Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 23/2/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 45

Viernes 23 de febrero de 2018

Exhibir el logotipo del Ayuntamiento, tanto en la publicidad de las actividades o proyectos subvencionados, como en toda actividad subvencionada en la que el Ayuntamiento colabore en su organización.
Informar por escrito a la Delegación municipal correspondiente, con 15 días de antelación, de la realización de la actividad subvencionada, indicando fecha, hora y lugar de la misma.
Los gastos subvencionables son aquellos que de manera indubitada responden a la naturaleza de la actividad subvencionada y figuran en el correspondiente presupuesto, debiendo realizarse en el plazo determinado en la propia convocatoria.
Dichos gastos deben especificarse con claridad, no admitiéndose conceptos tan imprecisos como gastos diversos, gastos varios, otros gastos etc.
A tales efectos, los/las perceptores de la subvención deberán aportar facturas, recibos, boletines de cotización a la seguridad social TC1 y TC2, e impresos de ingreso en Hacienda de las retenciones practicadas en concepto de I.R.P.F.
Los beneficiarios de las subvenciones estarán obligados a presentar en el negociado o departamento correspondiente de la Intervención General de Fondos del Excmo. Ayuntamiento de Utrera, en el plazo de tres meses desde la recepción de los fondos, o bien, una vez finalizada la actividad, proyecto, programa, etc. subvencionado, si el plazo de ejecución de éstos fuera mayor, cuenta justificativa que contendrá, como mínimo, la siguiente documentación:
a Cuando el destino de la subvención sea la realización de obra o instalación, será preciso que un técnico de los servicios municipales correspondiente, se persone en el lugar y extienda acta del estado en que se halla la obra ejecutada.
b Certificación acreditativa de que los fondos recibidos del Excmo. Ayuntamiento de Utrera en concepto de subvención han sido aplicados en su totalidad a los fines que han motivado la concesión y que se han cumplido los requisitos y condiciones que determinaron la concesión o disfrute de la misma, expedida por el beneficiario o su representante si se trata de una persona jurídica. Modelo 2.
c La cuenta justificativa Modelo 2 contendrá la siguiente información:
1 U
na memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
2 U
na relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago.
3 U
n detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
4 En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.
A solicitud del/de la beneficiario/a podrán ser presentadas fotocopias de las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, los/las cuales serán compulsados/as previamente por la Intervención General del Ayuntamiento de Utrera. Tanto los justificantes originales presentados como las fotocopias compulsadas de los mismos, se marcarán con una estampilla indicando en la misma la subvención para cuya justificación han sido presentados y si el importe del justificante se imputa total o parcialmente a la subvención.
Todas las facturas deberán tener como fecha de emisión el ejercicio objeto de la subvención, salvo que la actividad desarrollada haya tenido lugar en distinta fecha prevista en el correspondiente Anexo de la convocatoria.
El importe justificado deberá alcanzar el 100% del presupuesto del proyecto aceptado. Caso de que la justificación no alcance la totalidad del presupuesto aceptado, el/la beneficiario/a deberá reintegrar la parte proporcional correspondiente del porcentaje de la subvención concedida.
No podrá abonarse el pago de subvenciones a entidades beneficiarias que no hayan justificado en tiempo y forma otra/s subvención/es concedida/s con anterioridad con cargo a créditos gestionados por el Ayuntamiento de Utrera.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En Utrera a 16 de febrero de 2018.El Secretario General, Juan Borrego López.
6W-1376

TASAS CORRESPONDIENTES AL
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEVILLA
Inserción anuncio, línea ordinaria . . . . . . . . . . .
Inserción anuncio, línea urgente . . . . . . . . . . . .

2,10
3,25

Importe mínimo de inserción . . . . . . . . . . . . . .
Venta de CDs publicaciones anuales . . . . . . .

18,41
5,72

Las solicitudes de inserción de anuncios, así como la correspondencia de tipo administrativo y económico, se dirigirán al Boletín Oficial de la provincia de Sevilla, avenida Menéndez y Pelayo, 32. 41071-Sevilla.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 23/2/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha23/02/2018

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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