Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 20/5/2000

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

D

IPU

TACIO

N

DE

SEV I LLA

Boletín oficial de la provincia de Sevilla
Sábado 20 de mayo de 2000

Número 115

JUNTA DE ANDALUCÍA

Consejería de Obras Públicas y Transportes
Delegación Provincial de Sevilla Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo Para general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto 77/94 por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, se hace público que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, constituida legalmente en sesión ordinaria de 31 de enero de 2000, ha dictado la siguiente resolución:
Parque de almacenamiento de líquidos petrolíferos en carretera SE-451, km. 225, del municipio de Morón de la Frontera. Expediente: SE/589/99.
Se acompaña texto íntegro de la resolución para su transcripción completa en el anuncio. Anexo 1.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, bien directamente o a través de esta Delegación, ante el Excmo.
señor Consejero de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación de la presente resolución, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.V.º B El Vicepresidente, José Jurado Marcelo.El Secretario, Esteban Castellví Martínez.
Anexo I
Expediente: SE-589/99.
Visto el proyecto de instalación de parque de almacenamiento de líquidos petrolíferos en carretera SE-451 de Morón a Puebla de Cazalla, pk. 2,25, del municipio de Morón de la Frontera Sevilla.
Vistos el Decreto 77/1994, de 5 de abril, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen;
la Ley del Parlamento de Andalucía 1/1997, de 18 de junio, por la que adoptan con carácter urgente y transitorio disposiciones en materia de Régimen del Suelo y Ordenación Urbana; el Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio de 1992, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana; la Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones y demás legislación urbanística aplicable.
Hechos Primero.El proyecto consiste en completar el centro de almacenamiento de gas licuado autorizado por resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 25 de febrero de 1999, para ocupar el resto de la finca que queda libre, en el p.k.
2,25 de la carretera SE-451. Morón-Puebla de Cazalla, de Morón de la Frontera.
La instalación proyectada se encuentra en suelo no urbanizable, mantenimiento de usos, grupo segundo, área de olivar, según las Normas Subsidiarias Municipales aprobadas definitivamente en fecha 7 de octubre de 1982 y modificación de fecha 10 de julio de 1991.
Segundo.En cumplimiento de lo establecido por el artículo 16.3.2. del texto refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, el proyecto de referencia ha sido expuesto al público durante quince días, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la provncia número 289, de fecha 16 de diciembre de 1999. Durante el período mencionado, no se han producido alegaciones.

En el expediente consta informe favorable del Ayuntamiento de Morón de la Frontera, de fecha 20 de octubre de 1999, respecto a la implantación de esta instalación en el suelo no urbanizable.
Tercero.Han emitido informe en relación a la presente instalación los siguientes organismos:
El Servicio de Explotación de Carreteras de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de Sevilla informa la presente instalación especificando que con fecha 8 de abril de 1999 se autorizó el acceso a la misma, que en la actualidad se encuentra ejecutado.
La Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente informa favorablemente la presente instalación especificando, por otra parte, que la misma debe respetar la vía pecuaria colidante.
Fundamentos de derecho Primero.Con fecha 20 de marzo de 1997, el Tribunal Constitucional dictó sentencia 61/1997, sobre el texto refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio.
En la sentencia del Tribunal Constitucional se declararon inconstitucionales y, consecuentemente, nulos gran parte de los artículos del Texto Refundido de la Ley del Suelo 1992. El motivo de inconstitucionalidad de estos preceptos era que la regulación de su contenido por la Administración Central invadía las competencias de las Comunidades Autónomas en materia de urbanismo, tal como se establece por el artículo 148 de la Constitución Española.
Con fecha 18 de junio de 1997, el Parlamento de Andalucía ha aprobado la Ley 1/1997, por la que se adoptan con carácter urgente y transitorio disposiciones en materia de régimen de suelo y ordenación urbana. En esta Ley se adoptan como normas propias de la Comunidad Autónoma de Andalucía la mayor parte de los preceptos del texto refundido de la Ley del Suelo 1992 declarados inconstitucionales por la referida sentencia.
Por último, se ha producido la promulgación de la Ley 6/98, de 13 de abril, sobre el régimen del suelo y valoraciones, que ha entrado en vigor el día 4 de mayo de 1998, y que recoge la legislación vigente en materia de suelo en lo que es competencia del Estado. Esta ley también deroga determinados preceptos del Texto Refundido de la Ley del Suelo 1992.
En consecuencia, todas las referencias que se hagan en esta resolución al articulado del Texto Refundido de la Ley del Suelo 1992 deben considerarse formuladas en el marco jurídico derivado de la Ley 1/1997, del Parlamento de Andalucía y de la Ley 6/98.
Segundo.El procedimiento seguido para la autorización de la presente instalación se ha ajustado a lo que establece el artículo 16.3.2. del Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana y el artículo 44.2 del Reglamento de Gestión Urbanística, por lo que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla debe resolver lo que proceda sobre la presente petición, en virtud de la competencia que le otorga el artículo 12.3.º del Decreto 77/1994 por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
Tercero.El interés social de la presente instalación se justifica por tratarse de una actividad que forma parte del sistema de distribución de combustible y por contribuir a la economía de la zona. Por otra parte, se considera que está justificada la necesidad de su emplazamiento en el suelo no urbanizable por ser necesario que este tipo de instalaciones se retiren de los núcleos de población. En consecuencia, procede otorgar a esta instalación la autorización establecida por el artículo 16.3.2. del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, como actividad poseedora de interés social que

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 20/5/2000

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha20/05/2000

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

Descargar esta edición

Otras ediciones