Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 8/1/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Viernes 8 de enero de 2021

Número 5

JUNTA DE ANDALUCÍA

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades
Delegación Territorial en Sevilla Convenio o acuerdo: Ayuntamiento de Paradas Personal Laboral.
Expediente: 41/01/0121/2020.
Fecha: 17/12/2020.
Asunto: Resolución de inscripción y resolución.
Destinatario: David Suárez Conejero.
Código: 41003342011997.
Visto el acuerdo de modificación del Convenio Colectivo del Ayuntamiento de Paradas Código 41003342011997 suscrito el 28 de septiembre de 2020.
Visto lo dispuesto en el art. 90.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre E.T., por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores Boletín Oficial del Estado 255, de 24 de octubre de 2015, de acuerdo con el cual, los convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral, a los solos efectos de su registro.
Visto lo dispuesto en los arts. 2, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo Boletín Oficial del Estado 143, de 12 de junio de 2010, sobre registro y depósitos de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, serán objeto de inscripción en los registros de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de las autoridades laborales los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, sus revisiones, modificaciones y/o prórrogas, acuerdos de comisiones paritarias, acuerdos de adhesión a un convenio en vigor, acuerdos de Planes de Igualdad y otros.
Visto lo dispuesto en los artículos 3, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo Boletín Oficial del Estado n.º 143
de 12 de junio, Real Decreto 4043/82, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo, Decreto 32/2019, de 5 de febrero y Decreto 26/2020, de 24 de febrero, que regulan la organización territorial provincial de la administración de la Junta de Andalucía, modificando el Decreto 342/2012 de 31 de julio. Es competencia de esta Delegación Territorial dictar la presente resolución de conformidad con lo dispuesto en el Decreto del Presidente 2/2019 de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, modificado por Decreto 6/2019, de 11 de febrero, en relación con el Decreto 100/2019, de 12 de febrero que regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo Boletín Oficial de la Junta de Andalucía n.º 31, de 14 de febrero de 2019, modificado por Decreto 115/2020, de 8 de septiembre Boletín Oficial de la Junta de Andalucía n.º 55, de 10 de septiembre de 2020.
Esta Delegación Territorial, acuerda:
Primero.Registrar y ordenar el acuerdo de modificación del Convenio Colectivo del Ayuntamiento de Paradas Código 41003342011997 suscrito el 28 de septiembre de 2020.
Segundo.Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la provincia.
Sevilla a 17 de diciembre de 2020.La Delegada Territorial, María Mar Rull Fernández.
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA PARA LA MODIFICACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL

En Paradas, siendo las 11.00 horas del día 28 de septiembre de 2020, se reúnen en el Salón de Plenos de este Ayuntamiento la representación del personal laboral y de la Corporación, con la asistencia de:
Por el Ayuntamiento:
Rafael Cobano Navarrete Alcalde-Presidente.
María Luisa Lozano Pastora Concejala de Gobierno Interior y Hacienda.
Por los trabajadores:
Manuel González Rodríguez CSIF
Manuel Pérez González UGT
Secretario:
David Suárez Conejero.
Orden del día Aprobar la nueva redacción del artículo 8 del Convenio Colectivo del Personal Laboral al servicio del Ayuntamiento de Paradas.
Acuerdos adoptados Único.El artículo 8 del Convenio Colectivo del Personal Laboral al servicio del Ayuntamiento de Paradas queda redactado en los siguientes términos:
Artículo 8.Clasificación del personal.
El sistema de clasificación profesional se establece, en función de la organización específica del trabajo a desarrollar en la actividad propia de esta Administración, en los siguientes grupos profesionales:
Grupo 1.Para el acceso a este grupo se exigirá estar en posesión del título universitario de grado. En aquellos supuestos en los que la Ley exija otro título universitario será este el que se tenga en cuenta.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 8/1/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha08/01/2021

Nro. de páginas38

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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