Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 18/9/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 178

18 de septiembre de 2019

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TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
CAPº. 1 OBJETO, CONTENIDO Y VIGENCIA DE LA D.S.U.
Artº. 1º.- Objeto Las presentes Normas Urbanísticas y Ordenanzas tienen por objeto establecer las condiciones mínimas del régimen urbanístico y de la edificación, garantizando la posibilidad de que ésta se lleve a cabo de forma armónica y coherente.
Artº. 2º.- Alcance y obligatoriedad 2-1. Las disposiciones de la DSU, se entienden subordinadas a las prescripciones legales vigentes de rango superior. Si alguna materia objeto de este trabajo, estuviera regulada a su vez por otra disposición del mismo rango se aplicará la que implique mayor restricción.
2-2. En todo lo no consignado, contemplado o dispuesto explícitamente en estas ordenanzas, se aplicarán las disposiciones legales vigentes.
2-3. Marco Jurídico de la legislación urbanística y legislación sectorial aplicable.
- Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón - Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
- Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
- Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón.
- Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón.
- Normas Subsidiarias y Complementarias de Planeamiento Municipal de la Provincia de Teruel, publicadas por Resolución del Departamento de ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes de 14 de junio de 1991.
Publicación B.O.A. 4 Julio 1991
- Ley 10/2014, de 27 de noviembre, del Gobierno de Aragón, de Aguas y Ríos de Aragón.
- Decreto Legislativo 1/2015, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Espacios Protegidos de Aragón.
- Ley 7/2010, de 18 de noviembre, de protección contra la contaminación acústica de Aragón - Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras.
- Reglamento de Carreteras aprobado por Real Decreto 1812/94 de 2 de Septiembre.
-Ley 8/1998, de 17 de diciembre, de Carreteras de Aragón.
- Decreto 206/2003, de 22 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 8/1998, de 17 de diciembre, de Carreteras de Aragón.
- Decreto Legislativo 1/2017 de 20 de Junio del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón.
- Ley 10/2015 de 11 de Noviembre, de vías pecuarias de Aragón.
-Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, de aplicación a los cauces públicos.
-Real Decreto 849/86, de 11 de Abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico , que desarrolla los títulos Preliminar, I, IV, VI, y VII de la Ley 29/85 , de 2 de Agosto de Aguas.
-Real Decreto 638/2016 de 9 de Diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, y otros Reglamentos en materia de gestión de riesgos de inundación, caudales ecológicos, reservas hidrológicas y vertidos de aguas residuales.
-Ley 10/2014, de 27 de noviembre, del Gobierno de Aragón, de Aguas y Ríos de Aragón -RD 903/2010 de 9 de Julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación.
-Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, modificada por la Ley 33/2015, de 21 de septiembre.
-Decreto 127/2006, de 9 de mayo del Gobierno de Aragón de protección del cangrejo común y su plan de recuperación modificado por orden de 10 de septiembre de 2009.
- La ley 3/1.999 de 10 de marzo del Patrimonio Cultural Aragonés - La ley 12/1997 de 13 de Diciembre de Parques Culturales de Aragón.
2.4. Los particulares, al igual que la Administración, quedarán obligados al cumplimiento de las disposiciones, normas y ordenanzas contenidas en la Delimitación aprobada.
Artº. 3º.- Ámbito Material y Territorial Las presentes ordenanzas, afectarán a cuantos actos relativos al uso del suelo y de la edificación, realicen la Administración y los particulares, dentro del ámbito territorial del Municipio objeto de la Delimitación de Suelo Urbano D.S.U..
Artº. 4º.- Ámbito Temporal 4-1. Esta DSU y sus ordenanzas entrarán en vigor, una vez aprobadas definitivamente, al día siguiente de la publicación del acuerdo aprobatorio que incluya la publicación del Texto Integro de sus Ordenanzas en el Boletín

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 18/9/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha18/09/2019

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones5736

Primera edición02/01/2001

Ultima edición03/05/2024

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