Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 27/9/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 185

27 de septiembre de 2019

3

Las delegaciones genéricas se referirán a una o varias áreas o materias determinadas, y podrán abarcar tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
Asimismo el Presidente podrá efectuar delegaciones especiales en cualquier Diputado para la dirección y gestión de asuntos determinados incluidos en las citadas áreas. En este caso, el Diputado de una delegación genérica, tendrá la facultad de supervisar la actuación de los Diputados con delegaciones especiales para cometidos específicos incluidos en su área.
Las delegaciones especiales podrán ser de dos tipos:
a Relativas a un proyecto o asunto determinado. En Este caso la eficacia de la delegación, que podrán contener todas las facultades delegables del Presidente, incluida la de emitir actos que afecten a terceros, se limitará al tiempo de gestión o ejecución del proyecto.
b Relativas a un determinado proyecto. En este caso la delegación comprenderá la dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes pero no podrá incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
Todas las delegaciones a que se refiere el artículo 63 serán realizadas mediante Decreto del Presidente que contendrá el ámbito de los asuntos a que se refiere la delegación, las facultades que se deleguen, así como las condiciones específicas del ejercicio de las mismas, en la medida en que se concreten o aparten del régimen general previsto en este Reglamento.
La delegación de atribuciones del Presidente surtirá efecto desde el día siguiente al de la fecha del Decreto, salvo que en ellas se disponga otra cosa, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Las normas de los apartados anteriores serán aplicables a cualquier modificación posterior de las delegaciones.
De todas las delegaciones y de sus modificaciones se dará cuenta al Pleno en la Primera sesión que éste celebre con posterioridad a las mismas.
En virtud de todo lo expuesto, esta Presidencia, en uso de las facultades que me confiere el artículo 34.1.f de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el artículo 64.3 de la Ley 7/1999, de 9
de abril, de Administración Local de Aragón, el artículo 61, apartados 14 y 15, del Real Decreto 2568/1986, de 28
de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, así como el artículo 186 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de marzo, y artículo 62 del R.D. 500/1990 de 20 de abril, ha resuelto hacer las siguientes delegaciones:
1 DELEGACIÓN DEL ÁREA DE COOPERACIÓN: D. Alfonso Pérez Ornaque 1-1, Delegado del Servicio de Planes Provinciales, D. Alfonso Pérez Ornaque 1-2, Delegado del Servicio de Extinción de Incendios y Protección Civil, D. Julio Esteban Igual 1-3, Delegado del Servicio de SASTESA, D. Alberto Izquierdo Vicente.
1-4, Delegado del Servicio de Asistencia a Municipios, D. Alfonso Pérez Ornaque 1-5 Delegado del Servicio de Nuevas Tecnologías, Administración Electrónica, Informática y Comunicaciones, D. Antonio Amador Cueto.
2 DELEGACIÓN DEL ÁREA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, D. Antonio Pérez Gracia.
2-1 Delegado del Servicio de ayudas y convenios a la agricultura y ganadería, D. Antonio Pérez Gracia.
2-2 Delegado de Servicios Agropecuarios D. Antonio Pérez Gracia.
3 DELEGACIÓN DEL ÁREA DE CULTURA, TURISMO Y BIENESTAR SOCIAL E IGUALDAD, D. Diego Piñeiro Monleon.
3-1 Delegado del Servicio de ayudas culturales y deportivas. D. Diego Piñeiro Monleon.
3-2 Delegado del Servicio de Bibliotecas y Museos, D. Diego Piñeiro Monleon.
3-3 Delegado del Servicio de Juventud y Deportes. Cooperación ONGs, asociaciones e igualdad. D. Susana Traver Piquer 3-4 Delegado del Servicios a la tercera edad, termalismo y teleasistencia. D. Rosario Pascual Gimenez.
3-5 Delegado de los Servicios de Ferias e Instituciones Feriales y Turismo. D. Diego Piñeiro Monleon.
4 DELEGACIÓN DEL ÁREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. FUNCIÓN PÚBLICA Y RÉGIMEN INTERIOR, D
Susana Traver Piquer 4-1 Delegado del Servicio de Recaudación. D. Miguel Iranzo Hernandez 4-2 Delegado del Servicio de Personal. D. Antonio Amador Cueto 4-3 Delegado de Economía y Hacienda: D. Susana Traver Piquer 5 DELEGACIÓN DEL ÁREA DE INFRAESTRUCTURAS, D. Alberto Izquierdo Vicente 5-1 Delegado del Servicio de Vías y Obras, Parque de Maquinaria, Gabinete Técnico y Gabinete Geológico, D. Alberto Izquierdo Vicente.
5-2 Delegado del Servicio de Caminos Rurales, D. José Sancho Marzo 5-3 Laboratorio del Medio Ambiente de Andorra, D. Antonio Amador Cueto 5-4 Delegado del Servicio de la Colonia Polster. D. Alberto Izquierdo Vicente 6 ÁREA DE DESARROLLO TERRITORIAL, D. María Ejarque Ariño.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 27/9/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha27/09/2019

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones5736

Primera edición02/01/2001

Ultima edición03/05/2024

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