Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 18/9/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Miércoles 18 de septiembre de 2019

Número 217

JUNTA DE ANDALUCÍA

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad
Delegación Territorial en Sevilla Convenio o Acuerdo: Sevilla Nervión Courier S.L.
Expediente: 41/01/0144/2019
Fecha: 1 de agosto de 2019.
Asunto: Resolución de Inscripción y Publicación.
Destinatario: José Hidalgo Jiménez.
Código 41100972012019.
Visto el Convenio Colectivo de la Empresa Sevilla Nervión Courier, S.L. Código 41100972012019, suscrito por la referida Entidad y la representación legal de los trabajadores, con vigencia en los términos establecidos en el art. 4 del texto convencional.
Visto lo dispuesto en el art. 90.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre E.T., por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores Boletín Oficial del Estado núm. 255, de 24 de octubre de 2015, de acuerdo con el cual, los convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral, a los solos efectos de su registro.
Visto lo dispuesto en los arts. 2, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo Boletín Oficial del Estado núm.143, de 12
de junio de 2010, sobre registro y depósitos de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo, serán objeto de inscripción en los Registros de Convenios y Acuerdos colectivo de trabajo de las autoridades laborales los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, sus revisiones, modificaciones y/o prórrogas, acuerdos de comisiones paritarias, acuerdos de adhesión a un convenio en vigor, acuerdos de Planes de Igualdad y otros.
Visto lo dispuesto en los artículos 3, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo Boletín Oficial del Estado núm. 143, de 12 de junio, Real Decreto 4043/82 de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo y el Decreto 32/2019, de 5 de febrero, que regula la Organización Territorial Provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, que modifica el Decreto 342/2012 de 31 de julio. Es competencia de esta Delegación Territorial dictar la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el Decreto del Presidente 2/2019 de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, modificado por Decreto 6/2019 de 11 de febrero, en relación con el Decreto 100/2019 de 12 de febrero que regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 31, de 14 de febrero de 2019.
Esta Delegación Territorial, acuerda:
Primero. Registrar y ordenar el depósito del Convenio Colectivo de la Empresa Sevilla Nervión Courier, S.L. Código 41100972012019, suscrito por la referida Entidad y la representación legal de los trabajadores, con vigencia en los términos establecidos en el art. 4 del texto convencional.
Segundo. Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la provincia.
En Sevilla a 1 de agosto de 2019.El Delegado Territorial, Francisco Javier Loscertales Fernández.
I CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SEVILLA NERVIÓN S.L. AÑOS 2019, 2020 Y 2021

Capítulo I. Ámbito Artículo 1.Ámbito funcional:
El presente Convenio Colectivo regula las relaciones laborales de los trabajadores/as de la Empresa Sevilla Nervión Courier S.L. que desarrollan su trabajo dentro de los centros de trabajo en la provincia de Sevilla.
Artículo 2.Ámbito territorial:
El presente Convenio es de aplicación a todos los centros de trabajo ubicados en Sevilla que la empresa Sevilla Nervión Courier S.L, posee en la actualidad o que puedan crearse durante su período de vigencia.
Artículo 3.Ámbito personal:
Este convenio colectivo de empresa afectará a la totalidad de los trabajadores actuales de Sevilla Nervión Courier S.L, y a los que durante su vigencia pudieran ingresar o ser contratados en la misma.
Artículo 4.Ámbito temporal:
El presente convenio colectivo entrará en vigor al día siguiente de su firma.
No obstante lo anterior, las condiciones económicas establecidas en el presente Convenio se aplicarán con efectos 1 de enero de 2019, excepto aquellas en que se fije otra fecha.
La vigencia del presente Convenio es de tres años, es decir, será efectivo desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre 2021.
Artículo 5.Denuncia y prórroga:
La denuncia del presente Convenio Colectivo será efectuada por cualquiera de las partes legitimada para ello de conformidad con el artículo 87 del Estatuto de los Trabajadores a su finalización. No obstante lo anterior, y para evitar el vacío normativo que se produciría una vez terminada su vigencia inicial, continuará vigente en su totalidad tanto en su contenido normativo como en el obligacional, hasta que sea sustituido por otro.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 18/9/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha18/09/2019

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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