Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 16/4/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 72

16 de abril de 2018

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CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES
Emplazamiento: Polígono 16, parcelas 162, 163, 187, 344, 346, 351, 352, 353, 358, 359, 360 y 361 en Vivel del Río Martín TERUEL
LINEA AEREA MEDIA TENSIÓN
Origen: Apoyo nº 4 existente Final: Apoyo nº 10 a instalar C4500-12
Tensión nominal: 15 kV
Conductor: 47-AL1/8-ST1A LA-56
Apoyos: 6 Metálico de Tipo Celosía a instalar C2000-16, C2000-18, C2000-20 y C4500-12
Longitud Línea Aérea: 558,92 m.
LINEA SUBTERRANEA MEDIA TENSIÓN Y CONVERSION A/S
Origen: Conversión A/S Apoyo nº 10
Final: CT a instalar Tensión nominal: 15 kV
Conductor: Tipo RH5Z1 12/20kV 3x1x150mm Al Longitud Línea Subterránea: 3 m.
CENTRO DE TRANSFORMACIÓN
Tipo: Obra civil prefabricado hormigón, monobloque.
Potencia: Admisible: 250 kVA. Instalada: 160 kVA.
Relación de transformación: 14.500 2,5% 5% +10%/ B1=242, B2=420 voltios Finalidad: Mejora de la calidad de la red.
Tipo de instalación: Extensión natural de red promovida por empresa distribuidora.
Presupuesto: 50.519,90 €
Visto lo dispuesto en la Ley 21/92 de Industria de 16 de julio, el artículo 128 del RD 1955/2000 Reglamento de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, de 1 de diciembre, el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23, el R.D. 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y demás reglamentos correspondientes.
Considerando lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y las competencias compartidas en materia de energía que el art. 75.4 del vigente texto de Estatuto de Autonomía de Aragón, modificado por L.O. 5/2007, de 20 de abril, atribuye a esta Comunidad Autónoma y de las funciones atribuidas por el Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, el Decreto 108/2015, de 7 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, el Decreto 133/2017, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía, Industria y Empleo y demás normativa aplicable.
Este Servicio Provincial efectúa la presente resolución: AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN de la instalación solicitada, con las siguientes condiciones:
El plazo para ejecutar el proyecto y solicitar la puesta en marcha de la instalación deberá ser de 12 meses, contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Resolución. Dicho plazo se entenderá suspendido en tanto se obtengan las correspondientes autorizaciones, permisos y licencias necesarias para la ejecución del proyecto de la instalación autorizada, siempre que la demora no sea imputable al Titular del proyecto.
El titular de la instalación tendrá en cuenta los condicionados establecidos por los Organismos afectados por la instalación autorizada.
La presente autorización se otorga sin perjuicio a terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Industria y Empleo en el plazo de un mes, contado desde su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en relación con el artículo 4.1. a del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos.
Teruel, a 27 de febrero de 2018.- EL DIRECTOR DEL SERVICIO PROVINCIAL, Fdo: Ángel Lagunas Marqués

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 16/4/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha16/04/2018

Nro. de páginas60

Nro. de ediciones5735

Primera edición02/01/2001

Ultima edición02/05/2024

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