Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 28/8/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 199

Miércoles 28 de agosto de 2019

Primero: Avocar las competencias delegadas en la Junta de Gobierno Local por Resolución núm. 867/2019, de 18 de junio, en su acuerdo Tercero, apartado d, que dice: la aprobación de certificaciones y sus facturas de aquellas obras de las que, siendo competente el Alcalde, las haya delegado en la Junta de Gobierno Local.
Segundo: Reconocer al Delegado de Planificación Urbana, que en la delegación efectuada en la Resolución núm. 881/2019, de 25 de junio, queden incluidas la aprobación de certificaciones y sus facturas de aquellas obras de las que, siendo competente el Alcalde, las haya delegado en la Junta de Gobierno Local.
Tercero: La delegación referida en el apartado anterior, requerirá para ser eficaz, su aceptación por parte del Delegado y se entenderá aceptada tácitamente si en el término de tres días hábiles desde la notificación del acuerdo, el miembro destinatario de la delegación no hace manifestación expresa ante el órgano delegante de que no acepta la delegación.
Cuarto: Del presente Decreto se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, notificándose además personalmente al Delegado afectado y se publicará en el Boletín Oficial de la provincia, sin perjuicio de su efectividad desde la presente fecha.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En San Juan de Aznalfarache a 31 de julio de 2019.El Alcalde-Presidente, Fernando Zamora Ruiz.
36W-5722
VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN
Por resolución de Alcaldía de fecha 30 de julio de 2019 se aprobó la resolución cuya parte dispositiva se transcribe literalmente:
Primero.Delegar en Sonia Arellano González, Primera Teniente de Alcalde,la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante los días comprendidos entre el 1 y el 11 de agosto de 2019, con motivo de las vacaciones.
Segundo.La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero.El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Cuarto.La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
Quinto.La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la provincia, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.
Sexto.En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.
Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo que establece el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con lo que dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el término de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación. No obstante, podrá interponer cualquier otro, si lo considera conveniente.
Lo que remito se publica, a los efectos oportunos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
En Valencina de la Concepción a 31 de julio de 2019.El Alcalde, Antonio Manuel Suárez Sánchez.
15W-5811

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 28/8/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha28/08/2019

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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