Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 16/4/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Martes 16 de abril de 2019

Número 88

JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL DE SEVILLA
Don Antonio Dorado Picón, Secretario de la Junta Electoral Provincial de Sevilla.
Hago saber: Que la Junta Electoral Provincial de Sevilla en reunión del día de la fecha se ha acordado sobre determinación del número de Diputados correspondientes a la Diputación Provincial y su distribución entre los Partidos Judiciales, conforme determina el artículo 204 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, con las operaciones que a continuación se señalan:
Determinación de los Diputados Provinciales en la provincia de Sevilla.
Población de la provincia al de Sevilla 1.939.887.
Número de Partidos Judiciales: 9.
Según el artículo 204.1 el número de Diputados de la Diputación Provincial de Sevilla han de ser 31.
Ahora bien, a tenor de lo dispuesto en el artículo 204.2 b, en un Partido Judicial no puede haber más de 3/5 del total de Diputados. Si aplicamos esta proporción al número 31 que es el total de Diputados tendríamos el resultado de 20,12 diputados para el partido de Sevilla. Pero la atribución de 20 Diputados Provinciales al Partido de Sevilla, si aplicamos el redondeo que establece el art.
204.2 c excedería del límite de los 3/5 que establece, como máximo para cada Partido Judicial, el apartado 2.b del mismo artículo de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. La norma del redondeo, al alza o a la baja, de las fracciones, que contiene el referido apartado c, se refiere, de modo expreso, a las que resulten del reparto proporcional. No son, pues, aplicables para la posible superación del máximo de los 3/5, sino que su operatividad se limita a la primera operación que ha de llevarse a cabo, que es la del reparto proporcional, por todo ello, se acuerda atribuir al Partido Judicial de Sevilla el número de 18 Diputados.
Al sustraer dos Diputados al Partido de Sevilla, habría que asignar dos Diputados más. Según el artículo. 204.2 d, hay que añadir diputados a los Partidos Judiciales cuyo número de residentes por Diputados sea mayor.
Los mayores son Osuna y Carmona, a los que se asigna un diputado más:
Partido Judicial
Carmona Cazalla de la Sierra Écija Lora del Río Marchena Morón de la Frontera Osuna Sevilla Utrera Total provincia
Población
76.565
22.238
54.900
61.826
46.069
55.961
83.397
1.259.001
279.930
1.939.887

Asignación Art. 204.2.c proporc.

1,224
0,355
0,877
0,988
0,736
0,894
1,333
20,119
4,473

1
0 1
1 1
1 1
20
4 30

Art. 204.2.a
Art. 204.2.b
Art. 204.d Residentes/diputados
Diputados
1 1
1 1
1 1
1 20
4 31

1
1 1
1 1
1 1
18
4

76.565
22.238
54.900
61.826
46.069
55.961
83.397
69.944,5
69.982,5

2
1 1
1 1
1 2
18
4 31

29

La distribución definitiva quedaría de la siguiente forma:
Partido judicial
Diputados
Carmona Cazalla de la Sierra Écija Lora del Río Marchena Morón de la Frontera Osuna Sevilla Utrera
2 1
1 1
1 1
2 18
4

En Sevilla a 12 de abril de 2019.El Secretario de la Junta Electoral Provincial de Sevilla, Antonio Dorado Picón.
4W-2782

JUNTAS ELECTORALES DE ZONA

CAZALLA DE LA SIERRA
Doña Natalia Tamés Llana, Secretaria de la Junta Electoral de Zona de Cazalla de la Sierra Sevilla.
Hace saber: Que con fecha 5 de abril de 2019, con motivo de la convocatoria de Elecciones Locales en Real Decreto 209/19, de 1 de abril 2019, Boletín Oficial del Estado de 2 de abril de 2019 y Elecciones de Diputados al Parlamento Europeo en Real Decreto 206/19, de 1 de abril de 2019, Boletín Oficial del Estado de 2 de abril de 2019, previstas para el próximo día 26 de mayo de 2019, en virtud de lo dispuesto por los artículos 14 y 15 de la LOREG, ha quedado prorrogada esta Junta Electoral de Zona de Cazalla de la Sierra Sevilla, que queda de la siguiente forma:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 16/4/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha16/04/2019

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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