Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 6/3/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 53

Miércoles 6 de marzo de 2019

2.3.Bocaminas.
Artículo 8.Bocaminas.
El estudio de detalle incluye la ubicación referenciada de 5 pozos o bocaminas. Para los cuales se establecen las siguientes determinaciones.
8.1. Se mantendrá la rasante de la boca de salida del pozo tal y como se fija en el Estudio de Detalle. Para cambiar esta rasante se deberá justificar desde el proyecto de ejecución y contar con el visto bueno de la Comisión Local de Patrimonio.
8.2. Se ejecutará un cerramiento apropiado del pozo que permita el registro del mismo y garantice su cierre a personal no autorizado.
8.3. El trazado de las calzadas para tráfico rodado deben evitar coincidir con los pozos.
8.4. Las especies de plantas ubicadas en un radio de 5 metros del pozo deben garantizar que no afectan a la estabilidad del mismo.
8.5. En caso de localización e identificación de algún pozo o bocamina nueva, el tratamiento será el anteriormente expuesto para los 5 pozos actuales.
3.Criterios de diseño.
Teniendo en cuenta los objetivos de integración urbanística que se persiguen con el desarrollo del SG-El-02 se describen a continuación criterios de diseño de elementos singulares del parque:
Artículo 9.Cerramiento.
9.1. La posibilidad de vallar el parque queda limitada a la zona 02. Se considera, por tanto, que las zonas 01 y 03 deberán permanecer como parques abiertos.
9.2. En la zona 02 el vallado deberá permitir la comunicación este-oeste entre los accesos 01 y 02, es decir, la conexión interior del parque entre estos dos accesos debe quedar fuera de la zona vallada del parque al objeto de garantizar que este tránsito es posible incluso en los momentos que el parque permanezca cerrado.
9.3. El cerramiento tendrá que ser lo menos opaco posible, de manera que exista control visual del interior del parque desde el exterior del mismo. En las zonas de pendiente superior 6%, el cerramiento podrá tener una parte opaca de muro o fábrica maciza hasta una altura de 0,80 m, con el propósito de poder adaptar el cerramiento a zonas con pendiente de la mejor manera posible y realizar labores de contención de tierras o escorrentías.
9.4. El cerramiento tendrá que respetar siempre los accesos definidos en el presente estudio de detalle, contando con una distancia de paso libre de 4 m en cada acceso. Además las puertas de acceso se diseñaran de manera que cuenten con dos posiciones fijas abierto-cerrado, de manera que los usuarios no puedan manipularlas.
Artículo 10.Vegetación.
En el diseño del parque se primará el empleo de especies autóctonas y con bajo mantenimiento.
Artículo 11.Pavimentos.
Se minimizará la superficie pavimentada no permeable al agua.
Artículo 12.Instalaciones.
Las instalaciones deben ser subterráneas y sus elementos emergentes deben estar integrados correctamente.
4.Recomendaciones de carácter indicativo.
Recorridos interiores del parque: Se plantea la necesidad de diseñar un recorrido interior del parque que permita el tráfico rodado, con el objeto de poder utilizar vehículos autónomos para las labores de mantenimiento.
Vegetación: En el diseño de la vegetación se primará el uso de especies autóctonas y se potenciará la creación de sombras.
Pavimentos: Se plantea minimizar la superficie destinada a pavimentos rígidos y en el caso que resulte posible se minimizará también el uso de soleras de hormigón armado.
Elementos de sombra: Teniendo en cuenta que actualmente esta zona tiene poca vegetación y el crecimiento de la misma no permitirá contar con espacios sombreados hasta pasar varios años se plantea la posibilidad de incluir en el diseño del parque la ejecución de pérgolas o estructuras textiles para sombra, principalmente asociados a los espacios de estancia y los entornos de pavimentos rígidos.
15W-1215

LOS CORRALES
Don Juan Manuel Heredia Bautista, Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de esta villa.
Habiéndose aprobado, en virtud de Acuerdo de Pleno de este Ayuntamiento adoptado el día 17 de diciembre de 2018, la actualización del Inventario Municipal de Bienes y Derechos pertenecientes a este Municipio y el Catálogo Parcial de Caminos Públicos que discurren por este Término Municipal, se somete de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Loca y en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, a trámite de información pública y audiencia de los interesados por plazo de treinta días mediante anuncio en el Boletín Oficial de la provincia. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las Dependencias Municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento dirección: https sede.loscorrales.es/ y en su portal de la transparencia dirección: http transparencia.loscorrales.es/es/.
De no presentarse alegaciones en el mencionado plazo, se considerará aprobado definitivamente el Acuerdo hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo expreso por el Pleno.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Los Corrales a 22 de febrero de 2019.El Alcalde, Juan Manuel Heredia Bautista.
6W-1430

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 6/3/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha06/03/2019

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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