Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 9/9/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 171

9 de septiembre de 2019

12

Núm. 83.654
ALBENTOSA
Transcurrido el Plazo de exposición pública de la Aprobación de Ordenanza Fiscal, acordada por el Pleno de la Corporación en Sesión celebrada el 28 de febrero de 2019, publicada en el BOP Nº 90 de fecha 15 de mayo de 2019, sin que se haya producido reclamación alguna, dicha aprobación queda elevada a definitiva, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo. Publicándose a continuación el texto integro:
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL APROVECHAMIENTO DE LOTES DE PARCELAS MUNICIPALES EN EL MUNICIPIO DE ALBENTOSA.
Artículo 1.- Hecho Imponible.
Constituye el Hecho Imponible de este precio público el aprovechamiento especial de Roturas y parcelas de labor y siembra, por parte de los adjudicatarios de los mencionados lotes.
Artículo 2.La obligación de contribuir nace desde la fecha de adjudicación mediante procedimiento de concurso de los lotes.
Artículo 3.El precio se exigirá de acuerdo con el siguiente cuadro de tarifas:
Por aprovechamiento de cada hectárea que componga el lote de Roturas y Parcelas de labor y siembra: Un mínimo de 240,00 Euros el primer año que será incrementado a partir del segundo año por el importe correspondiente al IPC anual.

Artículo 4.Anualmente se formará un padrón en que figurarán los contribuyentes afectados y las cuotas respectivas, por aplicación de la presente ordenanza, el cual será expuesto al público por el plazo de quince días a efectos de reclamaciones.
Artículo 5.- Infracciones y sanciones.
En todo lo relativo a la calificación de las infracciones tributarias así como a la determinación de las sanciones que por las mismas correspondan en cada caso, se aplicará el régimen regulado en la Ley 58/2003, General Tributaria y en sus disposiciones complementarias y de desarrollo.
Disposición Adicional:
La interpretación de las condiciones o dudas planteadas sobre las presentes condiciones y las generales que regulan los aprovechamientos, corresponderá al Pleno del Ayuntamiento a la luz de la legislación vigente y uso consuetudinario.
Disposiciones finales:
Primera: Legislación supletoria.- En lo no previsto específicamente en esta Ordenanza serán de aplicación las normas contenidas en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, ley 58/2002 de 17 de diciembre, General Tributaria y Reglamento General de Recaudación.
Segunda: Entrada en vigor.- La presente Ordenanza, tras su aprobación definitiva, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, y no entrará en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el artículo 141.1 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Albentosa, 30 de agosto de 2019.- La Alcaldesa, Yolanda Salvador Corella.

Núm. 83.655
ALBENTOSA
Transcurrido el Plazo de exposición pública de la Aprobación de Ordenanza Reguladora, acordada por el Pleno de la Corporación en Sesión celebrada el 28 de febrero de 2019, publicada en el BOP Nº 90 de fecha 15 de mayo de 2019, sin que se haya producido reclamación alguna, dicha aprobación queda elevada a definitiva, haciéndose público su texto íntegro para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y en el artículo 141 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 9/9/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha09/09/2019

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones5741

Primera edición02/01/2001

Ultima edición10/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Septiembre 2019>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930