Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 27/5/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe Edición del 27 de mayo de 2020

DECRETO N 0437

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional 21 MAY 2020
VISTO:
El expediente Nº 00301-0071129-4 del registro del Sistema de Información de Expedientes en el que obran las actuaciones relacionadas con las Leyes de Presupuesto para el ejercicio 2020 N 13.938; de Estado de Necesidad Pública N. 13.977, demás normas vinculadas y el Decreto N. 415/2020; y CONSIDERANDO:
Que la Ley N 13.938 estableció que se consolida en el Estado Provincial, Entes Descentralizados, Instituciones de Seguridad Social, Empresas, Sociedades y otros Entes del Estado, Municipios y Comunas las obligaciones vencidas o de causa o título anterior al 31/12/2019 que consistan en el pago de sumas de dinero o que se resuelvan en el pago de sumas de dinero;
Que la misma ley autorizó al Poder Ejecutivo Provincial y a los Municipios y Comunas a afectar los recursos fiscales, créditos, emitir títulos públicos o instrumentar otros medios sucedáneos de pago que resulten necesarios para cancelar las obligaciones que se consoliden en jurisdicción provincial, municipal o comunal;
Que a través del Decreto N 135/2020, su complementario N 211/2020 y demás actos de la Autoridad de Aplicación se dispuso la reglamentación del proceso de relevamiento de las obligaciones pasibles de ser consolidadas en el marco del artículo 54 de la Ley N. 13.938, designándose como Autoridad de Aplicación del presente régimen de consolidación de deudas al Ministerio de Economía;
Que la Ley N. 13.977, en su artículo 20, ha autorizado al Poder Ejecutivo a concertar operaciones de crédito público por la suma de hasta $ 6.000.000.000 PESOS SEIS MIL MILLONES, con los alcances establecidos en el artículo 60 - inciso b - de la Ley N 12.510, y con el objeto de atender renegociaciones de contratos públicos o la cancelación de deuda flotante o consolidada en los términos del artículo 54 de la Ley Nº 13.938;
Que por Decreto N. 415/2020 se creó un Programa de Emisión de Títulos de Deuda por hasta un Valor Nominal Máximo de $ 4.500.000.000 PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS MILLONES para el ejercicio 2020;
Que por el mismo decreto se facultó al Ministro de Economía a autorizar la emisión de Cheques de Pago Diferido por hasta un Valor Total de $ 1.500.000.000 PESOS MIL QUINIENTOS MILLONES;
Que a efectos de la cancelación de la deuda consolidada en los términos del artículo 54 de la Ley Nº 13.938 y del artículo 20 de la Ley N 13.977 resulta necesario suscribir Convenios de Cancelación de Deuda con aquellos proveedores y/o contratistas que mantengan saldos de deuda consolidada;
Que corresponde aprobar el modelo de Convenio a suscribir entre la Provincia y los proveedores y/o contratistas con los que se establezca esta modalidad de cancelación;
Que a los fines de la cancelación de deudas por estos medios corresponde que los convenios que dispongan dicha cancelación sean suscriptos por el máximo responsable del organismo donde se originó dicha deuda;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 27/5/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaísArgentina

Fecha27/05/2020

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones513

Primera edición03/05/2002

Ultima edición18/08/2023

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