Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 7/4/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Sábado 7 de abril de 2018

Número 79

JUNTA DE ANDALUCÍA

Consejería de Economía y Conocimiento - Consejería de Empleo, Empresa y Comercio
Delegación Territorial en Sevilla Convenio o acuerdo: Copacial, S.A.
Expediente: 41/01/0031/2018.
Fecha: 16 de febrero de 2018.
Asunto: Resolución de inscripción y publicación.
Destinatario: Don Jaime García Abad.
Código: 41000932011989.
Visto el Convenio Colectivo de la empresa Copacial, S.A. código 41000932011998, suscrito por la referida entidad y la representación legal de los trabajadores, con vigencia desde el 1 de enero de 2018 al 31 de diciembre de 2019.
Visto lo dispuesto en el art. 90.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre E.T., de acuerdo con el cual los convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral, a los solos efectos de su registro.
Visto lo dispuesto en los arts. 2, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósitos de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, serán objeto de inscripción en los registros de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de las autoridades laborales los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, sus revisiones, modificaciones y/o prórrogas, acuerdos de comisiones paritarias, acuerdos de adhesión a un convenio en vigor, acuerdos de planes de igualdad y otros.
Visto lo dispuesto en los arts. 3, 6 y 8 del RD 713/2010, de 28 de mayo, Real Decreto 4043/82, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo y el Decreto 342/2012, de 31 de julio, que regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía. Es competencia de esta Delegación Territorial dictar la presente resolución de conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria única del Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, en relación con el Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.
Esta Delegación Territorial acuerda:
Primero: Registrar y ordenar el depósito del Convenio Colectivo de la empresa Copacial, S.A. código 41000932011998, suscrito por la referida entidad y la representación legal de los trabajadores, con vigencia desde el 1 de enero de 2018 al 31 de diciembre de 2019.
Segundo: Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la provincia.
Sevilla a 16 de febrero de 2018.El Delegado Territorial, Juan Borrego Romero.
CONVENIO COLECTIVO SINDICAL DE LA EMPRESA COPACIAL, S.A.

Artículo 1. El presente Convenio Colectivo, regula las relaciones laborales entre todos los trabajadores de Copacial, S.A., y la propia Empresa, encuadrada en la actividad del comercio al por menor de pan, pastelería, confitería y similares y de leche y productos lácteos, en Sevilla capital y provincia.
La duración del presente convenio será de dos años, contados a partir del 1 de enero de 2018, y por tanto, el mismo terminará el día 31 de diciembre de 2019.
El Convenio se prorrogará por anualidades sucesivas, si no es denunciado por alguna de las partes ante la otra, al menos, con dos meses de antelación a la fecha de expiración del periodo de vigencia o de cualquiera de sus prórrogas.
Artículo 2. Las condiciones pactadas en el presente Convenio, forman un todo orgánico y serán consideradas globalmente, por lo que cualquiera de ellas carecerá de valor, si no son aplicadas en su totalidad.
Artículo 3. Los salarios bases son los que figuran para cada categoría en las Tablas salariales del Anexo número 1, para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2.019.
Para el periodo comprendido entre el 1/01//2018 y el 31/12/2018, los salarios bases serán el resultado de incrementar las tablas salariales vigentes a 31/12/2017 en un 6,80%.
Para el periodo comprendido entre el 1/01/2019 y el 31/12/2019, los salarios bases serán el resultado de incrementar las tablas salariales vigentes a 31/12/2018 en un 1,1%. En el caso de que alguna categoría quedase por debajo del SMI para el año 2019, se aplicará como salario base, el SMI para esa categoría. Es decir, el SMI anual dividido entre 15.
Artículo 4. Los trabajadores sujetos al ámbito de aplicación del presente Convenio Colectivo devengarán quinquenios del 5%
calculados sobre los salarios que constan más adelante con un máximo de tres quinquenios o del 15%.
Los valores para calcular la antigedad serán fijos de por vida y cada quinquenio se calculara tomando como base la siguiente tabla:
Categorías
Euros
Dependiente responsable
504,63

Dependiente
504,63

Ayudante
486,12

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 7/4/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha07/04/2018

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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