Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 24/4/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94

Viernes 24 de abril de 2020

Los expedientes serán resueltos por el Área de Presidencia y Régimen Interior, Hacienda, Personal, Atención Ciudadana y Nuevas Tecnologías, mediante resolución motivada en la que se determinará expresamente que la actividad desarrollada se encuentra incluida dentro de las afectadas por el estado de alarma establecido por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo y sus eventuales prórrogas.
COrdenanza fiscal reguladora del comercio ambulante.
Se introduce una disposición transitoria con la siguiente redacción:
En atención a la situación excepcional generada por la crisis sanitaria motivada por el COVID-19 y el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo y sus prórrogas, se suspende la aplicación del artículo 26.1 de la presente Ordenanza durante el segundo, tercero y cuarto trimestre del ejercicio 2020.
La aplicación de esta suspensión temporal no conlleva la eliminación de la preceptiva autorización municipal para el comercio en mercadillo, requisito que sigue siendo imprescindible para la realización de toda actividad de esta naturaleza en espacios de uso público.
Segunda.Suspender la exacción de todo tipo de tasas y/o precios públicos relativos a la prestación de talleres y escuelas municipales, hasta el momento en el que estas actividades fueran prestadas de forma efectiva.
Tercera.Determinar expresamente que las medidas adoptadas, al suponer actuaciones de suspensión temporal de la imposición de tributos de titularidad municipal, se han formulado a la vista de los informes incorporados al expediente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 25 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
En todo caso, la repercusión presupuestaria que se derive de la aminoración de ingresos producida por las medidas adoptadas, deberá ser compensada mediante la introducción de los ajustes precisos en el estado de gastos, al objeto de garantizar la estabilidad presupuestaria del presente ejercicio económico 2020.
Cuarta.Publicar los acuerdos adoptados en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla, a los efectos legales oportunos.
Lo que le comunico a los debidos efectos, advirtiendo que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; 124 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, contra el presente acuerdo, que tiene carácter definitivo y pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que dicta el acuerdo, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al recibo de la presente notificación. Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo y quedará expedita la vía contenciosoadministrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo o Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Sevilla, según sus respectivas competencias, en el plazo de seis meses, contados desde el siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
El recurso contencioso-administrativo puede ser interpuesto directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados, igualmente, a partir del siguiente al que se produzca la presente notificación.
No obstante, podrá Vd. interponer, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.
Tomares a 16 de abril de 2020.El Alcalde, José Luis Sanz Ruiz.
34W-2290

TASAS CORRESPONDIENTES AL
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEVILLA

Inserción anuncio, línea ordinaria . . . . . . . . . . . 2,10
Inserción anuncio, línea urgente . . . . . . . . . . . . 3,25

Importe mínimo de inserción . . . . . . . . . . . . . . 18,41
Venta de CDs publicaciones anuales . . . . . . . 5,72

Las solicitudes de inserción de anuncios, así como la correspondencia de tipo administrativo y económico, se dirigirán al Boletín Oficial de la provincia de Sevilla, avenida Menéndez y Pelayo, 32. 41071-Sevilla.

Dirección del Boletín Oficial de la provincia de Sevilla: Ctra. Isla Menor, s/n. Bellavista, 41014-Sevilla.
Teléfonos: 954 554 133 - 34 - 35 - 39. Faxes: 954 693 857 - 954 680 649. Correo electrónico: bop@dipusevilla.es
Diputación Provincial - Imprenta

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 24/4/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha24/04/2020

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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