Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 13/3/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 59

Martes 13 de marzo de 2018

Y para que sirva de notificación al demandado Autocristal Carlos Murgi, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla a 7 de marzo de 2018.La Letrada de la Administración de Justicia, María Auxiliadora Ariza Fernández.
8W-1943

SEVILLA.JUZGADO NÚM. 3
Procedimiento: 343/15.
Ejecución de títulos judiciales 29/2018. Negociado: 1J.
N.I.G.: 4109144S20150003639.
De: María del Carmen Casas Oteros.
Contra: Miguel Pérez M, S.L.
Doña María Auxiliadora Ariza Fernández, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número tres de los de esta capital y su provincia.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 29/2018 a instancia de la parte actora María del Carmen Casas Oteros contra Miguel Pérez M, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado auto general de ejecución y decreto de medidas de ejecución con señalamiento de comparecencia judicial ambos de fecha 13 de febrero de 2018, cuyas partes dispositivas, son del tenor literal siguiente:
Auto general de ejecución.
Parte dispositiva.
S.S. Ilma. dijo: Procédase a la ejecución frente a la empresa Miguel Pérez M, S.L., con CIF N.º B-41626680, en favor de la ejecutante María del Carmen Casas Oteros con NIF N.º 79.218.163-E, en cuantía de 4.203,95 euros de principal y 900 euros en concepto de intereses y costas que se presupuestan provisionalmente.
Igualmente, se acuerda y respecto a la reclamación de despido, despachar la orden general de ejecución frente a la empresa Miguel Pérez M, S.L., con CIF N.º B-41626680, en favor de la ejecutante María del Carmen Casas Oteros con NIF N.º 79.218.163E, debiéndose citar de comparecencia a las partes, conforme establecen los arts. 279 y siguientes de la Ley 36/2011, al objeto de extinguir la relación laboral entre las mismas.
Notifíquese esta resolución a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, conforme lo preceptuado en el art. 239.4 de la Ley 36/2011 de 10 de octubre reguladora de la Jurisdicción Social, en el que además de alegar las infracciones en que hubiera incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.
Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en Santander n.º 4022-0000-64-034315, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo Concepto que se trata de un recurso seguido del código 30 y Social-reposición, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.
Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Santander ES55 0049 3569920005001274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social n.º tres de Sevilla y en Observaciones se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos separados por un espacio el código 30
y Social-reposición Así por este auto, lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número 3 de Sevilla. Doy fe.
El Magistrado-Juez.La Letrada de la Administración de Justicia.
Decreto ejecución con fecha de comparecencia.
Parte dispositiva.
Habiéndose dictado orden general de ejecución frente a la empresa Miguel Pérez M, S.L., con CIF N.º B-41626680, en favor de la ejecutante María del Carmen Casas Oteros con NIF N.º 79.218.163-E, en cuantía de 4.203,95 euros de principal y 900 euros en concepto de intereses y costas que se presupuestan provisionalmente, y no pudiéndose practicar diligencia de embargo, al encontrarse la ejecutada declarada en situación de insolvencia provisional, requiérase a la parte ejecutante a fin de que, en el plazo de diez días, señale bienes, derechos y acciones propiedad de la ejecutada que puedan ser objeto de embargo.
Hallándose la ejecutada declarada en insolvencia provisional por el Juzgado de lo Social N.º 4 de Sevilla Autos 297/15
Ejecución 202/17, dese traslado al Fondo de Garantía Salarial para que, en el plazo de quince días, manifieste lo que a su derecho le pudiera convenir, sobre la posible declaración de insolvencia provisional a la ejecutada, advirtiéndole que transcurrido dicho plazo de no efectuarse alegaciones o designarse nuevos bienes de la ejecutada sobre los que trabar embargo, se dictará Decreto de Insolvencia Provisional de la misma.
Notifíquese esta resolución a la parte ejecutante y al FGS y encontrándose la empresa ejecutada en paradero desconocido, notifíquese la presente resolución mediante Edicto a publicarse en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla.
Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 155.5 de la LEC, si cambiasen su domicilio, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares siempre que estos últimos esté siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la oficina judicial durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente a la misma.
Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 155.5 de la LEC, si cambiasen su domicilio, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares siempre que estos últimos esté siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la oficina judicial durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente a la misma.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 13/3/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha13/03/2018

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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