Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 16/1/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 12

Miércoles 16 de enero de 2019

A solicitud del/de la beneficiario/a podrán ser presentadas fotocopias de las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, los/las cuales serán compulsados/as previamente por el área correspondiente a la Línea de subvención. Tanto los justificantes originales presentados como las fotocopias compulsadas de los mismos, se marcarán con una estampilla indicando en la misma la subvención para cuya justificación han sido presentados y si el importe del justificante se imputa total o parcialmente a la subvención.
Todas las facturas deberán tener como fecha de emisión el ejercicio objeto de la subvención, salvo que la actividad desarrollada haya tenido lugar en distinta fecha prevista en el correspondiente anexo de la convocatoria.
El importe justificado deberá alcanzar el 100% del presupuesto del proyecto aceptado. Caso de que la justificación no alcance la totalidad del presupuesto aceptado, el/la beneficiario/a deberá reintegrar la parte proporcional correspondiente del porcentaje de la subvención concedida.
No podrá abonarse el pago de subvenciones a entidades beneficiarias que no hayan justificado en tiempo y forma otra/s subvencion/es concedida/s con anterioridad con cargo a créditos gestionados por el Ayuntamiento de Utrera.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse por los interesados:
Recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla o la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, según el objeto de los actos, conforme a los dispuesto en el art. 109.c de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, los interesados podrán interponer otro recurso que estime conveniente a su derecho.
En Utrera a 10 de enero de 2019.El Secretario General, Juan Borrego López.
15W-147

VILLAVERDE DEL RÍO
Don José María Martín Vera, Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de esta localidad.
Hace saber: Que la Corporación Municipal en pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de diciembre de 2018, entre otros asuntos, acordó la modificación provisional de la siguiente Ordenanza fiscal:

Ordenanza fiscal n.º 22, reguladora de la tasa por expedición de documentos.
Lo que se hace público para general conocimiento, pudiendo los interesados examinar el expediente en el tablón de anuncios de la entidad, y presentar las reclamaciones que consideren oportunas durante el plazo de treinta días, de conformidad con el art. 17
del Real Decreto Legislativo 2/2004, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y finalizado el periodo de exposición pública, la Corporación Municipal en pleno, adoptará los acuerdos definitivos que procedan, resolviendo las reclamaciones que se hubieren presentado, aprobando la redacción definitiva de las modificaciones a que se refiere el acuerdo provisional.
En caso de que no se hubieren presentado reclamaciones, se entenderá definitivo el acuerdo adoptado, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.
Lo que se hace saber a los efectos oportunos.
En Villaverde del Río a 8 de enero de 2019.El Alcalde, José María Martín Vera.
15W-115

TASAS CORRESPONDIENTES AL
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEVILLA

Inserción anuncio, línea ordinaria . . . . . . . . . . . 2,10
Inserción anuncio, línea urgente . . . . . . . . . . . . 3,25

Importe mínimo de inserción . . . . . . . . . . . . . . 18,41
Venta de CDs publicaciones anuales . . . . . . . 5,72

Las solicitudes de inserción de anuncios, así como la correspondencia de tipo administrativo y económico, se dirigirán al Boletín Oficial de la provincia de Sevilla, avenida Menéndez y Pelayo, 32. 41071-Sevilla.

Dirección del Boletín Oficial de la provincia de Sevilla: Ctra. Isla Menor, s/n. Bellavista, 41014-Sevilla.
Teléfonos: 954 554 133 - 34 - 35 - 39. Faxes: 954 693 857 - 954 680 649. Correo electrónico: bop@dipusevilla.es
Diputación Provincial - Imprenta

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 16/1/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha16/01/2019

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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