Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 21/3/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Miércoles 21 de marzo de 2018

Número 66

DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS DEL MINISTERIO DE FOMENTO

Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental Pago de tasaciones motivados por expedientes de expropiación forzosa.
Recibidos los libramientos para los pagos acordados en las obras que se especifican, se avisa a los interesados que se relacionan a continuación a fin de que se personen en el lugar y fechas que se indican:
Ayuntamiento de La Rinconada. Día 12 de abril de 2018.
48-SE-4450. Justiprecio del jurado. Autovía SE-40, sector este. Tramo La Rinconada A-4 Alcalá de Guadaíra A-92.
Término municipal de La Rinconada. Provincia de Sevilla.
10.00 horas, finca 41-405.0018OT, Carlos, Juan Antonio, M. Mercedes y Jaime Basagoiti Sanjinés; Ana y Alfonso Areitio Basagoiti; M. Teresa Noguera Espinosa; Salvador e Ignacio Basagoiti Noguera; Carmen Olano Fontcubierta; Odilia Puig Girona.
Se deberá aportar nota simple actual del Registro de la Propiedad relativa a la finca objeto de la expropiación.
Deberán comparecer todos los titulares de derecho afectados con su D.N.I. Documento Nacional de Identidad; en caso de no poder asistir al acto de pago podrán ser representados por persona provista de poder notarial, ya sea general o especial para este acto, identificándose la persona con la documentación oportuna Documento Nacional de Identidad, como previene el artículo 49.4 del Reglamento, de 26 de abril de 1954, de la Ley de Expropiación Forzosa.
En caso de herederos, se acreditará su calidad como tales con los documentos públicos testamento, declaración de herederos, escritura de partición, etc. y estar todos ellos presentes o contar con el apoderamiento de los ausentes, así como haber pagado el impuesto sobre sucesiones.
En caso de ser arrendatario, deberá presentar contrato de arrendamiento y últimos recibos de pago de dicho arrendamiento.
Se le significa que si la finca estuviera gravada por alguna carga, deberá ser acreditada su liberalización antes del pago.
En el caso de que deseen cobrar por transferencia deberán solicitarlo y enviar la documentación acreditativa que le corresponda debidamente compulsada por organismo competente, así como certificado del banco indicando que existe la cuenta a nombre del titular del expediente, debiendo ser recibido antes de la fecha indicada para el pago.
De no comparecer al pago y no solicitar transferencia bancaria se procederá a consignar las cantidades indicadas al principio en la Caja General de Depósitos de la Delegación de Hacienda, estando a su disposición cuando aporte la documentación requerida.
En Sevilla a 14 de marzo de 2018.El Jefe del Servicio de Actuación Administrativa, Rafael Pajarón Sotomayor.
8D-2139

Pago de tasaciones motivados por expedientes de expropiación forzosa.
Recibidos los libramientos para los pagos acordados en las obras que se especifican, se avisa a los interesados que se relacionan a continuación a fin de que se personen en el lugar y fechas que se indican:
Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental. Día 13 de abril de 2018.
48-SE-4520. Mutuos acuerdos. Autovía SE-40, sector suroeste. Tramo Dos Hermanas A-4 Coria del Río A-8058. Término municipal de Sevilla. Provincia de Sevilla.
10.00 horas, finca 41-001.0017-CP, M. Teresa y Rafael Mariano Domínguez Fraile; Javier Fernando y M. Isabel Domínguez Gutiérrez, Enrique, Juan, Rocío y Teresa Santuré Domínguez y Teresa Domínguez Ledesma-Sanabria.
10.15 horas, finca 41-001.0018-AR-CP, Antonio Bohorquez e Hijos, S.L.
Se deberá aportar nota simple actual del Registro de la Propiedad relativa a la finca objeto de la expropiación.
Deberán comparecer todos los titulares de derecho afectados con su D.N.I. Documento Nacional de Identidad; en caso de no poder asistir al acto de pago podrán ser representados por persona provista de poder notarial, ya sea general o especial para este acto, identificándose la persona con la documentación oportuna Documento Nacional de Identidad, como previene el artículo 49.4 del reglamento, de 26 de abril de 1954, de la Ley de Expropiación Forzosa.
En caso de herederos, se acreditará su calidad como tales con los documentos públicos testamento, declaración de herederos, escritura de partición, etc. y estar todos ellos presentes o contar con el apoderamiento de los ausentes, así como haber pagado el impuesto sobre sucesiones.
En caso de ser arrendatario, deberá presentar contrato de arrendamiento y últimos recibos de pago de dicho arrendamiento.
Se le significa que si la finca estuviera gravada por alguna carga, deberá ser acreditada su liberalización antes del pago.
En el caso de que deseen cobrar por transferencia deberán solicitarlo y enviar la documentación acreditativa que le corresponda debidamente compulsada por organismo competente, así como certificado del banco indicando que existe la cuenta a nombre del titular del expediente, debiendo ser recibido antes de la fecha indicada para el pago.
De no comparecer al pago y no solicitar transferencia bancaria se procederá a consignar las cantidades indicadas al principio en la Caja General de Depósitos de la Delegación de Hacienda, estando a su disposición cuando aporte la documentación requerida.
En Sevilla a 14 de marzo de 2018.El Jefe del Servicio de Actuación Administrativa, Rafael Pajarón Sotomayor.
8D-2140

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 21/3/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha21/03/2018

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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