Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 13/3/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 49

13 de marzo de 2019

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de los propietarios de la zona, previamente concentrada, o bien un número cualquiera de ellos a quienes pertenezca más del cincuenta por ciento de la superficie de la misma.
En estos casos serán válidos los trabajos ya realizados en cuanto resulten utilizables para el nuevo procedimiento de concentración parcelaria.
SEGUNDO.- Se ha comprobado que en este caso se supera el cincuenta por ciento de la superficie de ambas zonas, conforme a los informes elaborados por el Servicio Provincial de Teruel.
TERCERO.- A tenor de lo anterior, la Dirección General del Gobierno de Aragón, mediante Resolución de fecha 6 de febrero de 2019, ha resuelto autorizar al Servicio Provincial de Teruel a la revisión de las concentraciones parcelarias de las zonas de Singra y Villafranca del Campo, con las siguientes condiciones:
El perímetro de las zonas comprende parte de las tierras del regadío de los polígonos 7 a 11 del término de Villafranca del Campo y de los polígonos 1 a 3 del término de Singra, que linda al norte con la parte norte del polígono 7 de Villafranca del Campo; al este con la parte este del polígono 8 de Villafranca del Campo, con camino de los polígono 9 y 10 de Villafranca del Campo y con los polígonos 513, 512, 511 y 507 de Singra; al sur con los polígonos 511, 507 y 506 de Singra; y al oeste con los polígonos 4 y 6 de Villafranca del Campo, con caminos del polígono 11 de Villafranca del Campo y con los polígonos 503, 504, 505 y 506 de Singra.
Serán válidos los trabajos ya realizados de clasificación de tierras en cuanto resulten utilizables para el nuevo procedimiento de concentración parcelaria, sin perjuicio de la actualización de los datos existentes que proceda dado el tiempo trascurrido.
Proceder a su publicación en el Boletín Oficial de Aragón y en el Tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Singra y Villafranca del Campo.
La documentación estará expuesta para su examen, durante el horario de atención al público, en el Servicio Provincial de Teruel del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, sito en C/ San Francisco nº 1, durante el plazo de un mes a contar desde la inserción del último Aviso expuesto por 3 días en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos de Singra y Villafranca del Campo e inserto una sola vez en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel y en Boletín Oficial de Aragón, plazo durante el cual, según lo previsto en el artículo 58.1 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, podrá interponerse recurso de alzada contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, ante el Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad.
Los recursos se presentarán en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La consulta de la documentación, implica que conforme a lo exigido por el artículo 4.2 de la de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos que se incluyen no podrán ser utilizados para fines distintos de los de la concentración parcelaria.
Teruel, 22 de febrero de 2019.- EL DIRECTOR DEL SERVICIO PROVINCIAL, Fdo. Pedro M. Polo Íñigo
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO

Núm. 81.322
Comisaría de Aguas Nota Anuncio REF.: 2018-0C-395
José Ariñez Lázaro ha solicitado la autorización cuyos datos y circunstancias se indican a continuación:
CIRCUNSTANCIAS: Solicitante: JOSÉ ARIÑEZ LÁZARO
Objeto: CORTA DE ÁRBOLES en 0,05 Ha situadas en dominio público hidráulico con carácter de explotación maderera.
Cauce: RÍO PANCRUDO
Paraje: LOS PRADOS, POLÍGONO: 505, PARCELA: 191 Y 213 PARCIALES, LOS PRADOS, POLÍGONO:
509, PARCELA: 224 PARCIAL
Municipio: NAVARRETE DEL RIO - CALAMOCHA TERUEL
Se advierte la posibilidad de presentar peticiones en competencia e incompatibles con la petición inicial en virtud del art. 72 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, modificado por Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo.
Lo que se hace público para general conocimiento y para que quienes se consideren perjudicados por esta petición puedan presentar por escrito sus reclamaciones ante la Confederación Hidrográfica del Ebro, durante el plazo de VEINTICINCO días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 13/3/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha13/03/2019

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones5736

Primera edición02/01/2001

Ultima edición03/05/2024

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