Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 22/4/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 92

Miércoles 22 de abril de 2020

chena para el ejercicio 2020, aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria del 11 de marzo del año en curso por importe de 193.244,07 €, conforme a las previsiones del artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone el resumen por capítulos del mismo con el siguiente detalle:
Crédito extraordinario 2. Operaciones de capital 193.244,07 €.
Capítulo VI. Inversiones Reales 193.244,07 €.
Total crédito extraordinario 193.244,07 €.
Contra esta aprobación definitiva, podrá interponerse directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la presente publicación. El citado recurso no suspenderá por sí solo la aplicación de las modificaciones aprobadas.
En Marchena a 13 de abril de 2020.La Alcaldía-Presidencia, María del Mar Romero Aguilar.
6W-2275
SALTERAS
Don Antonio Valverde Macías, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Que con fecha 7 de abril de 2020, ha dictado la resolución número: 2020-0333 Cód. Validación: 5PZDWHQTDHWGMAMZPRKCJ4W2X Verificación: https salteras.sedelectronica.es/, por la que se avocan competencias de la Junta de Gobierno Local, que a continuación se transcribe:
Resolución de alcaldía.
Asunto: Avocación de competencias de la Junta de Gobierno Local.
Antonio Valverde Macías, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Salteras, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y disposiciones concordantes, tengo a bien exponer:
De conformidad con lo establecido en el Decreto de esta Alcaldía n.º 593 de fecha 20 de junio de 2019, de delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, corresponde a este órgano de gobierno entre otras la competencia:
Concesión de Subvenciones dentro de los créditos establecidos para las mismas en el Presupuesto del Ayuntamiento y de conformidad con lo establecido en la vigente Ley de subvenciones.
No obstante, ello, el propio régimen de funcionamiento de la Junta de Gobierno Local, como órgano colegiado está sujeto a una previa convocatoria y celebración de sesión, que lleva una obligada reunión para la aprobación que no puede producirse durante la declaración del estado de alarma ocasionada por la crisis sanitaria provocada por el COVID-19.
En el caso concreto, se avoca la competencia para la aprobación de la subvención de cooperación en el desarrollo al tercer mundo.
Por ello, son razones de eficacia las que hacen conveniente atribuir dicha competencia a un órgano de carácter unipersonal que no conlleve reunión, y, en consecuencia, avocar la citada competencia.
Por lo expuesto, y en uso de las atribuciones que me están legalmente conferidas, vengo en disponer:
Primero. Avocar la competencia para la Concesión de Subvenciones dentro de los créditos establecidos para las mismas en el Presupuesto del Ayuntamiento y de conformidad con lo establecido en la vigente Ley de subvenciones para la aprobación de la subvención de cooperación al desarrollo del tercer mundo, de fecha 20 de junio de 2019, de delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y 116 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2868/1986, de 28 de noviembre.
Segundo. La presente Resolución tendrá efectos desde el mismo día de su firma, sin perjuicio de sin perjuicio de su preceptiva publicación en el Boletín Oficial de la provincia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del ROF.
Tercero. Dar cuenta del presente Decreto al Pleno del Ayuntamiento a efectos de que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en relación con el 38 d del ROF.
En Salteras a 8 de abril de 2020. El Alcalde-Presidente, Antonio Valverde Macías.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Salteras a 8 de abril de 2020.El Alcalde-Presidente, Antonio Valverde Macías.
6W-2276

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 22/4/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha22/04/2020

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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