Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 6/5/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Lunes 6 de mayo de 2019

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 10223

cubrir la totalidad de las plazas de dichas acciones formativas antes de transcurrido el periodo reglamentario especificado en el párrafo anterior. El procedimiento que se establece en esta situación es la admisión de nuevas solicitudes por orden de recepción de posibles aspirantes, siempre que cumplan los requisitos de acceso a la misma.
Artículo 9.Requisitos de ayudas económicas.
El alumnado participantes, podrá percibir una ayuda económica en los itinerarios, que cubrirá los gastos de asistencia a la formación, transporte, manutención, alojamiento y conciliación con el cuidado familiar, siendo requisito de la misma que el participantes carezca de ingresos o rentas iguales o superior en cómputo mensual al 75 por ciento del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples IPREM = 537,84 . Este importe podrá variar en base a posibles actualizaciones del índice.
El importe de dicha ayuda asciende a 13,45 € por persona formada y día de asistencia y la misma sólo será devengada por aquellos días en que el participante haya efectivamente asistido, sin tener en cuenta las ausencias, aunque estén justificadas.
Las ayudas que perciban por prestaciones sociales públicas o de asistencia social, serán compatibles con la ayuda económica prevista en esta convocatoria por asistencia a itinerarios formativos.
De acuerdo con los criterios establecidos, se establece un procedimiento conducente a asegurar que ambos extremos, ausencia de rentas y asistencias, son efectivamente cumplidos por el participante.
Ausencia de rentas. El último día hábil de cada mes el participante del itinerario firmará una Declaración Responsable en la que comunique al Equipo de Técnico del Proyecto que, en ese momento, no se encuentra recibiendo ningún ingreso o renta igual o superior al 75 % IPREM. En este cómputo no se tendrán en cuenta las posibles ayudas sociales públicas o de asistencia social, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Resolución.
En esta Declaración se le solicitará al participante que autorice al Ayuntamiento a recabar información al respecto a la Tesorería General de la Seguridad Social.
Para tratar de asegurar el cumplimiento de este criterio, el Equipo Técnico del Proyecto realizará, de manera aleatoria, un muestreo del 20 % de entre todas las Declaraciones recibidas, solicitando la oportuna información a la Tesorería General de la Seguridad Social.
Asistencia. Durante el periodo de formación específica, complementaria y transversal se llevará un estricto control de asistencia de cada uno de los/as participantes, a través del oportuno Parte de Asistencia, que deberá firmar cada participante, a la entrada y salida del centro de formación.
Durante el periodo de prácticas en empresas, se llevará este mismo control, pero a diferencia del periodo de formación, pero ajustado al desarrollo individual de la prácticas.
Mensualmente, una vez recabados por parte del Equipo Técnico tanto las Declaraciones Responsables, como los Partes de Asistencia, se producirá el devengo de la ayuda, de conformidad a la normativa aplicable y al baremo de costes unitarios fijado en el Anexo II de la Convocatoria 13,45 €/persona/día de asistencia efectiva.
Artículo 10.Régimen jurídico.
La convocatoria de estas subvenciones se regirá por lo previsto en las presentes bases reguladoras, la Resolución de la Dirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas y Entes Locales, por la que se aprueba la convocatoria 2018 de ayudas del Fondo Social Europeo, previstas en el Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación POEFEdestinadas a entidades locales para la inserción de las personas más vulnerables AP-POEFE, la orden PARA/37/2018, de 16 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas del Fondo Social Europeo, previstas en el Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación, destinadas a entidades locales para la inserción de las personas más vulnerables, la Base 62 de ejecución presupuestaria de presupuesto del Ayuntamiento de La Rinconada, así como por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en cuanto le sea de aplicación.
En La Rinconada a 29 de abril de 2019.La Delegada de Empleo y Formación, Raquel Vega Coca.
ANEXO I

Para el acceso a certificados de profesionalidad de nivel 2 de cualificación profesional, se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
a Estar en posesión del título de Graduado en ESO.
b star en posesión de un certificado de profesionalidad del mismo nivel que el módulo o módulos formativos y/o certificado E
de profesionalidad al que se desea acceder.
c Estar en posesión de un certificado de profesionalidad de nivel 1 de la misma familia y área profesional.
d Cumplir los requisitos de acceso al ciclo formativo de grado medio:

1. Estar en posesión de un título de Técnico/a o de Técnico/a Auxiliar.

2. Tener superado el segundo curso de Bachillerato Unificado Polivalente BUP.

3.
Haber superado las correspondientes pruebas de acceso reguladas por las administraciones educativas se requerirá tener, al menos, diecisiete años, cumplidos en el año de realización de la prueba.
e Tener superada la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
f Tener las competencias clave necesarias. Las competencias clave pueden obtenerse a través de una de estas dos posibilidades:

1 Haber superado con evaluación positiva, apto/a, estas especialidades formativas:

FCOV22_2 Comunicación en lengua Castellana. 120 horas.

FCOV23_2 Competencia Matemática. 120 horas.
En el caso de que el certificado de profesionalidad de nivel 2 de cualificación al que se quiere acceder, incluya módulo formativo de inglés, además de las dos anteriores debe tener superado la siguiente especialidad:

FCOV05_2 Comunicación en Lenguas Extranjeras Inglés.180 horas.

2 aber superado con evaluación positiva, apto/a, la especialidad formativa, FCOV27_ 2 Comunicación en Lengua H
Castellana y competencia Matemática 240 horas, o si el certificado de profesionalidad de nivel 2 de cualificación incluye módulo formativo de inglés tener superado con evaluación positiva, apto/a, la siguiente especialidad formativa:
FCOV26_2 Comunicación en Lengua Castellana, competencia Matemática y Comunicación en Lengua Extranjera Inglés, de 420 horas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 6/5/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha06/05/2019

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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