Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 4/4/2000

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín oficial de la provincia de Sevilla
Martes 4 de abril de 2000

Número 78

JUNTA DE ANDALUCÍA

Consejería de Trabajo e Industria
Delegación Provincial de Sevilla Visto el Acuerdo de Revisión Salarial Concreción Tablas Salariales, del Convenio Colectivo de Sector Comercio del Mueble, Antigedades y Objetos de Arte; Comercio de Joyerías, Platerías e Importadores y Comerciantes de Relojes; Comercio de Almacenistas y Detallistas de Ferreterías, Armerías y Artículos de Deportes; Comercio de Bazares, Objetos Típicos y Recuerdos de Sevilla; Plásticos al Detall; Bisuterías, Molduras, Cuadros y Vidrio y Cerámica;
Comercio de Textil, Quincalla y Mercerías; Comercio de Materiales de Construcción y Saneamientos; Comercio de la Piel y Manufacturas Varias Código 4103455, suscrito por Aprocom y las Centrales Sindicales U.G.T. y CC.OO., con vigencia desde el 1 de junio de 1999, hasta el 31 de mayo de 2000, para Sevilla y provincia.
Visto lo dispuesto en el art. 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en relación con el Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo, los convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral a los solos efectos de su registro, publicación en el Boletín Oficial de la provincia y remisión, para su depósito, al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación C.M.A.C..
Visto lo dispuesto en el art. 2.b del Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo, que dispone que serán objeto de inscripción en los Registros de Convenios de cada una de las Delegaciones de Trabajo los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Titulo III del referido Estatuto, sus revisiones y los acuerdos de adhesión a un convenio en vigor.
Esta Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, acuerda:
Primero.Registrar el Acuerdo de Revisión Salarial Concreción Tablas Salariales, del Convenio Colectivo de Sector Comercio del Mueble, Antigedades y Objetos de Arte; Comercio de Joyerías, Platerías e Importadores y Comerciantes de Relojes; Comercio de Almacenistas y Detallistas de Ferreterías, Armerías y Artículos de Deportes;
Comercio de Bazares, Objetos Típicos y Recuerdos de Sevilla; Plásticos al Detall; Bisuterías, Molduras, Cuadros y Vidrio y Cerámica; Comercio de Textil, Quincalla y Mercerías; Comercio de Materiales de Construcción y Saneamientos; Comercio de la Piel y Manufacturas Varias.
Segundo.Remitir el mencionado Convenio al C.M.A.C.
para su depósito.
Tercero.Comunicar este acuerdo a las representaciones económica y social de la Comisión Negociadora, en cumplimiento del artículo 3 del Real Decreto 1040/81, de 22
de mayo.
Cuarto.Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la provincia.
Con la advertencia de que la presente resolución no agota la vía administrativa y que contra ella cabe interponer recurso ordinario, directamente o por conducto de esta Delegación Provincial, ante la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, en el plazo de un mes, contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 114, 116.1 y 48.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla a 9 de marzo de 2000.La Delegada Provincial, María José Fernández Muñoz.

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Asistentes APROCOM:
Don Manuel Soto Nuño.
Don Francisco Toro Reina.
Don Juan de los Reyes Sainz de la Maza.
Don Manuel Dorado Cortés.
Don José Luis del Pueyo Ortíz.
Don Joaquín Lopera Manzano.
Don Francisco Osorno Garrido.
Don Rafael González Ramírez.
Don José María Camacho Martínez.
Don José Luis Haurie Vigne.
CC.OO.:
Don Joaquín Gordillo Fernández.
Don Antonio Quesada Freire.
Don Manuel Morilla Oliva.
Don José Bellido Rodríguez.
U.G.T.:
Don Francisco Delgado Domínguez.
Don Antonio Naranjo Naranjo.

Acta En la ciudad de Sevilla, siendo las 13.00 horas del día 9
de febrero de 2000, se reúnen en los locales de la Federación Provincial de Comerciantes de Sevilla APROCOM, sitos en calle Madrid número 1, 2. planta, los señores relacionados con anterioridad, miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para el Sector del Comercio del Mueble, Antigedades y Objetos de Arte; Comercio de Joyerías, Platerías e Importadores y Comerciantes de Relojes; Comercio de Almacenistas y Detallistas de Ferreterías, Armerías y Artículos de Deportes;
Comercio de Bazares, Objetos Típicos y Recuerdos de Sevilla; Plásticos al Detall; Bisuterías, Molduras, Cuadros y Vidrio y Cerámica; Comercio de Textil, Quincalla y Mercerías; Comercio de Materiales de Construcción y Saneamientos; Comercio de la Piel y Manufacturas Varias, para Sevilla y su Provincia, para dar cumplimiento al artículo 18 del Convenio Colectivo y fijar las retribuciones para la Segunda Anualidad.
Tras las deliberaciones oportunas, los reunidos han adoptado los siguientes acuerdos:
Primero: Fijar el Incremento Salarial para la Segunda Anualidad del Convenio 1 de junio de 1999 a 31 de mayo de 2000 en el 2,5%.
Segundo: Que las retribuciones acordadas para la Segunda Anualidad del Convenio, que suponen un incremento del 2,5% sobre las Tablas Salariales, Pluses y Complementos de la Primera Anualidad, no experimentarán revisión de clase alguna en ningún caso.
Tercero: Que las diferencias retributivas que se produzcan durante el período de retroactividad entre las condiciones económicas fijadas para la Segunda Anualidad del Convenio y las que han venido rigiendo durante la Primera Anualidad del mismo, se liquiden abonando las empresas su importe en el plazo de cuatro meses a contar del mes siguiente al de la firma de las presentes condiciones económicas.
Cuarto: A continuación se da lectura de las Tablas Salariales elaboradas para la Segunda Anualidad del Convenio, que son aprobadas por unanimidad y firmadas por todos los asistentes.
Quinto: Por último, se aprueba remitir el Acta y Tablas Salariales a la Consejería de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, Delegación Provincial de Sevilla, al sólo objeto de registro y publicación en el Boletín, interesando de la Autoridad Laboral, que una vez registrados, los remita al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 4/4/2000

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha04/04/2000

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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