Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 10/10/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 236

Jueves 10 de octubre de 2019

VII.Proceso selectivo.
La selección de personal se llevará a cabo a través del sistema de concurso de méritos, de la siguiente forma:
Experiencia laboral: Por cada mes de servicios prestados como auxiliar del servicio de ayuda a domicilio 0,30 puntos en el caso de que se preste el servicio en la Administración Pública y 0,10 puntos en la empresa privada. Deberá acreditarse mediante la presentación del documento acreditativo de la vida laboral y los contratos de trabajo en donde conste el tiempo de realización de los mismos y que acrediten el desempeño de puesto de trabajo expreso. En el supuesto de experiencia desarrollada en Administraciones Públicas se debe aportar la vida laboral, y los contratos de trabajo, o certificado de los servicios prestados. Los periodos inferiores al mes no serán objeto de valoración.
Formación:
Por estar en posesión de más de una titulación de las especificadas en el apartado 5.2: 1 punto.
Por asistencia a cursos, jornadas o seminarios impartidos por organismos públicos y entidades sin fines de lucro y que estuvieren relacionados expresamente con la plaza a la que se solicita tomar parte del proceso selectivo específico, y que se baremarán de la siguiente manera:
Cursos de 0 a 19 horas: 0,10 puntos.
Cursos de 20 a 39 horas: 0.15 puntos.
Cursos de 40 a 79 horas: 0,20 puntos.
Cursos a partir de 80 horas: 0,30 puntos.
VIII.Tribunal.
El Tribunal de selección estará compuesto por un presidente y tres vocales, todos ellos funcionarios de carrera, que se determinen en la resolución definitiva a que refiere la base VI prevaleciendo su composición técnica: Como secretario actuará el Secretario General de la Corporación o funcionario en quien delegue con voz y sin voto.
Los miembros del Tribunal están sujetos a los supuestos de abstención y recusación previstos en los arts. 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, no pudiendo ser nombrados miembros, colaboradores o asesores de los mismos quienes hubieran realizado taras de preparación de aspirantes en los últimos cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Para la válida constitución del Tribunal será necesaria la asistencia del Presidente y del Secretario o, en su caso, quienes legalmente le sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en los arts. 15 a 18 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre.
El Tribunal decidirá sobre todas las dudas que surjan de la aplicación de las normas contenidas en las presentes bases y determinará la actuación precedente en los casos no previstos en las mismas.
A efectos de comunicaciones e incidencias el Tribunal tendrá su sede en el Ilmo. Ayuntamiento de Gilena, calle Huerta, 3, 41565 Gilena Sevilla.
IX.Publicidad del proceso selectivo.
Los correspondientes anuncios que el Tribunal publique serán anunciados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, así como en la página web: http gilena.sedelectronica.es/info.0
X.Relación de aprobados, contratación y renuncia.
Concluida la baremación el Tribunal hará pública la relación de candidatos por orden de puntuación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento así como en la página web elevando al órgano competente propuesta de candidatos para la formalización de los contratos.
Los aspirantes que formen parte de la relación propuesta por el Tribunal, serán llamados para su contratación según necesidades del servicio y siempre por riguroso orden de puntuación. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho. El órgano competente procederá a la formalización de los contratos previa justificación de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria. El candidato que sea llamado para su contratación y no se encuentre disponible en ese momento habrá de manifestarlo mediante escrito presentado en el registro de entrada del Ayuntamiento pasando al último puesto de la bolsa. Una vez que finalice la causa que originó la no disponibilidad el candidato estará obligado a comunicar a servicios sociales comunitarios su disponibilidad para trabajar. La renuncia habrá de manifestarse mediante escrito presentado en el registro de entrada del Ayuntamiento. En caso de no disponibilidad, el candidato pasaría al último puesto de la bolsa, y en caso de renuncia, quedaría excluido definitivamente de la misma.
En caso, que la renuncia expresa o la no disponibilidad, no se manifieste por escrito se entenderá al candidato excluido definitivamente de la bolsa.
Anexo I. Modelo de la solicitud l. Datos del aspirante.

Primer apellido:

Segundo apellido:.

Nombre:N.I.F.:Núm
Domicilio a efectos de notificaciones:

Sexo:Edad:Teléfono:
2. Datos de la convocatoria.

Plaza/Puesto al que se opta: Auxiliar adscrito al Servicio Ayuda a Domicilio. Sistema de Acceso: Concurso de méritos.
3. Datos académicos:

Titulación que posee:
4. Documentación que adjunta:
Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.
Fotocopia compulsada del título oficial requerido en la convocatoria.
Copia compulsada de los méritos alegados para su baremación de conformidad con lo establecido en la base VII.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 10/10/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha10/10/2019

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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