Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 26/3/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Lunes 26 de marzo de 2018

Número 70

JUNTA DE ANDALUCÍA

Consejería de Economía y Conocimiento - Consejería de Empleo, Empresa y Comercio
Delegación Territorial en Sevilla Convenio o acuerdo: Convenio Colectivo de Limpieza de la empresa Clece, S.A., del Hospital de la Merced de Osuna.
Expediente: 41/01/0162/2017.
Fecha: 19 de enero de 2018.
Asunto: Resolución de inscripción y publicación.
Destinatario: Don Francisco Sánchez Ortiz.
Código: 41100241012014.
Visto el Convenio Colectivo de la empresa Clece, S.A. Limpieza Hospital de la Merced de Osuna, código 41100241012014, suscrito por la referida entidad y la representación legal de los trabajadores, con vigencia desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2018 art. 2 CC.
Visto lo dispuesto en el art. 90.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre E.T., de acuerdo con el cual los convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral, a los solos efectos de su registro.
Visto lo dispuesto en los arts. 2, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósitos de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, serán objeto de inscripción en los registros de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de las autoridades laborales los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, sus revisiones, modificaciones y/o prórrogas, acuerdos de comisiones paritarias, acuerdos de adhesión a un convenio en vigor, acuerdos de planes de igualdad y otros.
Visto lo dispuesto en los arts. 3, 6 y 8 del RD 713/2010, de 28 de mayo, Real Decreto 4043/82, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo y el Decreto 342/2012, de 31 de julio, que regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía. Es competencia de esta Delegación Territorial dictar la presente resolución de conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria única del Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, en relación con el Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.
Esta Delegación Territorial, acuerda:
Primero: Registrar y ordenar el depósito del Convenio Colectivo de la empresa Clece S.A. Limpieza Hospital de la Merced de Osuna, código 41100241012014, suscrito por la referida entidad y la representación legal de los trabajadores, con vigencia desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2018 art. 2 CC.
Segundo: Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la provincia.
Sevilla a 6 de febrero de 2018.El Delegado Territorial, Juan Borrego Romero.
CONVENIO COLECTIVO DE LIMPIEZA DE LA EMPRESA CLECE, S.A., DEL HOSPITAL DE LA MERCED DE OSUNA

Artículo preliminar.
El presente Convenio lo conciertan, de una parte, el Comité de Empresa del personal de limpieza del centro de trabajo Hospital de la Merced de Osuna y, de otra, la empresa concesionaria del servicio de limpieza del mencionado centro, Clece, S.A.
Artículo 1. Ámbito territorial, personal y funcional.
El presente convenio colectivo regulará, a partir de su entrada en vigor, las relaciones laborales entre la empresa concesionaria del servicio de limpieza del Hospital de la merced de Osuna y los/as trabajadores/as de ésta que prestan sus servicios en dicho centro de trabajo.
Artículo 2. Ámbito temporal.
El presente convenio entrará en vigor a partir de la fecha de su firma, si bien los efectos económicos se retrotraerán al día 1 de Enero de 2018, salvo aquellos conceptos que tengan otra fecha distinta pactada, su duración será de dos años, hasta el 31 de diciembre de 2018.
El convenio se entenderá denunciado automáticamente el día 31 de Octubre de 2018, salvo acuerdo de las partes en sentido contrario. Una vez denunciado el convenio y hasta su nuevo acuerdo, el texto será de aplicación en su totalidad tanto en los apartados dispositivos como normativo.
Artículo 3. Vinculación a la totalidad.
Las condiciones pactadas en el presente Convenio Colectivo forman un todo orgánico e indivisible, y a efectos de su aplicación práctica hablan de ser consideradas globalmente, por tanto, si por cualquier causa fuese declarado nulo algún artículo de este convenio, por intervención de la Autoridad Laboral, a título individual o colectivo, dicho título individual o colectivo pasarían al Convenio Provincial de Edificios y Locales de Sevilla.
Artículo 4. Cese de contratas de limpieza.
Se estará a lo establecido en el art. 12 del actual Convenio Colectivo Provincial para el sector de limpieza de Edificios y Locales de Sevilla.
Artículo 5. Facultad de organización empresarial.
La organización técnica y práctica del trabajo, con sujeción a la presente disposición y a la legislación vigente, es facultad de la Dirección y sus representantes legales, los Comités de Empresa, Delegados/as de Personal y Secciones Sindicales, tendrán las competencias señaladas por el Estatuto de Ley Orgánica de Libertad Sindical y el presente Convenio Colectivo.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 26/3/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha26/03/2018

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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