Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 17/10/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 199

17 de octubre de 2019

83

miento Urbanístico de los municipios pertenecientes a la Mancomunidad del Altiplano de Teruel. En su título VII
se establecen las condiciones particulares en suelo no urbanizable.
Dichas Normas establecen entre los usos permitidos, según el artículo 7.1.1.6, los usos de interés público o social que comprenden entre otros los usos de equipamiento y los de servicios públicos e infraestructuras urbanas que requieran emplazarse en esta clase de suelo.
El artículo 7.1.1.7 establece las siguientes condiciones generales de la edificación:
Retranqueos de 10 m a los linderos de parcela.
Altura máxima a cornisa: 3 plantas y 10,5 m.
Además, según el artículo 7.1.2.3, se deberá acompañar a la solicitud de autorización especial ante el Ayuntamiento un Análisis de Impacto de la actividad en el paisaje y en el medio rural o natural.
2º El Plan General de Ordenación Urbana de Mezquita de Jarque, clasifica el suelo por donde discurre la Línea como suelo no urbanizable genérico y suelo no urbanizable especial por atravesar una zona de protección de cauces.
Dicho PGOU, establece con carácter general, conforme al artículo 169.1, que en el suelo no urbanizable podrán realizarse con carácter general construcciones e instalaciones que respondan a los siguientes usos: d Construcciones e instalaciones que quepa considerar de utilidad pública o interés social y hayas de emplazarse en el medio rural.
En cuanto a la protección de cauce, el artículo 178 establece que: La ejecución de cualquier actuación prevista en la zona de policía queda supeditada a la obtención de la correspondiente autorización administrativa por parte del Organismo de cuenca 3º Ley 8/1998, de 17 de diciembre, de Carreteras de Aragón, ya que la línea cruza la Carretera TE-V-1016, en el término municipal de Rillo. Debiendo informar la Administración que sea titular de la vía.
4º Real Decreto 638/2016, de 9 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, el Reglamento de Planificación Hidrológica, aprobado por el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, y otros reglamentos en materia de gestión de riesgos de inundación, caudales ecológicos, reservas hidrológicas y vertidos de aguas residuales, en el que se regulan las zonas de policía y las zonas de servidumbre. Se indica en el artículo 9 que en la zona de policía de 100 metros de anchura medidos horizontalmente a partir del cauce, la ejecución de cualquier obra o trabajo precisará autorización administrativa previa del Organismo de Cuenca.
TERCERO.- A la vista de todo lo anteriormente expuesto procede realizar la siguiente valoración:
Urbanísticamente, la actuación podría considerarse de utilidad pública e interés social, siendo un uso que se permite de acuerdo a las Normas Urbanísticas que se incluyen en el Programa de Coordinación del Planeamiento Urbanístico de los municipios pertenecientes a la Mancomunidad del Altiplano de Teruel, de aplicación en los municipios de Rillo, Pancrudo y Cañada Vellida.
Igualmente, el Plan General de Mezquita de Jarque permite el uso conforme al artículo 169.1 d Construcciones e instalaciones que quepa considerar de utilidad pública o interés social y hayan de emplazarse en el medio rural, sin perjuicio de obtener los informes de:
El Gabinete de Vías y Obras de la Diputación Provincial de Teruel, conforme a la Ley 8/1998, de 17 de diciembre, de Carreteras de Aragón, por cruzar la Línea la carretera TE-V-1016.
La Unidad de Carreteras del Ministerio de Fomento por cruzar la Línea la carretera N-420 en el término de Cañada Vellida.
Autorización de la Confederación Hidrográfica del Ebro por atravesar la Línea el Barranco del Cubo, Barranco del Villarejo y Barranco de Cañada Honda, en el término municipal de Rillo, conforme al Real Decreto 849/86, de 11 de abril, por el que se aprueba el reglamento del dominio público hidráulico, así como por cruzar el Arroyo de la Cañada Cerril en el término municipal de Mezquita de Jarque, según el artículo 178 del Plan General Municipal.
Vista la PROPUESTA de La Ponencia Técnica EL CONSEJO PROVINCIAL DE URBANISMO de Teruel ACORDÓ:
PRIMERO.- Informar FAVORABLEMENTE DE PARQUE EÓLICO SAN DARVE 6 MW Y LINEA SUBTERRANEA 30 KV DE EVACUACIÓN HASTA AMPLIACIÓN SET SIERRA COSTERA EN LOS TÉRMINOS MUNICIPALES DE CAÑADA VELLIDA, MEZQUITA DE JARQUE, PANCRUDO Y RILLO.- PROMOTOR: ENERGÍA EÓLICA
PENINSULAR, S.L., condicionado a la obtención de los siguientes informes:
El Gabinete de Vías y Obras de la Diputación Provincial de Teruel, conforme a la Ley 8/1998, de 17 de diciembre, de Carreteras de Aragón, por cruzar la Línea la carretera TE-V-1016.
La Unidad de Carreteras del Ministerio de Fomento por cruzar la Línea la carretera N-420 en el término de Cañada Vellida.
Autorización de la Confederación Hidrográfica del Ebro por atravesar la Línea el Barranco del Cubo, Barranco del Villarejo y Barranco de Cañada Honda, en el término municipal de Rillo, conforme al Real Decreto 849/86, de 11 de abril, por el que se aprueba el reglamento del dominio público hidráulico, así como por cruzar el Arroyo de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 17/10/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha17/10/2019

Nro. de páginas84

Nro. de ediciones5744

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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