Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 5/3/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 43

5 de marzo de 2019

2

DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN

Núm. 81.236
Departamento de Economía, Industria y Empleo RESOLUCION DEL DIRECTOR DEL SERVICIO PROVINCIAL DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y EMPLEO
POR LA QUE SE DISPONE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO Y PUBLICACIÓN DEL CONVENIO
COLECTIVO DEL SECTOR DE OFICINAS Y DESPACHOS DE LA PROVINCIA DE TERUEL.
VISTO el texto del acta de la reunión de la comisión negociadora del convenio colectivo del sector de Oficinas y Despachos de la Provincia de Teruel, código de convenio 44000595012005, suscrita el día 10 de agosto de 2018, de una parte por representantes de la Confederación Empresarial Turolense por la parte empresarial, y de otra por representantes de UGT y CCOO por parte de los trabajadores; y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores, el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, y el Decreto 171/2010, de 21 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el depósito y registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de la Comunidad Autónoma de Aragón.
El Director del Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo, ACUERDA:
Primero.- Ordenar la inscripción del acta citada en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Aragón, con notificación a la comisión negociadora.
Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel.
Teruel, 4 de febrero de 2019.- EL DIRECTOR DEL SERVICIO PROVINCIAL DE ECONOMIA, INDUSTRIA
Y EMPLEO, Miguel Angel Lagunas Marqués CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE OFICINAS Y DESPACHOS DE LA PROVINCIA DE TERUEL
PREÁMBULO
Las personas integrantes de la Comisión Negociadora del Acuerdo que se suscribe, compuesta, de parte empresarial, por representantes de la Confederación Empresarial Turolense CET en representación a su vez de las empresas del sector, y por otra parte de los/as trabajadores, por los/as representantes de la Federación de Servicios de Comisiones Obreras CC.OO, y la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de la Unión General de Trabajadores U.G.T se reconocen como interlocutores válidos con representatividad y legitimación suficientes para la negociación del presente Convenio Colectivo.
El V CONVENIO COLECTIVO DE OFICINAS Y DESPACHOS DE LA PROVINCIA DE TERUEL sigue con el mismo espíritu de ser ejemplo en el marco de la Comunidad Autónoma para sus análogos provinciales. En la hipótesis de un futuro Convenio Colectivo de ámbito regional expresamos nuestra confianza en que este puede ser texto de referencia para homogenizar el sector y vertebrar el territorio con la aportación positiva que significa este Acuerdo.
Las posteriores referencias al Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los/as Trabajadores/as se significarán en el texto por la abreviatura LET.
CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º. Ámbito territorial, funcional y personal.
Las normas del presente Acuerdo serán de aplicación en todo el territorio de la provincia de Teruel y regularán las relaciones de trabajo en las empresas que se dediquen a Actividades Jurídicas; Consulta, Asesoramiento y práctica legal del Derecho; Relaciones Públicas; Actividades de Traducción; Organización de Ferias, Exhibiciones y Congresos; Actividades de Organizaciones Empresariales, profesionales y patronales; Actividades sindicales; Actividades asociativas y diversas; Actividades de organizaciones religiosas; Actividades de organizaciones políticas, Asociaciones juveniles, Federaciones deportivas, gabinetes, consultas, Asesorías Of. Técnicas y estudios técnicos, consultoras, etc., y todas aquellas otras que, desempeñando su actividad en Oficina o Despacho, no estén adscritas a un Convenio específico, ni posean Convenio funcional propio, sin otras exclusiones, en cuanto al personal, que las resultantes de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 1.3 LET.
Artículo 2º. Ámbito temporal.
La vigencia de este acuerdo será de dos años, contando desde el 1 de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2021, independiente de la fecha de su publicación.
Artículo 3º. Denuncia.
Una vez finalizada la vigencia del presente Convenio, ambas partes se comprometen a iniciar negociaciones de cara a la firma del próximo, por lo que se entiende automáticamente denunciado el presente Convenio sin necesidad, por tanto, de comunicación a las partes y a la Autoridad Laboral.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 5/3/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha05/03/2019

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones5735

Primera edición02/01/2001

Ultima edición02/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Marzo 2019>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31