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Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 17/5/2019
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel
BOP TE Número 92
17 de mayo de 2019
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por término de quince días desde la inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que quienes se vean afectados de algún modo por dicha actividad presenten las observaciones que consideren pertinentes mediante escrito que se presentará en el Registro General del Ayuntamiento.
Se exceptúan de la información pública los datos que están amparados por el régimen de confidencialidad.
A tenor de lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, todos aquellos interesados que sean desconocidos, se desconozca el lugar de notificación o no se encuentren en su domicilio en el momento de proceder a la entrega de la notificación, se considerarán notificados por el presente anuncio.
Albalate del Arzobispo, 12 de abril de 2019
Núm. 82.327
VALDECUENCA
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Valdecuenca por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos nº 1/2019 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de incorporación de remanentes de crédito.
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 1 de abril de 2019, sobre el expediente de modificación de créditos n. º1/2019 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de incorporación de remanentes de crédito.
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a y b, del Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, desarrollado por Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que son los siguientes:
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado. LA ALCALDESA GLORIA
PAVIA SOLER