Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 22/7/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 168

Lunes 22 de julio de 2019

Financiaciónbaja de créditos Cap. Denominación Importe €
6 Pasivos financieros 342.800,00
Total 342.800,00
Contra la aprobación definitiva del presente expediente, cabe interponer directamente en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo, en la forma que establecen las normas de dicha jurisdicción, todo ello sobre la base de lo establecido en el artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
En Utrera a 15 de julio de 2019.El Secretario General, Juan Borrego López.
8W-5259

OTRAS ENTIDADES ASOCIATIVAS PÚBLICAS

AGENCIA PÚBLICA ADMINISTRATIVA LOCAL PRODIS
Don David Javier García Ostos, Presidente de la Agencia Pública Administrativa Local de atención de personas con discapacidad de Écija y su comarca Prodis, dependiente del Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad.
Hace saber: Que la Alcaldía-Presidencia, el día 5 de julio de 2019, ha tenido a bien dictar Decreto n.º 2019/23, relativo a la delegación de atribuciones en la Vicepresidenta de la Agencia Pública Administrativa Local de atención de personas con discapacidad de Écija y su comarca Prodis, quedando con el siguiente tenor literal:
Resolución de la Presidencia.
Habiendo tenido lugar la constitución del Ayuntamiento de Écija el día 15 de junio de 2019 para el mandato corporativo 2019/2023 surgido como consecuencia de la celebración de Elecciones Locales el 26 de mayo de 2019, resulta necesario proceder a la delegación de atribuciones en la Vicepresidenta de la Agencia Pública Administrativa Local de atención de personas con discapacidad de Écija y su comarca Prodis.
Considerando lo que dispone el artículo 12 de los Estatutos de la Agencia Pública Administrativa Local de atención de personas con discapacidad de Écija y su comarca PRODIS publicados en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla número 158, de fecha 10 de julio de 2018, según el cual:
1.Será Vicepresidente de la Agencia Pública Administrativa Local el Concejal del Ayuntamiento de Écija que tenga delegadas las competencias en materia de integración e inserción social de discapacitados físicos, psíquicos y sensoriales . 2.El Vicepresidente tendrá las atribuciones que expresamente le sean delegadas por el Presidente o por el Consejo Rector.
Considerando que en el artículo 11.2 de los Estatutos de la Agencia Pública Administrativa Local de atención de personas con discapacidad de Écija y su comarca Prodis, se determinan las funciones que el Presidente puede delegar en el Vicepresidente, dando cuenta al Consejo Rector.
Vista la resolución de Alcaldía número 2019/2067, de fecha 17 de junio de 2019 publicada en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla número 150, de fecha 1 de julio de 2019, por la que se efectúa delegación genérica en la Quinta Teniente de Alcalde, doña Yolanda Díez Torres, en materia de Servicios Sociales, Igualdad, Vivienda y Participación Ciudadana.
Visto el informe de Secretaría número 22/2019 de fecha 4 de julio de 2019.
Visto lo dispuesto en los artículos 1.4 de los Estatutos de la Agencia Pública Administrativa Local de atención de personas con discapacidad de Écija y su comarca Prodis, 43 a 45 y 114 a 118 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y demás normativa concordante.
Atendido lo anterior, y en uso de las facultades que me confieren los artículos 10.2 y 11.2 de los Estatutos de la Agencia Pública Administrativa Local de atención de personas con discapacidad de Écija y su comarca Prodis, he tenido a bien dictar la siguiente resolución:
Primero.Delegar en la Vicepresidenta de la Agencia Pública Administrativa Local de atención de personas con discapacidad de Écija y su comarca Prodis, doña Yolanda Díez Torres, las atribuciones del Presidente a que se refiere el artículo 11.2 de los Estatutos de la citada Agencia Pública Administrativa Local, que son las que se indican a continuación:
a Aprobar la Oferta de Empleo Público, de acuerdo con el Presupuesto y la Plantilla aprobada por el Consejo Rector, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas.
b Desempeñar la jefatura superior de todo el personal de la Agencia Pública Administrativa Local, acordar su nombramiento y sanciones, incluida la separación del servicio de los funcionarios propios de este, y el despido del personal laboral, dando cuenta al Consejo Rector. Esta atribución no alcanzará al Secretario, al Interventor y al Tesorero.
c La adquisición de bienes y derechos cuando su valor no supere el 10% de los recursos ordinarios del Presupuesto ni los sesenta mil euros 60.000,00 €, así como la enajenación del patrimonio propio que no supere el porcentaje ni la cuantía indicados.
d La aprobación de los proyectos de obras y servicios, cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el Presupuesto.
e Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe esté entre los 50.000,00 € y no supere el 10% de los recursos ordinarios del Presupuesto de la Agencia Pública Administrativa Local ni, en cualquier caso, los ciento cincuenta mil euros 150.000,00 €; incluidas las de carácter plurianual, cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del Presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 22/7/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha22/07/2019

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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