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Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 3/7/2019
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla
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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 152
Miércoles 3 de julio de 2019
Segunda.Determinación de la garantía exigida por los artículos 42 y 52.C.4, de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía para Actuaciones en Suelo No Urbanizable.
La prestación de garantía exigida para la aprobación de planes especiales o proyectos de actuación queda determinada en Umbrete en el importe del 10% de la inversión.
Tercera.Determinación de la Prestación Compensatoria, exigida por los artículos 42 y 52.C.5, de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía para Actuaciones en Suelo No Urbanizable.
La prestación compensatoria exigida para la aprobación de planes especiales o proyectos de actuación queda determinada en Umbrete en los siguientes importes:
a Actuaciones de carácter agropecuario: 1% del valor de la inversión.
b Actuaciones de carácter industrial o de servicios: 2% del valor de la inversión.
Disposición final.
La presente Ordenanza fiscal, cuyo acuerdo de aprobación ha sido declarado definitivamente adoptado mediante Resolución de Alcaldía núm.282/2012, de 21 de junio, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la provincia, y será de aplicación a partir de ese día, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
En Umbrete a 26 de junio de 2019.El Alcalde, Joaquín Fernández Garro.
15W-4562
OTRAS ENTIDADES ASOCIATIVAS PÚBLICAS
CONSORCIO DE AGUAS DE LA SIERRA SUR
No habiéndose presentado reclamaciones contra el expediente de modificación presupuestaria por suplemento de crédito n.º 1/2019, dentro del presupuesto de 2019, aprobado inicialmente por la Junta General de este Consorcio, en sesión celebrada el día 22 de mayo de 2019, y publicado en el tablón de anuncios de este Consorcio y en el Boletín Oficial de la provincia n.º 122, de fecha 29 de mayo de 2019, queda elevado a definitivo, conforme a lo dispuesto en el art. 177, en relación con el 169, ambos del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo de 5 de marzo de 2004. El expediente se financia con el remanente líquido de tesorería para gastos generales.
El expediente, resumido por capítulos, es como sigue:
Capítulo
Denominación
V
Fondo de contingencia
Consignación inicial Aumentos propuestos
Consignación definitiva
Euros
Euros
Euros
6.000,00 €
268.800,00 €
274.800,00 €
Contra la aprobación definitiva de la modificación presupuestaria por suplemento de crédito n.º 1/2019, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos establecidos en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen pertinente.
En Los Corrales 26 de junio de 2019.El Secretario-Interventor, José Antonio Fuster Gil.
15W-4555
TASAS CORRESPONDIENTES AL
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEVILLA
Inserción anuncio, línea ordinaria . . . . . . . . . . . 2,10
Inserción anuncio, línea urgente . . . . . . . . . . . . 3,25
Importe mínimo de inserción . . . . . . . . . . . . . . 18,41
Venta de CDs publicaciones anuales . . . . . . . 5,72
Las solicitudes de inserción de anuncios, así como la correspondencia de tipo administrativo y económico, se dirigirán al Boletín Oficial de la provincia de Sevilla, avenida Menéndez y Pelayo, 32. 41071-Sevilla.
Dirección del Boletín Oficial de la provincia de Sevilla: Ctra. Isla Menor, s/n. Bellavista, 41014-Sevilla.
Teléfonos: 954 554 133 - 34 - 35 - 39. Faxes: 954 693 857 - 954 680 649. Correo electrónico: bop@dipusevilla.es
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