Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 3/4/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 78

Viernes 3 de abril de 2020

Acreditación de los méritos.
Para los Cursos, seminarios, congresos y jornadas: Fotocopia de Diploma o certificación de asistencia, expedido por el organismo público, entidad o centro correspondiente, donde consten las horas lectivas del curso, jornada o seminario, y tengan relación directa con las materias propias de la categoría que nos ocupa. El Tribunal podrá solicitar el original de la documentación indicada posteriormente para su comprobación.
Para la experiencia profesional: Certificado de vida laboral, donde conste la jornada de trabajo, fecha de inicio y fin de la relación de trabajo, o si continúa vigente, y categoría del puesto, en su defecto, documento oficial donde se acredite las exigencias anteriores. Los servicios prestados en Administración Pública también podrán acreditarse mediante certificado expedido por dicha Administración siempre que figuren los datos imprescindibles para poder valorarlos.
Puntuación final.
La calificación del concurso será la suma de la puntuación obtenida en cada uno de los apartados, sin que se pueda superar la puntuación máxima parcial o total establecida al efecto. En caso de empate en la puntuación final, se valorará la experiencia profesional en el puesto al que se opta. Si persiste el empate se resolverá mediante sorteo público, previa convocatoria de los interesados.
6. Comisión de selección.
La designación de los miembros de la Comisión se ajustará a los principios de imparcialidad y profesionalidad de los miembros, no pudiendo formar parte del mismo el personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual.
La pertenencia a la Comisión será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. Para la válida constitución de la Comisión en cada una de sus sesiones, se requerirá la concurrencia de un Vocal, el Presidente y el Secretario o de quienes le sustituyan.
A la Comisión corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo y calificar las pruebas establecidas.
Designar como miembros del Tribunal selectivo a:
El Tribunal Calificador estará compuesto por cinco miembros titulares e igual número de miembros suplentes, esto es, un Presidente, un Secretario que será el de la Corporación o funcionario en quien delegue, que actuará con voz pero sin voto, y tres Vocales.
Los miembros del Tribunal deberán ser funcionarios de carrera o personal laboral fijo.
Por cada miembro titular será designado un suplente que, en caso de ausencia justificada, le sustituirá con voz y voto.
7. Recursos.
Contra las presentes Bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que aprobó las Bases en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la provincia, o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 114.c, 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.
Anexo I
Modelo de solicitud Conforme a modelo publicado por el Ayuntamiento de Cantillana.
En Cantillana a 9 de marzo de 2020.La Alcaldesa-Presidenta, Ángeles García Macías.
6W-1968

TASAS CORRESPONDIENTES AL
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEVILLA

Inserción anuncio, línea ordinaria . . . . . . . . . . . 2,10
Inserción anuncio, línea urgente . . . . . . . . . . . . 3,25

Importe mínimo de inserción . . . . . . . . . . . . . . 18,41
Venta de CDs publicaciones anuales . . . . . . . 5,72

Las solicitudes de inserción de anuncios, así como la correspondencia de tipo administrativo y económico, se dirigirán al Boletín Oficial de la provincia de Sevilla, avenida Menéndez y Pelayo, 32. 41071-Sevilla.

Dirección del Boletín Oficial de la provincia de Sevilla: Ctra. Isla Menor, s/n. Bellavista, 41014-Sevilla.
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 3/4/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha03/04/2020

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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