, con indicación de los recursos procedentes.
Quinto.- Dar traslado a la Tesorería Municipal e Intervención Municipal, a los efectos procedentes.
Lo que se publica para general conocimiento.
Teruel, a 3 de marzo de 2020.- La Directora de Servicios Sociales Por Delegación del Secretario General, Alicia Martín Sánchez.

Núm. 2020-0588
CASTELNOU
Visto que corresponde a los Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde.
Visto que durante la ausencia por Baja de Alcalde por enfermedad, Alcalde se encontrará ausente del Municipio, no pudiendo realizar ninguna de sus funciones.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, RESUELVO
PRIMERO. Delegar en el concejal D Tomas Herrera Mariscal, Teniente Alcalde, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, a partir del 10 de diciembre de 2019 y hasta la fecha de alta médica del Alcalde SEGUNDO. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 9/3/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha09/03/2020

Nro. de páginas25

Nro. de ediciones5736

Primera edición02/01/2001

Ultima edición03/05/2024

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